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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 519/2022

RESOL-2022-519-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 05/08/2022

VISTO el expediente N° EX-2022-45142529- -APN-DDP#MSG, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorias; las Resoluciones de la ex SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nros. 21 del 17 de septiembre de 1993 y 393 del 30 de agosto de 1994 y sus modificatorias, la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA Nº 98 del 28 de octubre de 2009 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 89 del Convenio Colectivo Sectorial SINEP citado en el Visto, se establece el régimen de la Bonificación por Desempeño Destacado, que consiste en una suma de pago única equivalente a la asignación básica del nivel escalafonario respectivo, con más los adicionales por grado, tramo y suplementos pertinentes, a ser percibido por los agentes designados bajo el régimen de estabilidad y que hayan obtenido la más alta calificación en la evaluación de desempeño, con los mayores puntajes respecto de cada listado pertinente.

Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación de la nómina de agentes de éste MINISTERIO DE SEGURIDAD, en condiciones de percibir la Bonificación por Desempeño Destacado correspondiente a las funciones ejecutivas del período 2019, conforme lo establecido por Anexo II de la citada Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA Nº 98/2009 y sus modificatorias.

Que según lo dispuesto por el artículo 12 de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA Nº 393/94, la bonificación será percibida por hasta el DIEZ POR CIENTO (10%) de los funcionarios que ejerzan Funciones Ejecutivas evaluados en cada Unidad de Análisis, siempre que hayan obtenido calificación “MUY DESTACADO”.

Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 26 del Decreto Nº 2098/08.

Que los representantes de las entidades sindicales signatarias ejercieron la veeduría de éste procedimiento de bonificación, sin haberlo objetado, según las constancias obrantes en el expediente del visto.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS del Organismo ha intervenido en el ámbito de su competencia, concluyéndose que diversos agentes de este Ministerio han dado cumplimiento a las exigencias establecidas por la normativa vigente; habiendo intervenido la Dirección de Presupuesto, informando sobre la existencia de crédito presupuestario suficiente para atender el gasto que ocasione la presente medida.

Que ha tomado la intervención que le compete la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GESTION Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, avalando la aprobación de la nómina del personal beneficiario de la Bonificación por Desempeño Destacado para el personal que cumplió Funciones Ejecutivas en esta cartera ministerial durante el período 2019.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio, actuó dictaminando en el ámbito de su competencia, sin advertir objeciones legales a la medida.

Que el suscripto es competente para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto por el artículo 4°, inciso b), apartado 11 de la Ley de Ministerios (T.O. 1992) y sus modificatorias y por lo establecido en el artículo 2º del Anexo II de la Resolución ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA Nº 98/2009 y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébese el listado de agentes del personal de planta permanente del MINISTERIO DE SEGURIDAD, en condiciones de percibir la Bonificación por Desempeño Destacado establecida por el artículo 89 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/2008 y sus modificatorios, correspondiente a las funciones ejecutivas del período 2019, de conformidad con el detalle que como Anexo (IF-2022-61483424-APN-DGRRHH#MSG), forma parte de la presente.

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a la partida específica del presupuesto aprobado para esta Jurisdicción.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Aníbal Domingo Fernández

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 09/08/2022 N° 60832/22 v. 09/08/2022

Fecha de publicación 09/08/2022