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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 419/2022

RESOL-2022-419-APN-SE#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 09/06/2022

VISTO el Expediente N° EX-2021-71455211-APN-SE#MEC y los Expedientes Nros. EX-2021-76196831-APN-SE#MEC, EX-2022-24504476-APN-SE#MEC y EX-2022-27720489-APN-SE#MEC, en tramitación conjunta, y las Leyes Nros. 15.336 y 24.065, la Resolución N° 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución N° 965 de fecha 7 de octubre de 2021 de esta Secretaría, se autorizó el ingreso de la firma PETRÓLEOS SUDAMERICANOS S.A. para su establecimiento ubicado en Ruta 151, Km. 79, Catriel, Provincia de RÍO NEGRO, como agente del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) en la condición de GRAN USUARIO MAYOR (GUMA), a partir del 1° de noviembre de 2021.

Que el Artículo 2° de la mencionada resolución estableció que la empresa TRANSCOMAHUE S.A. deberá prestar la Función Técnica de Transporte de Energía Eléctrica (FTT) al punto de suministro cuyo ingreso se autorizó por dicho acto.

Que, mediante Nota de fecha 18 de marzo de 2022 (IF-2022-27721555-APN-SE#MEC), la firma PETRÓLEOS SUDAMERICANOS S.A. informó la rectificación del punto de conexión de su establecimiento, vinculándose al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) a través de instalaciones de la empresa VISTA OIL & GAS ARGENTINA S.A.U.

Que, mediante la Nota N° B-157275-2 de fecha 11 de marzo de 2022 (IF-2022-24970971-APN-SE#MEC), la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) comunicó el cambio del punto de conexión del punto de suministro de PETRÓLEOS SUDAMERICANOS S.A.

Que para la vinculación de las instalaciones eléctricas de la firma PETRÓLEOS SUDAMERICANOS S.A. con el SADI se deberá contar con la prestación de la FUNCIÓN TÉCNICA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA (FTT) por parte de la empresa VISTA OIL & GAS ARGENTINA S.A.U.

Que la firma PETRÓLEOS SUDAMERICANOS S.A. y la empresa VISTA OIL & GAS ARGENTINA S.A.U. han logrado un acuerdo para la prestación de la FTT.

Que, en función de lo expuesto, corresponde modificar el Artículo 2° de la Resolución N° 965 de fecha 7 de octubre de 2021 de esta Secretaría.

Que el correspondiente aviso se publicó en el Boletín Oficial N° 34.888 de fecha 28 de marzo de 2022, sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de esta medida.

Que la Dirección Nacional de Regulación y Desarrollo del Sector Eléctrico de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría ha tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por los Artículos 35, 36 y 37 de la Ley N° 24.065, el Apartado IX del Anexo II del Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y la Resolución N° 61/92 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA y sus modificatorias y complementarias.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyase el Artículo 2° de la la Resolución N° 965 de fecha 7 de octubre de 2021 de esta Secretaría, por el siguiente:

“ARTÍCULO 2°.- Establécese que la empresa VISTA OIL & GAS ARGENTINA S.A.U. deberá prestar la FUNCIÓN TÉCNICA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA (FTT) al punto de suministro cuyo ingreso se autoriza por este acto.”

ARTÍCULO 2°.- Instrúyese al Organismo Encargado del Despacho (OED) a informar a todos los agentes del MEM lo resuelto en este acto.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a la firma PETRÓLEOS SUDAMERICANOS S.A., a TRANSCOMAHUE S.A., a la empresa VISTA OIL & GAS ARGENTINA S.A.U., a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de esta Secretaría.

ARTÍCULO 4°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Norman Darío Martínez

e. 13/06/2022 N° 43633/22 v. 13/06/2022

Fecha de publicación 13/06/2022