ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Sintetizada 205/2022
Resolución ENRE N° 205/2022
ACTA N° 1773
Expediente ENRE N°EX-2018-47359662-APN-SD#ENRE
Buenos Aires, 11 DE JULIO DE 2022
La Señora Interventora del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad la solicitud de Acceso al Sistema de Transporte Existente presentada por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSBA S.A.) a requerimiento de PARQUES EOLICOS DE LA BUENA VENTURA SOCIEDAD ANÓNIMA (PEBV S.A.) para su Parque Eólico de la Buena Ventura (PEBV) de 105 MW de potencia y, pedido de otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública (CCyNP) de la obra de ampliación consistente en la construcción de la nueva Estación Transformadora (ET) Vásquez que se vinculará a través de la construcción de una línea simple terna de 132 kV y de SEIS KILÓMETROS Y QUINIENTOS METROS (6,5 km) de longitud con la ET González Chaves, y la ampliación de vinculación de esta última ET, dentro de la jurisdicción de TRANSBA S.A. 2.- Publicar la solicitud referida en el artículo 1 de la presente resolución, mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y solicitar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio en su portal de internet, por un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos y, asimismo, publicar por DOS (2) días consecutivos en un diario de amplia difusión del lugar en donde se construirá la obra proyectada o en donde pueda afectar eléctricamente otorgando un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos contados desde la última publicación efectuada, para que quién considere que la solicitud en cuestión pueda afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee su oposición fundada por escrito ante el ENRE o, en el caso del acceso, presente un proyecto alternativo al del solicitante que produzca una optimización del funcionamiento técnico-económico del SADI, o plantee observaciones u oposiciones sobre la base de la existencia de perjuicios para el mismo. 3.- Establecer que, en caso de que existan presentaciones fundadas que sean comunes entre distintos usuarios, se convocará a Audiencia Pública para recibir las oposiciones para permitir al solicitante contestar las mismas y exponer sus argumentos. 4.- Disponer que operado el vencimiento de los plazos señalados en el artículo 2 sin que se registre la presentación de oposición fundada en los términos referidos, o para el caso del acceso, proyecto alternativo alguno, este Ente Nacional procederá a dictar un acto administrativo a fin de otorgar Acceso y emitir el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la obra detallada en el artículo 1. 5.- PEBV S.A. deberá incorporar en su proyecto todas las observaciones y requerimientos técnicos presentados por TRANSBA S.A. y CAMMESA a efectos de garantizar el correcto funcionamiento del Sistema Argentino de Interconexión (SADI). 6.- Notificar a PEBV S.A., TRANSBA S.A. y CAMMESA. 7.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Interventora del ENRE, Dra. María Soledad Manín.
Claudia Elizabeth Caravelli, Asistente Administrativa, Secretaría del Directorio.
e. 13/07/2022 N° 53239/22 v. 13/07/2022
Fecha de publicación 13/07/2022