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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN

Resolución 300/2022

RESOL-2022-300-APN-SIGEN

Ciudad de Buenos Aires, 10/07/2022

VISTO las Leyes N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y N° 25.506 de Firma Digital y sus modificatorias, las Resoluciones SIGEN N° 152 del 17 de octubre de 2002, N° 45 del 12 de mayo de 2003, N° 82 del 16 de junio de 2014 y N° 190 del 30 de octubre de 2015 y el Expediente N° EX-2022-63920916-APN-SIGEN, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 100 de la Ley N° 24.156, establece que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN (SIGEN) es el órgano normativo, de supervisión y coordinación del sistema de control interno.

Que el artículo 104, inciso b), de la Ley N° 24.156 le atribuye a este Organismo de Control la función de emitir y supervisar la aplicación de las normas de auditoría interna.

Que por Ley N° 25.506 se reconoce el empleo de la firma electrónica y de la firma digital y su eficacia jurídica en las condiciones establecidas en la citada norma.

Que la Resolución SIGEN N° 152/2002, aprobó las Normas de Auditoría Interna Gubernamental estableciendo, entre otros, la organización y realización del trabajo de auditoría.

Que la Resolución SIGEN N° 45/2003 aprobó el Instructivo 1 del Capítulo II, punto 11 de las Normas de Auditoría Interna Gubernamental, vinculado a la documentación de las tareas y papeles de trabajo.

Que por Resolución SIGEN N° 82/2014 se estableció la implementación del uso de la firma digital en el ámbito de SIGEN, siendo los usuarios de la mencionada herramienta informática todos los funcionarios de este Organismo de Control y los terceros que intervengan en sus procesos.

Que por Resolución SIGEN N° 190/2015, se aprobó la prueba piloto de la metodología “Papeles de Trabajo Digitales”, destinada a modificar el proceso de gestión y administración actual de los papeles de trabajo e incorporar las ventajas que ofrecen las tecnologías de la información.

Que a partir de los aportes recibidos de la prueba piloto mencionada en el considerando anterior, el compromiso asumido por SIGEN en relación a impulsar el desarrollo y uso intensivo de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TICs) y la promoción de nuevas formas de trabajo a distancia, deviene necesario actualizar el proceso de gestión y administración de los Papeles de Trabajo que sustentan las tareas de auditoría llevadas a cabo, incorporando las ventajas que ofrecen dichos avances tecnológicos.

Que con posterioridad al dictado de la presente, se elaborará la reglamentación que contendrá las herramientas específicas para la implementación de los Papeles de Trabajo Digitales en la órbita de SIGEN y de las Unidades de Auditoría Interna del Sector Público Nacional (SPN).

Que la Gerencia de Planificación y Desarrollo Normativo junto con las Gerencias de Control, de Proyectos Especiales y de Tecnología Informática, elaboraron un nuevo documento de actualización, propiciando que la metodología “Papeles de Trabajo Digitales” considere los avances tecnológicos respecto a la digitalización, lo dispuesto por las Normas de Auditoría Interna Gubernamental aprobadas por la Resolución SIGEN N° 152/2002 y las nuevas formas de trabajo a distancia.

Que la metodología citada permite concretar un nuevo conjunto de avances en el Sistema de Control Interno del SPN.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar la presente en virtud de lo dispuesto por el artículo 112 inciso a) de la Ley N° 24.156.

Por ello,

EL SÍNDICO GENERAL DE LA NACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase la metodología “Papeles de Trabajo Digitales” que como ANEXO (IF-2022-69149124-APN-SNI#SIGEN) forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Establécese que la metodología “Papeles de Trabajo Digitales” que se aprueba por el artículo 1° será de aplicación por parte de las áreas competentes de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN y de las UNIDADES DE AUDITORÍA INTERNA del Sector Público Nacional, a partir del 1° de enero de 2023.

ARTÍCULO 3°.- Instrúyase a la Gerencia de Tecnología Informática y a la Gerencia de Planificación y Desarrollo Normativo a instrumentar las medidas técnicas, procedimentales y de capacitación, según sus incumbencias, a fin de implementar la presente medida.

ARTÍCULO 4°.- Déjase sin efecto la Resolución SIGEN N° 45/2003, a partir del 1° de enero de 2023.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Carlos Antonio Montero

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 12/07/2022 N° 52560/22 v. 12/07/2022

Fecha de publicación 12/07/2022