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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN

Resolución 483/2022

RESOL-2022-483-APN-SSN#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 04/07/2022

VISTO el Expediente EX-2022-12784686-APN-GA#SSN, la Resolución RESOL-2019-733-APN-SSN#MHA de fecha 20 de agosto, y

CONSIDERANDO:

Que a los fines de la mejor prosecución de la misión y fines de esta SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, en orden a procurar un sector asegurador justo, seguro y estable en beneficio y para la protección de los intereses de los asegurados, beneficiarios y partes actoras, se dictó la Resolución RESOL-2019-733-APN-SSN#MHA de fecha 20 de agosto.

Que a través de dicho acto administrativo se creó la Mesa de Innovación en Seguros e Insurtechs en el ámbito de este Organismo, con el objeto de impulsar su adecuación a estándares internacionales orientados a promover la modernización de los procesos de comercialización y operación del sector seguro.

Que, a tenor de la experiencia acumulada, surge la conveniencia de conferir a la mentada Mesa de Innovación una proyección y perspectiva general, que facilite la coordinación transversal de los actores internos, modificando, asimismo, su denominación acorde a la terminología usual que recepta el plexo normativo que regula el sector.

Que, en tal inteligencia y con el objetivo de propiciar un espacio de colaboración que permita la participación adecuada del Organismo, en un diálogo con los principales actores del sector público-privado, se requiere la derogación del requisito relativo a la cantidad mínima de participantes.

Que, en ese sentido, y acorde a la estructura orgánica aprobada mediante la Decisión Administrativa N° 940 de fecha 28 de septiembre de 2021, resulta adecuado reorganizar los lineamientos de su funcionamiento para quedar a cargo de la Gerencia de Coordinación General, con la asistencia de la Gerencia Técnica y Normativa del Organismo.

Que ha tomado la intervención de su competencia la Gerencia de Asuntos Jurídicos.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el Artículo 67 de la Ley Nº 20.091.

Por ello,

LA SUPERINTENDENTA DE SEGUROS DE LA NACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyase el Artículo 1° de la Resolución RESOL-2019-733-APN-SSN#MHA, de fecha 20 de agosto, por el siguiente texto:

“Créase la Mesa de Innovación en Seguros en el ámbito de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, la que tendrá por objeto promover la innovación de la actividad aseguradora a partir de la interacción de los distintos actores vinculados al uso innovador de tecnología aplicada al seguro.”.

ARTÍCULO 2°.- Sustitúyase el Artículo 2° de la Resolución RESOL-2019-733-APN-SSN#MHA, de fecha 20 de agosto, por el siguiente texto:

“Dispónese que a los fines del cumplimiento de su cometido, la Mesa de Innovación en Seguros tendrá, entre otras, las siguientes funciones

a. Crear un ambiente de discusión y análisis respecto de tecnologías aplicadas al seguro.

b. Establecer un canal de comunicación con los desarrolladores, promotores, implementadores y demás actores de tecnologías e innovaciones en el sector asegurador.

c. Entender y monitorear nuevos modelos de negocios y tecnologías relacionados con la actividad aseguradora.

d. Identificar desafíos regulatorios relacionados con riesgos y oportunidades de fomento y aplicación de tecnologías innovadoras.

e. Convocar a expertos y representantes de sectores con injerencia en la materia.”.

ARTICULO 3°.- Sustitúyase el Artículo 3° de la Resolución RESOL-2019-733-APN-SSN#MHA, de fecha 20 de agosto, por el siguiente texto:

“Establécese que la Mesa de Innovación en Seguros será presidida por la autoridad máxima de la SUPERTINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, o quien ésta designe, y estará integrada por representantes de las distintas Gerencias que la componen.”.

ARTÍCULO 4°.- Sustitúyase el Artículo 4° de la Resolución RESOL-2019-733-APN-SSN#MHA, de fecha 20 de agosto, por el siguiente texto:

“Se encomienda la responsabilidad por la dirección de la Mesa de Innovación en Seguros a la Gerencia de Coordinación General, con la coordinación de la Gerencia Técnica y Normativa.”.

ARTÍCULO 5°.- Deróguese el Artículo 5° de la Resolución RESOL-2019-733-APN-SSN#MHA, de fecha 20 de agosto.

ARTÍCULO 6°.- Sustitúyase el Artículo 6° de la Resolución RESOL-2019-733-APN-SSN#MHA, de fecha 20 de agosto, por el siguiente texto:

“Se encomienda a la Gerencia de Coordinación General el dictado del reglamento interno de funcionamiento de la Mesa de Innovación en Seguros y la realización de las modificaciones que resulten necesarias según las transformaciones del mercado asegurador.”.

ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Mirta Adriana Guida

e. 06/07/2022 N° 50357/22 v. 06/07/2022

Fecha de publicación 06/07/2022