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MINISTERIO DE SALUD SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD

Disposición 18/2022

DI-2022-18-APN-SES#MS

Ciudad de Buenos Aires, 30/06/2022

VISTO el Expediente EX-2021-37138695- -APN-SGA#MS, el Decreto 640/2020 del 31 de julio de 2020, el Préstamo otorgado por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO - Contrato de Préstamos BID 5032/OC-AR destinado a financiar parcialmente el “Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina”, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (T.O. Decreto Nº 438/92, y sus modificatorias), el Decreto 945 del 17 de noviembre de 2017, el Decreto Nº 223/2021 del 28 de marzo de 2021, la Resolución Nº RESOL- 2020-2216-APN-MS del 30 de noviembre de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la Licitación Pública Internacional AR-MSAL-10-LPI-B para la adquisición de equipamiento y dispositivos para líneas priorizadas de cuidados, ello en el marco del “Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina” (Contrato de Préstamo BID 5032/OC-AR), el cual se llevó a cabo de conformidad a lo establecido en las Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo” GN-2349-15 (mayo de 2019).

Que mediante el Decreto Nº 640/2020 fue aprobado el Modelo de Contrato de Préstamo BID 5032/OC-AR entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) destinado solventar la ejecución del “Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina”, suscribiendo las partes el respectivo Contrato de Préstamo BID Nº 5032/OC-AR con fecha 2 de septiembre de 2020 (CONVE-2020-58346157-APN-SSRFID#SAE).

Que el artículo 6 del citado Decreto designó como “Organismo Ejecutor del Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina al MINISTERIO DE SALUD, a través de la SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD y de la SECRETARÍA DE ACCESO A LA SALUD quienes serán responsables de la conducción técnica del proyecto, y de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del citado Ministerio, que será responsable de la gestión administrativa, adquisiciones y financiera.

Que por Decreto Nº 223/2021, con el objeto de optimizar la gestión del MINISTERIO DE SALUD, se modificó la conformación organizativa estableciéndose los objetivos hasta nivel de Subsecretarías, creándose la SECRETARIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.

Que por Resolución Nº RESOL-2020-2216-APN-MS se designó como DIRECTOR NACIONAL del “Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina” Contrato de Préstamo BID 5032/OC-AR, al titular de la SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD o quien en el futuro detente la función.

Que mediante Nota NO-2021-23776852-APN-DNACV de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ABORDAJE POR CURSO DE VIDA se formuló la solicitud de contratación del presente procedimiento, detallando que la misma trata de la adquisición de equipamiento y dispositivos para líneas priorizadas de cuidados lo que “fundamenta en la importancia de llevar adelante los Proyectos de equipamientos formulados en los respectivos BAPINES, que tienen como principal finalidad fortalecer servicios de atención perinatal y pediátricos contribuyendo a: la reducción de la mortalidad materna, la mortalidad infantil (en sus componente neonatal y postneonatal) y la mortalidad de menores de 5 años; así como la disminución de discapacidad en la niñez asociada a eventos perinatales y la promoción de la lactancia materna con la consecuente prevención de malnutrición en los primeros años de vida. Los beneficiarios de dichos equipamientos son, las personas gestantes, las personas que amamantan, los recién nacidos y los niños y niñas en menores de 5 años, del área de influencia de las instituciones de Salud donde se ejecute el proyecto. La totalidad de estos equipos está en línea con el Programa 1000 días creado por Ley Nro. Ley 27611, como así también, cada equipo cuenta con su número de BAPIN, presentado oportunamente para tales fines” previendo que el presupuesto total para dicha adquisición alcanza la suma de PESOS UN MIL SETECIENTOS DIECINUEVE MILLONES QUINIENTOS VEINTIDOS MIL CON 00/100 ($ 1.719.522.000,00), que “La programación de la entrega se deberá realizar dentro de los parámetros detallados en el Anexo I de Especificaciones Técnicas de cada bien, el cual es dentro de los 90 días corridos desde el perfeccionamiento del documento contractual, ya que en muchos casos los bienes son importados y los mismos deben ser requeridos según su especificidad. Asimismo, el período de cobertura varía en función del uso de los bienes de inversión”, determinando que los insumos a adquirir son: 1) 150 Audiómetros, 2) 1500 Bolsas para reanimación infantil 500 y 750 ml, 3) 100 Bombas Eléctricas de extracción de Leche Materna, 4) 20 Equipos de Impedanciometría, 5) 200 Equipos de Monitorización de TA no invasivo, 6) 20 Monitores de función cerebral,7) 900 Oxímetros de Pulso Pediátrico de Mesa, 8) 25 Potenciales evocados, 9) 300 Reanimadores Neonatal tipo Neopuff, 10) 50 Ecodopplers de alta complejidad, 11) 50 Monitores fetales, 12) 200 Detectores para la detección de latidos fetales, 13) 300 Oxímetros de pulso para detección CC, 14) 100 Otoemisiones acústicas con ABR, 15) 200 Otoemisiones acústicas con ABR, 16) 100 Sillones de parto vertical, 17) 20 Oftalmoscopio binocular indirecto para ROP, 18) 1000 Bombas Manuales de extracción de Leche Matera, 19) 40 Equipos de Hipotermia para encelopatía hipóxico isquémica, 20) 100 Equipos para Luminoterapia LED, 21) 10 Laser Oftalmoscopico, y 22) 100 Incubadoras con módulo humedad.

Que por Nota NO-2021-24230475-APN-SAS#MS la SECRETARIA DE ACCESO A LA SALUD prestó conformidad para llevar adelante la presente contratación.

Que por Providencia PV-2021-37148365-APN-SGA#MS la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA prestó su conformidad para llevar adelante la presente contratación con cargo con cargo a los siguientes Préstamos: BIRF-8853-AR: Procesos AR-MSAL-200462-GO-RFB / Equipamiento médico para fortalecimiento de líneas de cuidado SUMAR, y BID-5032/OC-AR: Procesos MSAL-10-LPI-B-Equipamiento y dispositivos para líneas priorizadas de cuidados.

Que por PV-2021-51406621-APN-SES#MS la SECRETARIA DE EQUIDAD EN SALUD prestó conformidad para llevar adelante la presente contratación.

Que la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA Y PRESUPUESTARIA, ha tomado conocimiento de la misma, comenzando con las gestiones necesarias para afrontar presupuestaria y financieramente el gasto, conforme surge de su intervención de NO-2021-39066469-APN-DGPFE#MS.

Que, conformada la documentación licitatoria y puesta a consideración del Banco Interamericano de Desarrollo, el mismo manifestó su No Objeción a la contratación perseguida mediante la emisión del Documento CSC/CAR 2863/2021 (IF-2021-82579065-APN-DGPFE#MS), luego de verificar la atención de sus previas observaciones efectuadas sobre las especificaciones técnicas contenidas IF-2021-81944278-APN-DGPFE#MS.

Que, en consecuencia, fue confeccionado el Pliego de Documentos de Licitación, incorporado a las presentes actuaciones como PLIEG-2021-82180475-APN-DGPFE#MS, el que contempló los siguientes lotes para la presente contratación: Lote Nº 1 Audiómetros (150 unidades), Lote Nº 2 Equipo de Impedanciometría (20 unidades), Lote Nº 3 Equipo de Monitorización de TA no invasivo (200 unidades), Lote Nº 4 Monitor de función cerebral (20 unidades), Lote Nº 5 Potenciales evocados (25 unidades), Lote Nº 6 Oftalmoscopio binocular indirecto para ROP (20 unidades), Lote Nº 7 Equipos de Hipotermia para encelopatía hipóxico isquémica (40 unidades), Lote Nº 8 Otoemisiones acústicas con ABR (300 unidades), Lote Nº 9 Laser Oftalmoscopico (10 unidades), Lote Nº 10 Bolsa para reanimación infantil 500 y 750 ml (1500 unidades), y Lote Nº 11 Detector para la detección de latidos fetales (200 unidades).

Que se ha dado debida publicidad al presente procedimiento, conforme surge de la publicación efectuada en el Boletín Oficial de la República Argentina (IF-2021-82128863-APN-DGPFE#MS), en el sitio web de UFIS y MSAL (IF-2021-82607679-APN-DGPFE#MS) y en UNDB (IF-2021-82605781-APN-DGPFE#MS).

Que, habiéndose recibido consultas por parte de interesados en cotizar, se emitieron la Circular Aclaratoria Nº 1 (IF-2021-100508433-APN-DGPFE#MS) mediante la cual se respondieron diversas consultas formuladas por los interesados, y la Enmienda Nº 1 (PLIEG-2021-100508037-APN-DGPFE#MS) mediante la cual se modificaron especificaciones técnicas, lugares de entrega y se prorrogó la fecha de apertura, las que habiendo obtenido la No Objeción del Banco conforme surge de su documento CSC/CAR 3414/2021 (IF-2021-101060653-APNDGPFE#MS), fueron debidamente publicadas y comunicadas (IF-2021-101072155-APN-DGPFE#MS, IF-2021- 101073244-APN-DGPFE#MS, e IF-2021-101074577-APN-DGPFE#MS).

Que con fecha 8 de noviembre de 2021 se procedió a la apertura de ofertas, obteniéndose 6 ofertas correspondientes a las firmas INSTRUEQUIPOS S.A., DEMEDIC S.A., AUDITRON S.A., CASTIGLIONE MARCELO OMAR, CENTRO DE SERVICIOS HOSPITALARIOS S.A., y MEDIX MEDICAL DEVICES S.R.L., labrándose en consecuencia el Acta de Apertura de Ofertas IF-2021-107883249-APN-DGPFE#MS.

Que, durante el proceso de evaluación, fue requerida información adicional a los oferentes, quienes adjuntaron la documentación complementaria requerida.

Que con fecha 17 de enero de 2021, la DIRECCIÓN NACIONAL DE ABORDAJE POR CURSO DE VIDA conjuntamente con la DIRECCIÓN NACIONAL DE RECURSOS FÍSICOS, realizó la evaluación técnica de las ofertas (IF-2022-04904334-APN-DNACV#MS), determinando que todas las firmas obtuvieron la calificación de “Oferta técnicamente CONFORME”, con excepción del Lote 5 ofertado por la firma INSTRUEQUIPOS S.A. que obtuvo la calificación de “Oferta técnicamente NO CONFORME” por no poseer la certificación ANMAT vigente para dicho producto.

Que, asimismo, en la citada evaluación técnica se determinó que se aceptan los desvíos para el Lote 5 correspondiente a la oferta de la firma AUDITRON S.A, mientras que se concluyó que las demás ofertas cumplen con los requisitos exigidos.

Que con fecha 4 de febrero de 2022 se emitió el Informe de Evaluación de Ofertas (IF-2022-11291818-APNDGPFE# MS) por el cual se determinó el cumplimiento de los oferentes a las condiciones licitarias, se realizaron cuadros comparativos de ofertas económicas, y se recomendó la adjudicación en el siguiente orden: Lote 3 a la firma CENTRO DE SERVICIOS HOSPITALARIOS por la suma de USD 287.600,00, Lote 4 a la firma MEDIX MEDICAL DEVICES S.R.L. por la suma USD 632.060,00, Lotes 5 y 8 a la firma AUDITRON S.A. por las sumas de USD 875.000,00 y USD 4.200.000,00 respectivamente, Lote 6 a la firma INSTRUEQUIPOS S.A. por la suma de USD 84.987,20, y Lote 7 a la firma DEMEDIC S.A por la suma de USD 572.908,80.

Que, en el mismo informe, se asentó que no se han recibido propuestas para los Lotes 1, 2, 9,10 y 11, razón por la cual los mismos quedan desiertos.

Que, efectuado el análisis de las ofertas presentadas, y puesto dicho Informe a consideración del Banco Interamericano de Desarrollo, el mismo manifestó su No Objeción a la recomendación de adjudicación, mediante la emisión del Documento CSC/CAR 495/2022 de fecha 15 de febrero de 2022.

Que con fecha 9 de marzo de 2022, la firma Medix Medical Services S.R.L. presentó Queja sobre la intención de adjudicación del Lote 8 a favor de la firma Auditrón S.A., argumentando que de dicha oferta se debe observar y reevaluar: “a) [que posee] un condicionamiento en la garantía del producto; b) [que no se analizó] el incumplimiento de los requisitos de post-calificación inherentes a la capacidad financiera; y c) que el monto ofertado constituye lo que las Políticas para la Adquisición de Bienes define como una oferta anormalmente baja”, la que se encuentra glosada en IF-2022-22286310-APN-DGPFE#MS.

Que dicha Queja fue debida y oportunamente notificada al Banco Interamericano de Desarrollo, conforme surge de su documento CSC/CAR 780/2022 incorporado como IF-2022-30993601-APN-DGPFE#MS.

Que la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA ha tomado la debida intervención para la presente adquisición, de conformidad con lo establecido en el artículo 1° del Decreto Nº 945/2017, señalando que el presente Proceso se ajusta a lo previsto en las “Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo GN-2359-15 (marzo 2019)”.

Que, transcurrido el plazo suspensivo, se constata que ha sido recibida una única queja respecto de la adjudicación del Lote 8 por parte de la firma Medix Medical Services S.R.L., razón por la cual se difiere su tratamiento para la instancia correspondiente luego del procedimiento de queja, y se avanza con las propuestas de adjudicación que no han sido objeto de queja ni impugnación alguna.

Que dicha Queja ha sido puesta a consideración del Banco Interamericano de Desarrollo, quien acusó recibo de la presente conforme su Documento CSC/CAR 780/2022, que se encuentra agregado a las actuaciones como IF-2022-37195820-APN-DGPFE#MS.

Que se han elaborado los modelos de contrato que lucen incorporados a las actuaciones como INLEG-2022-35496070-APN-DGPFE#MS, INLEG-2022-34891964-APN-DGPFE#MS, e INLEG-2022-34893904-APNDGPFE#MS, INLEG-2022-35497796-APN-DGPFE#MS, y INLEG-2022-35499809-APN-DGPFE#MS.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO ha tomado su intervención de competencia, determinando que el presente deberá imputarse de la siguiente manera: Ejercicio 2022, Categoría Programática 45.0.52.0, IPP 4.0.0.0, Fuente de Financiamiento 22, Importe USD 2.125.388,00, Importe Pesos $ 248.139.049,00, conforme surge de NO-2022-46341185-APN-DGPYCP#MS.

Que, respecto del diferimiento de resolución del Lote objetado, intervino el Banco Interamericano de Desarrollo mediante su comunicación CSC-CAR-1363-2022 prestando anuencia a la continuación de la contratación sobre los Lotes no objetados, conforme surge de IF-2022-47678603-APN-DGPFE#MS.

Que atento al tiempo transcurrido desde la apertura de ofertas, fue requerido a las firmas participantes que manifiesten si prorrogan la validez de sus ofertas, quienes aceptaron mantener su oferta conforme surge de IF- 2022-46857496-APN-DGPFE#MS.

Que, por NO-2022-47140236-APN-DGPFE#MS, la DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO requirió a la entidad Bancaria la anuencia para proceder a la adjudicación y firma de los contratos correspondientes a los Lotes Nro. 3, 4, 5, 6, 7 del proceso de referencia, mientras se resuelve la queja presentada por el Lote Nro. 8

Que el Banco Interamericano de Desarrollo emitió su Documento CSC/CAR 1363/2022 (glosado a las actuaciones como IF-2022-47678603-APN-DGPFE#MS) por el que brindó su anuencia, expresando que “el Banco está de acuerdo con la continuidad del proceso con la adjudicación y firma de los contratos correspondientes a los lotes n.° 3, 4, 5, 6 y 7 del proceso de referencia, mientras se resuelve la queja presentada por el Lote n.° 8. Del mismo modo, también damos conformidad para que este mismo criterio pueda ser aplicado en probables situaciones similares que puedan presentarse a futuro en otros procesos.”

Que la firma Medix Medical Services S.R.L. amplió su Queja luego de tomar vista de las actuaciones, conforme surge de IF-2022-49462302-APN-DGPFE#MS.

Que sobre la misma tomó intervención el área con competencia técnica, conforme surge de NO-2022-26217082- APN-DNRF#MS, conformada mediante NO-2022-26319975-APN-DNRF#MS, y PV-2022-52019863-APNDNRF#MS avalada por PV-2022-52061541-APN-DNRF#MS por los que ratifica su actuación y evaluación técnica de las ofertas, desestimando los argumentos presentados por la firma quejosa.

Que, atento el tiempo transcurrido, con fecha 7 de junio de 2022 se requirieron a los oferentes que otorguen una nueva ampliación del plazo de validez de sus ofertas, conforme surge de NO-2022-56872864-APN-DGPFE#MS, la que fue aceptada por todos los oferentes de conformidad con las actuaciones glosadas en órdenes 227/231.

Que, en la misma fecha, se elevó al Organismo de Financiamiento, el proyecto de respuesta a la queja interpuesta en las actuaciones, tal como se asienta en NO-2022-56809531-APN-DGPFE#MS.

Que, puesta a consideración del Banco Interamericano de Desarrollo, con fecha 7 de junio el mismo prestó su No Objeción al borrador de respuesta por el que se rechaza la queja introducida por la firma Medix Medical Services S.R.L., conforme surge de su Documento CSC/CAR 1623/2022 glosado a las actuaciones como IF-2022-60310838-APN-DGPFE#MS.

Que con fecha 8 de junio, la firma Medix Medical Services S.R.L. amplió su Queja luego de tomar vista de las actuaciones, conforme surge de NO-2022-57669325-APN-DGPFE#MS, la que fue comunicada al Banco.

Que por NO-2022-58698351-APN-DGPFE#MS se procedió a responder la Queja y ampliaciones presentadas por la firma Medix Medical Services S.R.L. por la que se rechaza la misma, argumentando que: la garantía no se encuentra condicionada en función del análisis efectuada por el área técnica, que se encuentra demostrada la capacidad financiera del fabricante tal como se requiere en la documentación licitatoria, y que luego de analizar el precio de la oferta de la firma Auditrón mediante la solicitud de la estructura de costos de la misma, la oferta resultó razonable y se la tiene por oferta válida.

Que la misma fue notificada con fecha 13 de junio del corriente, surgiendo que la firma tomó vista de las actuaciones con fecha 14 de junio.

Que mediante IF-2022-49503834-APN-SGA#MS se encuentra la conformidad brindada por la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA para la presente adquisición, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 1° del Decreto N° 945/17.

Que, a estos efectos, deviene necesario aprobar la Licitación Pública Internacional AR-MSAL-10-LPI-B para la adquisición de equipamiento y dispositivos para líneas, en el marco del Contrato de Préstamo BID Nº 5032/OCAR.

Que el respectivo Proceso de Licitación Pública Internacional AR-MSAL-10-LPI-B para la adquisición de equipamiento y dispositivos para líneas priorizadas de cuidado, se llevó a cabo de acuerdo a lo establecido en los procedimientos previstos en las “Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo GN-2359-15 (marzo 2019)”.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto en el Contrato de Préstamos BID 5032/OC-AR, el Decreto 945/2017, Decreto No 174/21, Decreto Nº 223/2021 y la Resolución Nº RESOL-2020-2216-APN-MS.

Por ello:

EL SEÑOR SECRETARIO DE EQUIDAD EN SALUD EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR NACIONAL DEL PROYECTO DE RESPUESTA INMEDIATA DE SALUD PÚBLICA EN EL MARCO DE LA PANDEMIA COVID-19 PARA CONTENER, CONTROLAR Y MITIGAR SU EFECTO EN LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD EN ARGENTINA” CONTRATO DE PRÉSTAMO BID 5032/OCAR

DISPONE

ARTICULO 1°. - Apruébese lo actuado en la Licitación Pública Internacional AR-MSAL-10-LPI-B tramitada por Expediente Electrónico Nº EX-2021-37138695- -APN-SGA#MS para la adquisición de equipamiento y dispositivos para líneas priorizadas de cuidado, en el marco del “Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina” (Contrato de Préstamo BID 5032/OC-AR), el cual se llevó a cabo de conformidad a lo establecido en las Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo” GN-2349-15 (mayo de 2019).

ARTICULO 2º. - Adjudicase a la firma CENTRO DE SERVICIOS HOSPITALARIOS S.A. (CUIT 30-61878318-5) el Lote 3 correspondiente a 200 unidades de Equipo de Monitorización de TA no invasivo, por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS (USD 287.600,00) contemplando que el monto no incluye IVA.

ARTICULO 3º. - Adjudícase a la firma MEDIX MEDICAL DEVICES S.R.L. (CUIT 30-52320075-1) el Lote 4 correspondiente a 20 unidades de Monitor de función cerebral, por el monto total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES SEISCIENTOS TREINTA Y DOS MIL SESENTA (U$S 632.060), contemplando que el monto no incluye IVA.

ARTICULO 4º. – Adjudícase a la firma AUDITRÓN S.A. (CUIT 30-60265355-9) el Lote 5 correspondiente a 25 unidades de Potenciales evocados, por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS (U$S 574.832), contemplando que el monto no incluye IVA.

ARTICULO 5º. – Adjudícase a la firma INSTRUEQUIPOS S.A. (CUIT 33-56829370-9) el Lote 6 correspondiente a 25 unidades de Oftalmoscopio binocular indirecto para ROP por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES OCHENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE CON VEINTE CENTAVOS (U$S 84.987,20), contemplando que el monto no incluye IVA.

ARTICULO 6º. – Adjudícase a la firma DEMEDIC S.A. (CUIT 30-61813102-1) el Lote 7 correspondiente a 40 unidades de equipos de hipotermia para encelopatía hipóxico isquémica, por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES QUINIENTOS SETENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS OCHO CON 80/100 (USD 572.908,80), contemplando que el monto no incluye IVA.

ARTÍCULO 7°. - Desestímase la propuesta para el Lote 5 ofertado por la firma INSTRUEQUIPOS S.A., por los motivos vertidos en los considerandos de la presente.

ARTÍCULO 8°. - Decláranse desiertos los Lotes Nº 1, 2, 9, 10 y 11, al no haberse recibido ofertas válidas para la presente contratación y para los lotes reseñados.

ARTÍCULO 9°. - Apruébanse los modelos de contrato que lucen incorporados a las actuaciones como INLEG- 2022-35496070-APN-DGPFE#MS, INLEG-2022-34891964-APN-DGPFE#MS, INLEG-2022-34893904-APNDGPFE#MS, INLEG-2022-35497796-APN-DGPFE#MS, y INLEG-2022-35499809-APN-DGPFE#MS, que como Anexos forman parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 10°. – Difiérase la decisión de adjudicación respecto del Lote 8 para la oportunidad en que el proceso de Queja se encuentre resuelto, firme y consentido por las partes intervinientes.

ARTÍCULO 11°. – Impútese el presente gasto, de la siguiente manera: Ejercicio 2022, Categoría Programática 45.0.52.0, IPP 4.0.0.0, Fuente de Financiamiento 22, Importe USD 2.125.388,00, Importe Pesos $ 248.139.049,00

ARTÍCULO 12°. – Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Victor Alberto Urbani

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 17/08/2022 N° 63384/22 v. 17/08/2022

Fecha de publicación 17/08/2022