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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE SALUD SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD

Disposición 10/2022

DI-2022-10-APN-SES#MS

Ciudad de Buenos Aires, 20/04/2022

VISTO el Expediente EX-2020-83857526- -APN-SSGA#MS, el Decreto 640/2020 del 31 de julio de 2020, el Préstamo otorgado por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO - Contrato de Préstamos BID 5032/OC-AR destinado a financiar parcialmente el “Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina”, la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92, y sus modificatorias), el Decreto 945 del 17 de noviembre de 2017, el Decreto Nº 223/2021 del 28 de marzo de 2021, la Resolución N° RESOL-2020-2216-APN-MS del 30 de noviembre de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la Solicitud de Propuestas MSAL-114-SBC-CF para la contratación del “Servicio de consultoría para el diseño de la estrategia de capacitación para la implementación de la Historia Clínica Electrónica (HCE) en el marco del Programa Federal de Salud Digital”, ello en el marco del “Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina” (Contrato de Préstamo BID 5032/OC-AR), el cual se llevó a cabo de conformidad a lo establecido en las Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo GN-2350-15 (Mayo de 2019).

Que mediante el Decreto Nº 640/2020 fue aprobado el Modelo de Contrato de Préstamo BID 5032/OC-AR entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) destinado a solventar la ejecución del “Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina”, suscribiendo las partes el respectivo Contrato de Préstamo BID Nº 5032/OC-AR con fecha 2 de septiembre de 2020 (CONVE-2020-58346157-APN-SSRFID#SAE).

Que el artículo 6 del citado Decreto designó como “Organismo Ejecutor del Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina al MINISTERIO DE SALUD, a través de la SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD y de la SECRETARÍA DE ACCESO A LA SALUD quienes serán responsables de la conducción técnica del proyecto, y de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del citado Ministerio, que será responsable de la gestión administrativa, adquisiciones y financiera.

Que por Decreto N° 223/2021, con el objeto de optimizar la gestión del MINISTERIO DE SALUD, se modificó la conformación organizativa estableciéndose los objetivos hasta nivel de Subsecretarías, creándose la SECRETARIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.

Que por Resolución N° RESOL-2020-2216-APN-MS se designó como DIRECTOR NACIONAL del “Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina” Contrato de Préstamo BID 5032/OC-AR, al titular de la SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD o quien en el futuro detente la función.

Que se encuentra la Solicitud de Contratación debidamente formulada por la SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD por NO-2020-82898362-APN-SES#MS, mediante la cual se establecieron los términos de referencia, cronograma de entregas e informes finales, criterios de evaluación y presupuesto estimado en la suma de USD 188. 000,00- (ciento ochenta y ocho mil dólares con 00/100) - Impuestos incluidos, y un plazo de desarrollo de al menos 6 meses (180 días).

Que luce incorporada la Providencia PV-2020-83864214-APN-SSGA#MS de la entonces SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, actual SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, por la que prestó conformidad al procedimiento de contratación, con cargo al Préstamo BID-5032-AR.

Que mediante NO-2020-86328520-APN-DAFYP#MS se deja constancia que la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA Y PRESUPUESTARIA tomó oportuno conocimiento del procedimiento para la imputación presupuestaria y financiera correspondiente.

Que se encuentra incorporada como IF-2021-42062633-APN-DGPFE#MS la toma de conocimiento de los términos de referencia por parte del BID mediante su documento CSC/CAR 1422/2021 de fecha 5 de mayo de 2021, por el que además elaboró algunas recomendaciones para consideración de este Organismo.

Que dicha observación fue receptada por la DIRECCIÓN DE TALENTO HUMANO, lo que quedó plasmado en sus informes IF-2021-46326628-APN-DTH#MS e IF-2021-46326539-APN-DTH#MS.

Que por IF-2021-52280378-APN-DGPFE#MS se adjuntó la SOLICITUD DE EXPRESIONES DE INTERÉS para la contratación del “Servicio de consultoría para el diseño de la estrategia de capacitación para la implementación de la Historia Clínica Electrónica (HCE) en el marco del Programa Federal de Salud Digital”, MSAL-114-SBC-CFE.

Que dicha solicitud fue debidamente publicada en los sitios web UFIS y MSAL, así como en el Boletín Oficial de la República Argentina y en UNDB, conforme consta en IF-2021-52657590-APN-DGPFE#MS, IF-2021-53054834-APN-DGPFE#MS e IF-2021-57661968-APN-DGPFE#MS.

Que con fecha 1° de julio de 2021 se confeccionó el Acta de Recepción de Expresiones de Interés, por la que se asentó que con fecha 30 de junio de 2021 se recibieron 4 expresiones de interés, correspondientes a CONSORCIO GRUPO OPEN PLUS MIND S.L.-MEDITAR, SALUD Y GESTIÓN SA, DELOITTE & CO. S.A. y MAESTRÍA EN SALUD COLECTIVA. CARRERA DE POSGRADO DEL DEPARTAMENTO DE CIENCIAS DE LA SALUD DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR, conforme surge de IF-2021-58989177-APN-DGPFE#MS.

Que mediante NO-2021-60088765-APN-DNSI#MS la DIRECCIÓN NACIONAL DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN manifestó que “teniendo en cuenta que han manifestado interés en participar del proceso de selección solo tres firmas consultoras y 1 universidad, las mismas resultan insuficientes para conformar la lista corta de acuerdo a lo establecido por las Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo GN-2350-15 - mayo de 2019, motivo por el cual se solicita tenga a bien realizar una nueva convocatoria esperando así contar con la participación necesaria para avanzar con dicha contratación”, razón por la cual se procedió a efectuar una segunda convocatoria conforme consta en IF-2021-60418371-APN-DGPFE#MS e IF-2021-69514266-APN-DGPFE#MS.

Que con fecha 29 de julio de 2021 se confeccionó el Acta de Recepción de Expresiones de Interés, por la que se asentó que se recibieron 5 expresiones de interés correspondientes a 1. UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES, 2. UNIVERSIDAD DE LA MATANZA, 3. UNIVERSIDAD DE MAR DEL PLATA, 4. UNIVERSIDAD ARTURO JUARETCHE, y 5. UNIVERSIDAD TRES DE FEBRERO.

Que se realizó la evaluación de las expresiones de interés recibidas, confeccionándose la lista corta con el siguiente orden de mérito: 1. UNIVERSIDAD NACIONAL ARTURO JAURETCHE, 2. UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRES DE FEBRERO, 3. UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA MATANZA, 4. UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR- MAESTRÍA EN SALUD COLECTIVA (CARRERA DE POSGRADO DEL DEPARTAMENTO DE CIENCIAS DE LA SALUD), 5. UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES - FACULTAD DE MEDICINA, y 6. UNIVERSIDAD NACIONAL DE MAR DEL PLATA, mientras que consideró que las propuestas de GRUPO OPEN PLUS MIND S.L.- MEDITAR, Salud y Gestión SA y Deloitte & Co. S.A. presentan antecedentes insuficientes para llevar adelante el servicio de consultoría, todo lo que consta de IF-2021-91981307-APN-DNSI#MS suscripto por representantes técnicos de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN, y por su Directora Nacional.

Que, con el resultado de la evaluación mencionada, se procedió a la confección de la Solicitud de la Propuesta, la que se encuentra incorporada a las actuaciones como PLIEG-2021-97290944-APN-DGPFE#MS, y fue comunicada a las firmas participantes.

Que recibidas consultas por los interesados en la presente contratación, se emitió la Circular N° 1 y la Enmienda N° 1 conforme surge de IF-2021-106290205-APN-DGPFE#MS, notificadas y comunicadas oportunamente conforme surge de IF-2021-107502249-APN-DGPFE#MS.

Que conforme surge de IF-2021-110866729-APN-DGPFE#MS, el día de presentación de ofertas fue recibida vía correo electrónico la propuesta Técnica y Económica presentada por la Universidad Nacional Arturo Jauretche, la que fue rechazada y notificada a la proponente en los términos de la cláusula IAC 17.1 del documento de solicitud de propuesta que establece: “Los Consultores no tendrán la opción de presentar sus Propuestas por medio electrónico”

Que el día 15 de noviembre de 2021 se procedió a la apertura de la propuesta, consignándose que la UNIVERSIDAD NACIONAL DE MAR DEL PLATA, UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRES DE FEBRERO, UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA MATANZA, y UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES - FACULTAD DE MEDICINA presentaron tanto sus propuestas técnicas como financieras, labrándose en consecuencia el Acta de Apertura de Ofertas IF-2021-110700429-APN-DGPFE#MS.

Que, mediante IF-2021-119076124-APN-DNSI#MS y ampliación IF-2021-125744379-APN-DNSI#MS, la DIRECCIÓN NACIONAL DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN efectuó el Informe de Evaluación de Propuestas, determinando los siguientes puntajes: UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES - FACULTAD DE MEDICINA 100 PUNTOS, UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA MATANZA 91 Puntos, UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRES DE FEBRERO 79 puntos, y UNIVERSIDAD NACIONAL DE MAR DEL PLATA 77 Puntos.

Que con fecha 6 de enero de 2022 se procedió a la apertura del Sobre 2 con la propuesta financiera de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES - FACULTAD DE MEDICINA por haber sido la que obtuvo el mejor puntaje.

Que con fecha 12 de enero 2022 se emitió el Informe de Evaluación de Consultores IF-2022-03589790-APNDGPFE#MS por el cual determinó que la propuesta de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES - FACULTAD DE MEDICINA se ajusta técnica y financieramente a lo requerido, y que obtuvo el mayor puntaje respecto de los competidores presentados, por lo que concluyó recomendar iniciar la negociación del contrato con la misma, por la suma de por la suma de PESOS ARGENTINOS QUINCE MILLONES CIENTO NOVENTA Y SEIS MIL ($15.196.000), más impuestos indirectos por PESOS ARGENTINOS CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS ($42.800).

Que, solicitada que fue a la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES - FACULTAD DE MEDICINA, la misma prorrogó su mantenimiento de validez de ofertas hasta el día 15 de marzo del corriente.

Que con fecha 7 de febrero se suscribió el Acta de Cierre de Negociación (IF-2022-15577491-APN-DNSI#MS) por la que se expresó el acuerdo arribado por las partes en cuanto a la disponibilidad del personal propuesto en la oferta, el cronograma de entregas, el calendario de pagos y se precisó que el monto total del contrato es de PESOS ARGENTINOS QUINCE MILLONES DOCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS ($ 15.238.800), y que su condición frente al Impuesto al Valor Agregado es de exento.

Que fue confeccionado el borrador contractual, el que se encuentra glosado a las actuaciones como IF-2022-15577800-APN-DNSI#MS.

Que, mediante IF-2022-16079944-APN-SGA#MS se encuentra la conformidad brindada por la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA para la presente adquisición, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto No 945/2017.

Que, finalmente, mediante NO-2022-20696515-APN-DGPYCP#MS la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO certificó “que a la fecha y a nivel de inciso, cuenta con los créditos necesarios incluidos dentro de la Decisión Administrativa Nº 04 del 05 de Enero de 2022 - Distributiva de Recursos y Créditos Presupuestarios correspondientes a la prórroga de la Ley Nº 27.591 del Presupuesto General de la Administración Nacional, vigente conforme el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias en los términos del Decreto N° 882 del 23 de diciembre de 2021”.

Que, solicitada que fue a la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES - FACULTAD DE MEDICINA, la misma prorrogó su mantenimiento de validez de ofertas hasta el día 29 de abril del corriente.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto en el Contrato de Préstamos BID 5032/OC-AR, el Decreto 945/2017, Decreto Nº 223/2021 y la Resolución Nº RESOL-2020-2216-APN-MS.

Por ello:

EL SECRETARIO DE EQUIDAD EN SALUD EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR NACIONAL DEL PROYECTO DE RESPUESTA INMEDIATA DE SALUD PÚBLICA EN EL MARCO DE LA PANDEMIA COVID-19 PARA CONTENER, CONTROLAR Y MITIGAR SU EFECTO EN LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD EN ARGENTINA” CONTRATO DE PRÉSTAMO BID 5032/OC-AR

DISPONE:

ARTICULO 1°. - Apruébase lo actuado en la Solicitud de Propuestas SP No. MSAL-114-SBC-CF para la contratación del “Servicio de consultoría para el diseño de la estrategia de capacitación para la implementación de la Historia Clínica Electrónica (HCE) en el marco del Programa Federal de Salud Digital” en el marco del “Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina” (Contrato de Préstamo BID 5032/OC-AR), el cual se llevó a cabo de conformidad a lo establecido en las Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo GN-2350-15 (Mayo de 2019).

ARTÍCULO 2°. – Rechásase la propuesta Técnica y Económica de la Universidad Nacional Arturo Jauretche presentada por correo electrónico, conforme los considerandos de la presente.

ARTÍCULO 3°. – Adjudicase la Solicitud de Propuestas SP No. MSAL-114-SBC-CF para la contratación del “Servicio de consultoría para el diseño de la estrategia de capacitación para la implementación de la Historia Clínica Electrónica (HCE) en el marco del Programa Federal de Salud Digital” a la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES - FACULTAD DE MEDICINA – CUIT: 30-54666656-1, por el valor total de PESOS ARGENTINOS QUINCE MILLONES DOCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS ($ 15.238.800), consignándose que su condición frente al Impuesto al Valor Agregado es de exento.

ARTÍCULO 4°. - Apruébase el Acta de Cierre de Negociación IF-2022-15577491-APN-DNSI#MS y el proyecto de contrato IF-2022-15577800-APN-DNSI#MS, que como Anexos forman parte integrante de la presente medida.

ARTICULO 5°. – Impútase la presente contratación de la siguiente manera: Ejercicio 2022, Categoría Programática 16.0.0.15.0, IPP 3.0.0, Fuente 22, Total $ 15.238.800.

ARTÍCULO 6°. - Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Victor Alberto Urbani

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/08/2022 N° 62744/22 v. 16/08/2022

Fecha de publicación 16/08/2022