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Legislación y Avisos Oficiales
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SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Resolución 939/2022

RESOL-2022-939-APN-SSS#MS

Ciudad de Buenos Aires, 24/06/2022

VISTO el Nº EX-2021-95523267- -APN-SRHYO#SSS, la Ley Nº Ley 27.591 de Presupuesto General de la Administración Pública, prorrogada a partir del 1° de enero de 2022 por el Decreto N° 882 del 23 de diciembre de 2021, los Decretos Nº 1615 de fecha 23 de diciembre de 1996, Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, Nº 2710 del 28 de diciembre de 2012 y Nº 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, la Decisión Administrativa N° 555 de fecha 07 de junio de 2021, la Resolución N° 610 de fecha 22 de noviembre de 2017 del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, las Resoluciones Nº 952 del 21 septiembre de 2015 y N° 304 del 23 de noviembre de 2018 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, y Resolución Conjunta Nº E-4/2016 de fecha 11 de Agosto de 2016 de la entonces SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO DEL SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO DEL ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y la entonces SECRETARÍA DE HACIENDA DEL ex MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, la Resolución N° 2051 del 3 de diciembre de 2021 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD y,

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 882 del 23 de diciembre de 2021 se estableció que las disposiciones de la Ley N° 27.591 de Presupuesto General del al Administración Nacional para el Ejercicio 2021 regirán a partir del 1° de enero de 2022, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156, cuya distributiva opera mediante Decisión Administrativa N° 4 de enero de 2021, prorrogada por la Decisión Administrativa N° 4 del 5 de enero de 2022.

Que por el Decreto Nº 2098/2008, sus modificatorios y complementarios, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).

Que por el Decreto Nº 355/2017, y su modificatorio se establece, entre otros aspectos que “En el caso de los organismos descentralizados con facultades relacionadas con la administración de su personal establecidas en sus normas de creación o en normas especiales, mantienen las mismas en los términos de los artículos 3º, 4º y 8º del presente Decreto (…)”.

Que por el Decreto Nº 2710/12 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del entonces MINISTERIO DE SALUD.

Que por la Resolución Nº 952/15 de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, fueron aprobadas las Coordinaciones de distintas Unidades Organizativas del citado Organismo.

Que por la Resolución Conjunta N° E-4/2016 de la entonces SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO DEL ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y la entonces SECRETARÍA DE HACIENDA DEL ex MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS se homologaron en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas diversos cargos, entre ellos, el correspondiente a la Coordinación de Gestión Personal de la SUBGERENCIA DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN dependiente de la GERENCIA GENERAL de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD con un Nivel de Ponderación IV.

Que resulta necesario proceder a la asignación transitoria de funciones correspondientes al cargo de Coordinadora de Gestión de Personal de la Subgerencia de Recursos Humanos y Organización dependiente de la Gerencia General, de Nivel B, Grado 0 Función Ejecutiva IV, de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, situación que se encuentra comprendida en los extremos contemplados por el Título X del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098/2008 sus modificatorios y complementarios.

Que de acuerdo con lo establecido por el Artículo 111 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, las subrogancias que se dispongan en virtud de la causal prevista en el inciso a), del Artículo 108 -relativo a cargo vacante- no podrán superar el plazo fijado en el Artículo 21 de dicho Convenio Colectivo.

Que mediante Resolución N° 304/2018 del Registro de la SUPERINTENDNECIA DE SERVICIOS DE SALUD, se asignó transitoriamente a partir del 01 de noviembre de 2017, las funciones correspondientes al cargo de Coordinadora de Gestión de Personal de la Subgerencia de Recursos Humanos y Organización dependiente de la GERENCIA GENERAL de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, de Nivel B, Grado 0 Función Ejecutiva IV, a la Licenciada en Sociología, Luciana FRAGUGLIA (DNI N ° 26.095.589), quien revista en la planta permanente al Nivel C, entonces Grado 1 - Tramo General – Agrupamiento profesional, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098/08 sus modificatorios y complementarios, de conformidad con lo dispuesto por el Título X del mencionado Convenio Colectivo Laboral.

Que por Decisión Administrativa N° 555/2021 se transfirió de la planta permanente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DE INFORMACIÓN Y POLÍTICA SALARIAL de la SUBSECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a la licenciada Luciana FRAGUGLIA (D.N.I. N° 26.095.589), quien revista en un cargo Nivel C - Grado 2, Tramo General, Agrupamiento Profesional del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, a la planta permanente de la SUBGERENCIA DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN de la GERENCIA GENERAL de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, manteniendo el Nivel, Grado, Tramo y Agrupamiento de revista alcanzados en su carrera administrativa; y, estableciéndose que hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de la erogación emergente de la transferencia dispuesta se efectuará con cargo a los créditos presupuestarios de la Jurisdicción de origen.

Que oportunamente mediante Resolución N° 610/2017 del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN se concediera partir del 1° de noviembre de 2017 licencia extraordinaria por cargo de mayor jerarquía, amparada en el Artículo 13, Apartado II, inciso e) del Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias, aprobado por Decreto N° 3413/79, a la agente citada Luciana FRAGUGLIA por cuanto subsista en el ejercicio de sus nuevas funciones.

Que por Resolución 2051/2021 del Registro de la Superintendencia de Servicios de Salud, se aprueba la promoción al Grado 3 de la agente Luciana FRAGUGLIA (DNI N° 26.095.589), Nivel C, Agrupamiento Profesional, Tramo General, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, a partir del 1 de enero de 2020.

Que a la fecha por razones operativas no ha sido posible adoptar las medidas necesarias del caso para formalizar su cobertura definitiva con arreglo al régimen de selección previsto en el Convenio Colectivo Sectorial citado.

Que por artículo 109 del citado Convenio, se establece que el personal subrogante percibirá la Asignación Básica de Nivel Escalafonario y los Adicionales por Grado y Tramo correspondientes a su situación de revista con más los suplementos correspondientes al cargo subrogado; y, en el supuesto que el Nivel Escalafonario del cargo subrogado fuese superior al Nivel Escalafonario del agente subrogante, éste percibirá la Asignación Básica del nivel superior, teniendo en cuenta lo indicado en el párrafo precedente respecto de los Adicionales y Suplementos.

Que, por lo expuesto precedentemente, resulta necesario disponer a partir del 23 de noviembre de 2021, la asignación transitoria de funciones correspondientes al cargo de Coordinadora de Gestión de Personal de la Subgerencia de Recursos Humanos y Organización dependiente de la GERENCIA GENERAL a la agente perteneciente a la planta permanente de Nivel C, Grado 2 - Tramo General - Agrupamiento profesional Licenciada en Sociología Luciana FRAGUGLIA (DNI N° 26.095.589), del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, de conformidad con lo dispuesto por el Título X del mencionado Convenio Colectivo Laboral.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que la SECRETARÍA DE GESTÍON Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se ha expedido favorablemente respecto de la aprobación de la presente asignación de funciones

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos, de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, ha tomado la intervención de su competencia.

Que se encuentran reunidos los requisitos exigidos por la Circular N° 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la Secretaría Legal y Técnica de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por los Decreto N° Nº 1615 de fecha 23 de diciembre de 1996, Nº 355 de fecha 22 de mayo de 2017, y su modificatorio y N° 307 de fecha 07 de mayo de 2021.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Asígnese transitoriamente a partir del 23 de noviembre de 2021, las funciones correspondientes al cargo de Coordinadora de Gestión de Personal de la Subgerencia de Recursos Humanos y Organización dependiente de la GERENCIA GENERAL de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, de Nivel B, Grado 0, Función Ejecutiva IV, a la Licenciada en Sociología, Luciana FRAGUGLIA (DNI N° 26.095.589), quien revista en la planta permanente al Nivel C, Grado 3 - Tramo General – Agrupamiento profesional, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098/08 sus modificatorios y complementarios, de conformidad con lo dispuesto por el Título X del mencionado Convenio Colectivo Laboral y por los motivos expuestos en los considerandos de la presente medida.

ARTÍCULO 2º. – La medida se extenderá hasta tanto se instrumente su cobertura definitiva con arreglo a los respectivos regímenes de selección, no pudiendo superar el plazo de TRES (3) años, conforme lo dispuesto por los artículos 110 y 111 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios.

ARTÍCULO 3º.- La asignación de funciones que se autoriza por la presente medida, se ajustará a los términos establecidos en el artículo 109 del Convenio Colectivo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto 2098/08, sus modificatorios y complementarios.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Entidad 914 - SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Daniel Alejandro Lopez

e. 29/06/2022 N° 48129/22 v. 29/06/2022

Fecha de publicación 29/06/2022