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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN

Resolución 131/2021

RESOL-2021-131-APN-ANPIDTYI#MCT

Ciudad de Buenos Aires, 08/11/2021

VISTO el EX-2021-103866947- -APN-DGA#ANPIDTYI, los Decretos N° 157 del 14 de febrero de 2020 y N° 680 del 30 de septiembre de 2021 que aprobó el Contrato de Préstamo BID 5293/OC-AR suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO; y

CONSIDERANDO:

Que en el marco del Préstamo BID 5293/OC-AR LA AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN se constituyó como Organismo Co-Ejecutor del SUBPROGRAMA I del PROGRAMA DE INNOVACIÓN FEDERAL.

Que el mencionado Programa tiene como objetivo general mejorar la competitividad y la productividad de las empresas a través del aumento de la inversión en investigación, desarrollo e innovación, aumentado las capacidades empresariales de innovación, la generación de conocimiento científico y tecnológico, y mejorando las capacidades de seguimiento, evaluación, articulación de instituciones, análisis y difusión de las políticas de ciencia, tecnología e innovación.

Que en el Capítulo III “Condiciones especiales previas al primer desembolso” de las Estipulaciones Especiales del mencionado Contrato de Préstamo se estableció que los Organismos Co-Ejecutores, hayan presentado evidencia de la aprobación y la entrada en vigor de los Reglamentos Operativos del Programa en los términos y condiciones previamente acordados con el Banco, como condición para recibir el primer desembolso.

Que, en ese sentido, las Direcciones Nacionales de los Fondos Tecnológico Argentino, Argentino Sectorial y el Fondo para la Investigación Científica y Tecnológica, mancomunadamente con la Dirección de Financiamiento Externo y Local y la Dirección General de Asuntos Jurídicos, elaboraron el Reglamento Operativo que, posteriormente, se remitió en consulta al Banco y este realizó comentarios y modificaciones.

Que la UNIDAD DE NUEVAS INICIATIVAS, la DIRECCIÓN GENERAL DE FINANCIAMIENTO EXTERNO Y LOCAL, la DIRECCIÓN NACIONAL DEL FONDO TECNOLÓGICO ARGENTINO, la DIRECCIÓN NACIONAL DEL FONDO ARGENTINO SECTORIAL, la DIRECCIÓN NACIONAL DEL FONDO PARA LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas por el Decreto Nº 157 del 14 de febrero de 2020.

Que, por su parte, la presente decisión fue adoptada en reunión ordinaria del Directorio de la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN del 5 de noviembre de 2021.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébese el Reglamento Operativo del PROGRAMA INNOVACIÓN FEDERAL, enmarcado en el Contrato de Préstamo BID 5293/OC-AR, que como IF-2021-105766826-APN-ANPIDTYI#MCT forma parte de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese a la UNIDAD DE NUEVAS INICIATIVAS, la DIRECCIÓN GENERAL DE FINANCIAMIENTO EXTERNO Y LOCAL, la DIRECCIÓN NACIONAL DEL FONDO TECNOLÓGICO ARGENTINO, la DIRECCIÓN NACIONAL DEL FONDO ARGENTINO SECTORIAL, la DIRECCIÓN NACIONAL DEL FONDO PARA LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS y cumplido, archívese.

Fernando Ernesto Peirano

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 06/07/2022 N° 50439/22 v. 06/07/2022

Fecha de publicación 06/07/2022