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Primera sección


SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 1976/2019

RESOL-2019-1976-APN-SECT#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 28/10/2019

VISTO el Expediente Nº 2018-39186483 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que en página 3 del IF-2018-39234729- -APN-DGD#MT con fecha 28 de mayo de 2018 obra el acuerdo, celebrado entre F.O.E.T.R.A. – SINDICATO BUENOS AIRES, por la parte sindical y la empresa TELEFONICA MOVILES DE ARGENTINA S.A., por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004)

Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes pactaron un concepto mensual de carácter remunerativo denominado “plus por rotación”, bajo las condiciones y términos convenidos.

Que con fecha 12 de noviembre de 2018 F.O.E.T.R.A. – SINDICATO BUENOS AIRES, por la parte gremial y la empresa TELEFONICA MOVILES DE ARGENTINA S.A. ratificaron el acuerdo de fecha 28 de mayo de 2018.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con el alcance de representación de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remunareciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO-2019 -35 -APN-PTE

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Declárese homologado acuerdo obrante en página 3 del IF-2018-39234729- -APN-DGD#MT de fecha 28 de mayo de 2018, celebrado entre F.O.E.T.R.A. – SINDICATO BUENOS AIRES, por la parte gremial y la empresa TELEFONICA MOVILES DE ARGENTINA S.A., por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o 2004).

ARTICULO 2º.- Gírese a la Dirección General Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que proceda al registro del acuerdo de fecha 28 de mayo de 2018.

ARTICULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, pase a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Lucas Fernández Aparicio

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 07/06/2022 N° 40197/22 v. 07/06/2022

Fecha de publicación 07/06/2022