ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS ADUANA BUENOS AIRES
Disposición 310/2022
DI-2022-310-E-AFIP-DIABSA#SDGOAM
Ciudad de Buenos Aires, 24/06/2022
VISTO lo dispuesto en los Art. 417, 419, 422, 429 y 430 de la Ley 22.415, lo actuado en el EX-2022-00480050-AFIP-SEGSRE#SDGOAM, y
CONSIDERANDO
Que la mercadería objeto de la presente ingresó al país amparada por los conocimientos de embarque CHWAN FDSZSE1901090 del 19001MANI038488M, arribado el 18/03/2019. Que recayó en situación de rezago en fecha 04/09/2019 bajo el manifiesto de rezago 19001MARE002255S; CHNGO AMIGL180481141A del 18001MANI196641H, arribado el 28/10/2018. Que recayó en situación de rezago en fecha 18/01/2019 bajo el manifiesto de rezago 19001MARE000491S; BEANW 2111-0924-808.013 del 18001MANI172565G, arribado el 14/09/2018. Que recayó en situación de rezago en fecha 18/01/2019 bajo el manifiesto de rezago 19001MARE000495W; USPVG HBL6825406 del 20001MANI032781R, arribado el 28/02/2020. Que recayó en situación de rezago en fecha 16/05/2020 bajo el manifiesto de rezago 20001MARE002274L y; GEHAM GOT137492 del 18001MANI203343S, arribado el 19/11/2018. Que recayó en situación de rezago en fecha 01/03/2019 bajo el manifiesto de rezago 19001MARE000953V.
Que la mercadería afectada al 18001MARE002026N se trata del remanente de una Moto marca Mondial 2017, subastada en fecha 26/01/2022 autorizado por DI-2021-632-E-AFIP-DIABSA#SDGOAM y posteriormente aprobada por DI-2022-62-E-AFIP-DIABSA#SDGOAM.
Que la Ley 25.603 contempla la comercialización de aquellas mercaderías sobre las que no hubieran solicitado una destinación autorizada transcurridos los treinta (30) días corridos de la publicación en el Boletín Oficial por encontrarse en las situaciones previstas en el Titulo II Cap. primero de la Ley 22.415, previa verificación, clasificación y valoración de oficio de las mismas.
Que mediante disposición DI-2022-230-E-AFIP-DIABSA#SDGOAM la Dirección Aduana de Buenos Aires ha dispuesto la comercialización de la mercadería identificada con los manifiestos de Rezagos 19001MARE002255S, 19001MARE000491S, 20001MARE002274L, 19001MARE000495W, 19001MARE000953V y 18001MARE002026N, la cual se encuentra ingresada a Depósito Fiscal Censer, Depósito Fiscal Gemez SA, Depósito Fiscal Gemez Barracas, Depósito Fiscal Mercocarga, Depósito Fiscal Tefasa II y Depósito Fiscal Dodero Tigre respectivamente.
Que el día 16 de Junio de 2022 a las 12:00 hs. se realizó la pública subasta de tales mercaderías, de forma virtual a través de plataforma del Banco Ciudad según convenio celebrado con dicha entidad en fecha 09/11/2015 y adenda N° CONVE-2020-00621694-AFIP-AFIP mediante la cual se autoriza la realización de las subastas en forma electrónica.
Que la subasta realizada fue identificada por la entidad bancaria como Remate N° 2735.
Que la División Coordinación de Secuestros y Rezagos aportó la documentación recibida del Banco Ciudad donde se detallan los lotes vendidos, y la nomina de compradores.
Que el lote originalmente identificado con Nro de Orden 1 fue retirado de forma previa a la subasta ya que el importador solicitó la destinación a plaza de la mercadería.
Que para el lote identificado con Nro de Orden 4 se informó que resultó postor remiso.
Que para el lote identificado con Nro de Orden 5 se realizó un ajuste del peso de la mercadería en base a información recibida del Depósito Fiscal Tefasa II.
Que no mediando otras observaciones a realizar, correspondería aprobar la venta de los lotes vendidos, lotes de orden 1 al 3 y 5 al 6 .
Que la presente se dicta en el uso de las facultades conferidas en la Ley 22.415, las disposiciones DI-2018-101-E-AFIPAFIP y DI-2022-6-E-AFIP-SDGOAM.
Por ello,
EL PRIMER REEMPLAZANTE DE LA DIRECCION ADUANA DE BUENOS AIRES
DISPONE:
ARTICULO 1º - Aprobar la venta de los LOTES VENDIDOS: lotes de orden 1 a 3 y 5 a 6 comercializados en pública subasta en plataforma electrónica del Banco Ciudad el 16 de Junio de 2022 de acuerdo a la nómina que acompaña en el Anexo I, IF-2022-01040906-AFIP-DIABSA#SDGOAM.
ARTICULO 2°:- Regístrese, comuníquese a la entidad rematadora y a la Div. Coordinación de Secuestros y Rezagos (DI CEOA), dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación, como así también en el Sitio Web Oficial de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS. Cumplido, archívese por finiquitado.
Gustavo Javier Araujo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 01/07/2022 N° 49058/22 v. 01/07/2022
Fecha de publicación 01/07/2022