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Legislación y Avisos Oficiales
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ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 1453/2022

RESOL-2022-1453-APN-ENACOM#JGM FECHA 14/07/2022 ACTA 79

EX-2021-95939177-APN-AMEYS#ENACOM

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Aprobar los actos del Concurso Público convocado por el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, mediante RESOL-2021-1298-APN-ENACOM#JGM, con el objeto de adjudicar a una persona humana o jurídica con fines de lucro, constituida o en formación, o jurídica sin fines de lucro regularmente constituida 1 licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de amplitud, frecuencia 1520 KHz., categoría VII, Potencia Diurna 0.25 Kw., Potencia Nocturna 0.25 Kw, en la localidad de RUFINO, provincia de SANTA FE. 2.- Adjudicar a la señora Analía Verónica SAN ANDRES, la licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de amplitud, en la frecuencia 1520 KHz., categoría VII, Potencia Diurna 0.25 Kw., Potencia Nocturna 0.25 Kw, en la localidad de RUFINO, provincia de SANTA FE. 3.- Establecar que la licencia otorgada en el Artículo 2º abarcará un período de 10 años, contados a partir de la fecha del acto administrativo de autorización de inicio de emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada a solicitud de la licenciatario. 4.- La licenciataria deberá presentar dentro de los 90 días corridos de notificado el acto de adjudicación prorrogables por igual término, la documentación técnica a que refiere el Artículo 20 del pliego, debiendo adjuntar un diagrama esquemático del sistema de antenas junto con una memoria de cálculo de los diagramas de radicación vertical elaborados cada 15 grados acimutales comenzando desde el primer elemento del sistema de antenas. 5.- La licenciataria deberá conservar las pautas y objetivos de la propuesta comunicacional, durante toda la vigencia de la licencia. Su modificación será considerada incumplimiento de las condiciones de adjudicación. 6.- Dentro del plazo de 30 días corridos de notificada la presente, deberá presentar la “DECLARACIÓN JURADA ANUAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL”. 7.- Dentro de los 90 días corridos de notificada la presente, la licenciataria, deberá regularizar su situación ante la A.F.I.P. 8.- El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones definidas por los Artículos precedentes, importará la caducidad del acto de adjudicación. 9.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: ww.enacom.gob.ar/normativas

Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.

e. 18/07/2022 N° 54759/22 v. 18/07/2022

Fecha de publicación 18/07/2022