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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 528/2022

RESOL-2022-528-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 11/08/2022

Visto el expediente N° EX-2022-66652536- -APN-DDP#MSG, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto N° 214 del 27 de febrero de 2006, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto N° 2.098 del 3 de diciembre de 2008, la Ley N° 25.164, los Decretos Nros. 1.421 del 8 de agosto de 2002, 355 del 22 de mayo de 2017, 415 del 30 de junio de 2021 y 103 del 2 de marzo de 2022, la Resolución N° 53 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO del 22 de marzo de 2022, y la Resolución N° 356 del MINISTERIO DE SEGURIDAD del 15 de junio de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 2° de la Resolución SGyEP N° 53/22 se aprobó el RÉGIMEN DE VALORACIÓN POR EVALUACIÓN Y MÉRITO PARA LA PROMOCIÓN DE NIVEL PARA EL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO, aplicable al personal que reviste en la Planta Permanente del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, que cuente con estabilidad al momento de manifestar su voluntad de participar del proceso de valoración por evaluación y mérito para la promoción de nivel, y que se encuentre en condiciones de promover a los niveles A, B, C, D y E, quienes podrán ascender hasta un máximo de DOS (2) Niveles.

Que mediante la Resolución MS N° 356/22 se dio inicio a partir del 15 de junio de 2022 en este Ministerio, al proceso establecido en el citado Régimen, conformando el Comité de Valoración por Evaluación y Mérito para la Promoción de Nivel, y su Secretaría Técnica Administrativa.

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3° del Anexo II de la Resolución SGyEP N° 53/22, la agente María Cristina GONZALEZ (D.N.I. N° 11.473.560), del Agrupamiento Profesional, Nivel D, Grado 14, Tramo Avanzado, de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN DEL RIESGO de este Ministerio, manifestó su intención de participar del proceso a través del formulario FOHIZ (IF-2022-63723576-APN-SSGRYPC#MSG).

Que la DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, confeccionó la Certificación de RRHH e Identificación del Puesto (CE-2022-66254702-APN-DGRRHH#MSG y IF-2022-66318624 APN-DGRRHH#MSG), en el que obra la certificación de la situación de revista de la trabajadora, la definición del puesto a ocupar y su agrupamiento, conforme al Nomenclador Clasificador de Puestos y Funciones aprobado por el Acta COPIC N° 135 del 28 de mayo de 2021 (IF-2021-26954793-APN-DGYDCP#JGM), en cumplimiento de lo establecido en el artículo 12 de del citado Régimen.

Que el aludido Comité de Valoración de este Ministerio, cumpliendo las atribuciones y responsabilidades que le fueron asignadas por el artículo 8° del citado Régimen, emitió el Acta N° 1 del 6 de julio de 2022 de aprobación resultante de la valoración, cuyo Anexo II determina los postulantes que cumplen los requisitos, dando por concluida su intervención, respecto de los postulantes consignados en su Anexo I, en los términos del artículo 11 del mismo Régimen.

Que, en consecuencia, procede designar a la postulante en el correspondiente Puesto y Agrupamiento del Nomenclador Clasificador de Puestos y Funciones, por encontrarse incluida en el Anexo II mencionado en el párrafo anterior.

Que el artículo 31 del citado Convenio Colectivo Sectorial dispone que el personal que asciende DOS (2) niveles escalafonarios, debe reconocérsele UN (1) grado del nivel superior, por cada 1.33 grados alcanzados en el nivel anterior, a contar desde el grado inicial del nuevo nivel al que asciende, y en el supuesto que el personal viniera desarrollando tareas afines con el puesto o función correspondiente al nivel superior, será ubicado en el grado siguiente al que resultara de la aplicación del procedimiento establecido en el inciso b) de dicha norma.

Que el anteúltimo párrafo de ese mismo precepto dispone que si al personal que asciende DOS (2) niveles, le fuera asignado UN (1) grado comprendido en un Tramo igual o inferior al que revistara, continuará su carrera en el Tramo correspondiente a dicho grado.

Que en este caso, teniendo en cuenta la situación de revista de la postulante y sus antecedentes obrantes en autos, corresponde asignarle el Grado 12 y el Tramo Avanzado, dentro del nuevo Nivel escalafonario B, en los términos de los incisos b) y c) y anteúltimo párrafo del artículo 31 del mencionado Convenio Colectivo Sectorial, aplicable al caso por el artículo 16 del citado Régimen.

Que de acuerdo a lo establecido por el artículo 24 del citado Régimen, la nueva situación de revista descripta en el párrafo anterior, se hará efectiva a partir de la fecha de posesión del nuevo puesto.

Que la Dirección de Presupuesto de este Ministerio ha certificado la existencia de las partidas presupuestarias necesarias para solventar la medida que se propicia.

Que el servicio jurídico permanente de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones previstas en la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones, en el artículo 3° del Decreto N° 355/17 y de la Resolución SGyEP N° 53/22.

Por ello,

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase, a partir del dictado de la presente, a la licenciada María Cristina GONZALEZ (D.N.I. N° 11.473.560), en un cargo de la dotación de planta permanente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DEL RIESGO Y PROTECCIÓN CIVIL de la SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN FEDERAL DE LA SEGURIDAD de este Ministerio, Nivel B, Grado 12, Agrupamiento Profesional, Tramo Avanzado, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, para cumplir funciones de “Analista de Comunicación y Contenido Institucional”.

ARTÍCULO 2°.- La persona nombrada deberá tomar posesión del nuevo cargo dentro de los TREINTA (30) días hábiles siguientes a la notificación de su designación en el nuevo nivel.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios asignados para el Ejercicio Financiero 2022 del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

ARTICULO 4°.- Hágase saber a la trabajadora mencionada en el artículo 1° de la presente, que podrá interponer recurso de reconsideración contra el presente acto, dentro de los DIEZ (10) días o jerárquico directo dentro de los QUINCE (15) días, contados a partir de su notificación.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Aníbal Domingo Fernández

e. 16/08/2022 N° 62680/22 v. 16/08/2022

Fecha de publicación 16/08/2022