Edición del
5 de Noviembre de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN

Resolución 173/2021

RESOL-2021-173-APN-DANPIDTYI#ANPIDTYI

Ciudad de Buenos Aires, 09/11/2021

VISTO el EX-2021-103867995- -APN-DGA#ANPIDTYI, el Contrato de Préstamo N° 2161 suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACION ECONOMICA (BCIE), el Decreto N° 157 de fecha 14 de febrero de 2020, la Decisión Administrativa N° 379 de fecha 19 de abril de 2021, las Resoluciones RESOL-2016-542-E-APN-DANPCYT#MCT y RESOL-2016-543-E-APN-DANPCYT#MCT del DIRECTORIO de la (ex) AGENCIA NACIONAL DE PROMOCION CIENTIFICA Y TECNOLÓGICA (ANPCYT) de fecha 25 de octubre de 2016; y

CONSIDERANDO:

Que, en el marco del Préstamo BCIE N° 2161, el ex MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, a través de la ex ANPCYT se constituyó como Organismo Ejecutor del Programa de Fortalecimiento de las Capacidades de I+D.

Que, asimismo, el mencionado Programa tiene como objetivo general aumentar la inversión en Investigación y Desarrollo en la REPÚBLICA ARGENTINA y así dar respuesta a la creciente necesidad de incorporar conocimientos de frontera en la generación de nuevas tecnologías que permitan mejorar la competitividad y la productividad de las pequeñas y medianas empresas (PyMES).

Que, mediante la citada Resolución N° 542/2016 del DIRECTORIO de la ex ANPCYT, se aprobó el Reglamento Operativo del PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO DE LAS CAPACIDADES DE I+D, enmarcado en el Préstamo BCIE N° 2161.

Que, por otro lado, a través de la citada Resolución N° 543/2016 del DIRECTORIO de la ex ANPCYT, se aprobó la estructura de la ex AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA afectada a la ejecución del Contrato de Préstamo N° 2161.

Que el mediante el Decreto N° 157/20 se creó la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN, que resulta ser la continuadora, a todos sus efectos, de la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA y de la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN CIENTÍFICA, TECNOLÓGICA Y DE INNOVACIÓN.

Que habida cuenta la nueva estructura de la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN aprobada por la DA N° 379/2021 resulta necesario adecuar las áreas previstas en ambos documentos.

Que, asimismo, a fin de dotar de mayor operatividad y dar cumplimiento a los objetivos previstos en el Préstamo BCIE N° 2161 resulta necesario actualizar el Reglamento Operativo aprobado la Resolución N° 542/2016 del DIRECTORIO de la ex ANPCYT.

Que el BCIE ha tomado intervención en la redacción del nuevo Reglamento Operativo del PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO DE LAS CAPACIDADES DE I+D

Que la UNIDAD DE NUEVAS INICIATIVAS, la DIRECCIÓN GENERAL DE FINANCIAMIENTO EXTERNO Y LOCAL, el FONDO PARA LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas por el Decreto Nº 157 del 14 de febrero de 2020.

Que, por su parte, la presente decisión fue adoptada en reunión ordinaria del Directorio de la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN del 5 de noviembre de 2021.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébese el Reglamento Operativo del PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO DE LAS CAPACIDADES DE I+D, enmarcado en el Préstamo BCIE N° 2161, que como IF-2021-105235783-APN-ANPIDTYI#MCT forma parte de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Apruébese la estructura de la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN que quedará afectada a la ejecución del Contrato de Préstamo N° 2161, cuya conformación, funciones y responsabilidades se detallan en el IF-2021-105232062-APN-ANPIDTYI#MCT que forma parte de la presente medida.

ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese a la UNIDAD DE NUEVAS INICIATIVAS, la DIRECCIÓN GENERAL DE FINANCIAMIENTO EXTERNO Y LOCAL, el FONDO PARA LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA y a la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS y cumplido, archívese.

Fernando Ernesto Peirano

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 06/07/2022 N° 50449/22 v. 06/07/2022

Fecha de publicación 06/07/2022