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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

Resolución 323/2022

RESOL-2022-323-APN-ANAC#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 24/06/2022

VISTO, el Expediente Nº EX-2022-51426590- -APN-ANAC#MTR, la Ley N° 27.161, los Decretos N° 239 de fecha 15 de marzo de 2007, N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007 y N° 1840 de fecha 12 de noviembre de 2011 y las Resoluciones N° 225 de fecha 4 de diciembre de 2009, N° 271 de fecha 23 de mayo de 2022 y N° 603 de fecha 4 de septiembre de 2012, todas de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Expediente citado en el Visto tramita la propuesta de actualización de las acciones asignadas a la Dirección de Aeródromos, a la Dirección de Proyectos e Infraestructura, a la Dirección de Servicios Aeroportuarios, a la DIRECCIÓN REGIONAL CENTRO, a la DIRECCIÓN REGIONAL NOROESTE, a la DIRECCIÓN REGIONAL NORESTE y a la DIRECCIÓN REGIONAL SUR, todas dependientes de la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS (DGIYSA) de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC).

Que mediante el dictado del Decreto N° 239 de fecha 15 de marzo de 2007 se creó a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) como Organismo descentralizado, actualmente actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que por el Artículo 4° del Decreto Nº 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007 se aprobó la estructura organizativa de esta Administración Nacional, de conformidad con el Organigrama y las Responsabilidades Primarias y Acciones.

Que por el Artículo 1° de la Resolución ANAC Nº 225 de fecha 4 de diciembre de 2009 se aprobaron las aperturas de segundo y tercer nivel operativos de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL (DNSO), de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIOS DE NAVEGACIÓN AÉREA Y AERÓDROMOS (DNSNAYA) y de la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS (DGIYSA), todas dependientes de la ANAC.

Que la Resolución ANAC N° 225/2009 fue modificada por la Resolución de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL N° 271 de fecha 23 de mayo de 2022.

Que por el Artículo 3° de la Resolución ANAC Nº 603 de fecha 4 de septiembre de 2012 se transfirió funcionalmente la Dirección de Aeródromos dependiente de la DNSNAYA de esta Administración Nacional, con sus correspondientes acciones y dotación de personal, a la DGIYSA de la ANAC.

Que el Decreto N° 1.840 de fecha 12 de noviembre de 2011 transfirió las funciones del control operativo de la prestación de los Servicios de Navegación Aérea y de coordinación y supervisión del accionar del control aéreo hasta ese entonces a cargo de esta Administración Nacional, a la DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL DE TRÁNSITO AÉREO (DGCTA) de la FUERZA AÉREA ARGENTINA (FAA).

Que la Ley N° 27.161 transfirió a la EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DELESTADO (EANA S.E.) las funciones de control operativo de la prestación del servicio público de navegación aérea y la coordinación y supervisión del accionar del control aéreo, con sus respectivas competencias, cargos, personal y créditos presupuestarios, así como la administración de los bienes patrimoniales afectados a su uso.

Que dentro de las funciones asignadas a la EANA S.E. se encuentran, entre otras, las correspondientes a la prestación, coordinación, administración y supervisión de los Servicios de Navegación Aérea, originalmente asignados a las DIRECCIÓN REGIONAL CENTRO, DIRECCIÓN REGIONAL NOROESTE, la DIRECCIÓN REGIONAL NORESTE y la DIRECCIÓN REGIONAL SUR, todas dependientes de la DGIYSA de la ANAC.

Que para posibilitar el eficaz cumplimiento de las acciones asignadas a la Dirección de Aeródromos, a la Dirección de Proyectos e Infraestructura y a la Dirección de Servicios Aeroportuarios, a la DIRECCIÓN REGIONAL CENTRO, a la DIRECCIÓN REGIONAL NOROESTE, a la DIRECCIÓN REGIONAL NORESTE y a la DIRECCIÓN REGIONAL SUR, todas ellas dependientes de la DGIYSA de la ANAC; en materia de fiscalización y vigilancia de la seguridad operacional en los aeródromos controlados y no controlados, hace necesario modificar las acciones originalmente asignadas a las mismas.

Que la modificación de las acciones asignadas a las Direcciones anteriormente mencionadas y a sus Departamentos, no implica alteración de la estructura organizativa de la DGIYSA de esta Administración Nacional, aprobada por la Resolución ANAC N° 225/2009, modificada por la Resolución ANAC N° 271/2022.

Que por razones de ordenamiento técnico-operativo ameritan modificar la denominación de la Dirección de Servicios Aeroportuarios dependiente de la DGIYSA de la ANAC de la Resolución ANAC N° 225/2009 modificada por la Resolución ANAC N° 271/2022, por la de Dirección de Fiscalización de Servicios Aeroportuarios; no implicando tal modificación la creación de una nueva unidad administrativa y no generando, por lo tanto, erogación extra alguna para el ESTADO NACIONAL.

Que el Departamento Normativa Aeronáutica, Normas y Procedimientos Internos dependiente de la UNIDAD DE PLANIFICACIÓN Y CONTROL DE GESTIÓN (UPYCG) de la ANAC, ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos dependiente de la DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA (DGLTYA) de la ANAC, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007.

Por ello,

LA ADMINISTRADORA NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Modifícase el Anexo I de la Resolución N° 225 de fecha 4 de diciembre de 2009 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, de acuerdo al Anexo I GDE (IF-2022-62382329- APN-DGIYSA#ANAC) que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución, en lo relativo a las acciones inherentes a las Direcciones y Departamentos dependientes de la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS.

ARTÍCULO 2º.- Modifícase el Anexo II de la Resolución ANAC N° 225/2009 de acuerdo al Anexo II GDE (IF-2022-62387926-APN-DGIYSA#ANAC) que como Anexo forman parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y cumplido, archívese.

Paola Tamburelli

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en: https://www.argentina.gob.ar/anac/normativa/resoluciones-y-disposiciones

e. 27/06/2022 N° 47272/22 v. 27/06/2022

Fecha de publicación 27/06/2022