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Legislación y Avisos Oficiales
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EJÉRCITO ARGENTINO HOSPITAL MILITAR CENTRAL

Resolución 123/2020

RESOL-2020-123-APN-HMC#EA

Ciudad de Buenos Aires, 21/08/2020

VISTO el expediente EX-2020-47483000- -APN-HMC#EA; las leyes 19.549 y 24.156; los decretos 1023 del 13 de agosto de 2001, 1030 del 15 de septiembre de 2016 y 260 del 17 de marzo de 2020; las decisiones administrativas 409 del 18 de marzo de 2020 y 472 del 7 de abril de 2020 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS; la disposiciones 48 de fecha 19 de marzo de 2020, 53 del 8 de abril de 2020 y 55 del 23 de abril de 2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES y,

CONSIDERANDO

Que el DEPARTAMENTO FARMACIA del HOSPITAL GENERAL 601 – HOSPITAL MILITAR CENTRAL “Cir My Dr COSME ARGERICH” (HMC) confeccionó la solicitud de contratación 84/26-4748-SC20 (IF-2020-45858854-APN-HMC#EA) para la ADQUISICIÓN DE INSUMOS PARA INTERNACIÓN COVID-19, por PESOS OCHO MILLONES NOVECIENTOS SIETE MIL SETECIENTOS DIEZ ($ 8.907.710).

Que la Unidad Operativa de Contrataciones (UOC) del nosocomio, considera oportuno encuadrarlo dentro de lo dispuesto en el apartado 5. al inciso d) del artículo 25º del decreto 1023/2001 y el artículo 19º del decreto 1030/2016 (PLIEG-2020-47666937-APN-HMC#EA).

Que mediante el artículo 2° del decreto 604 del 17 de julio de 2020 y sus complementarios, se exceptúa de la suspensión establecida por el artículo 1° a todos los trámites administrativos relativos a la emergencia declarada por la Ley 27.541, ampliada por el decreto 260/2020 y sus normas modificatorias y complementarias, y a todos los trámites realizados al amparo del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el decreto 1023/2001.

Que el procedimiento contractual ha sido incluido en la programación de las contrataciones para el Ejercicio 2020, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6º del decreto 1023/2001.

Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 55° de la disposición ONC 62-E/16, no es obligatorio cumplir las instancias previstas en los incisos a) y b) del artículo 11° del decreto 1023/2001, respecto de las formalidades de las actuaciones.

Que se confeccionó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que regulará la contratación (PLIEG-2020-47518090-APN-HMC#EA).

Que no es requisito obligatorio para esta etapa del procedimiento de selección, efectuar el registro preventivo del Crédito Legal para atender el gasto, según lo dispuesto en el artículo 9° del decreto 1030/2016 y el artículo 7° de la disposición ONC 62-E/2016.

Que conforme lo dispuesto en la disposición ONC 48/2020, concordantes y sus modificatorias, el 24 de julio de 2020 la UOC del nosocomio efectuó la convocatoria a los participantes de la compulsa mediante la plataforma COMPR.AR (PLIEG-2020-47875554-APN-HMC#EA).

Que el 31 de julio de 2020 a las 09:00 horas, se efectuó el acto de apertura (IF-2020-49886967-APN-HMC#EA) en la plataforma COMPR.AR, presentándose SIETE (7) oferentes.

Que el sistema COMPR.AR conformó el “Cuadro Comparativo por renglón de las Ofertas” (IF-2020-49889421-APN-HMC#EA), de acuerdo al artículo 26° de la disposición ONC 62-E/2016, donde se encuentra detallado cada renglón del pliego con los precios individualizados de las ofertas presentadas por los oferentes.

Que la UOC procedió al control de los oferentes en el Sistema de Información de Proveedores, en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales conforme a lo establecido por la ley 26.940 y en el artículo 24° de la disposición ONC 62-E/2016, y de los Incumplimientos Tributarios y/o Previsionales establecidos en el artículo 3° de la Resolución General AFIP N°4164-E/2017 (IF-2020-49839794-APN-HMC#EA).

Que el 10 de julio de 2020 se efectuó la consulta de precios máximos en el sitio web del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO (https://preciosmaximos.argentina.gob.ar/#/provincia/CABA), respecto de lo dispuesto por la decisión administrativa 472 del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS (DECAD-2020-472-APN-JGM) respecto de los Precios Máximos en los procesos de compra que se lleven a cabo para atender la emergencia, observándose que no se obtuvieron resultados para los bienes y servicios incluidos en presente proceso de compras (IF-2020-53423657-APN-HMC#EA).

Que el 14 de julio de 2020 el Jefe de la UOC del nosocomio confecciono el correspondiente informe de recomendación de adjudicación del procedimiento (IF-2020-53589672-APN-HMC#EA).

Que el servicio jurídico permanente del nosocomio ha tomado la intervención que le compete, mediante el Dictamen Jurídico 133/2020 (IF-2020-54958603-APN-HMC#EA).

Que esta medida se dicta en uso de las facultades emergentes del artículo 9° del decreto 1030/2016 y del ANEXO II (IF-2020-32628323-APN-DGAF#EA) de la resolución 178 del 12 de junio de 2020 del MINISTERIO DE DEFENSA (RESOL-2020-178-APN-MD).

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DEL HOSPITAL GENERAL 601 HOSPITAL MILITAR CENTRAL “Cir My Dr COSME ARGERICH”

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º. Dar por autorizada la convocatoria efectuada para la Contratación Directa por Emergencia - Proceso 84/26-0151-CDI20, para la “ADQUISICIÓN DE INSUMOS PARA INTERNACIÓN COVID-19”, por la suma de PESOS OCHO MILLONES NOVECIENTOS SIETE MIL SETECIENTOS DIEZ ($ 8.907.710).

ARTÍCULO 2º. Dar por aprobado el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que regula el presente proceso de compra.

ARTÍCULO 3º. Aprobar lo actuado en la Contratación Directa por Emergencia - Proceso 84/26-0151-CDI20, para la “ADQUISICIÓN DE INSUMOS PARA INTERNACIÓN COVID-19”, por un importe total de PESOS SIETE MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS SESENTA Y UNO CON CUARENTA CENTAVOS ($ 7.256.761,40).

ARTÍCULO 4º. Adjudicar a la firma UNOLEX S.A. conforme su oferta, el renglón N° 21, por un importe de PESOS CINCUENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS ($57.500).

ARTÍCULO 5º. Adjudicar a la firma DCD PRODUCTS S.R.L. conforme su oferta, los renglones N° 7, 9, 12, 15, 22, 23, 29, 49 y 58, por un importe de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS TREINTA MIL CUATROCIENTOS DOCE CON CUARENTA CENTAVOS ($1.330.412,40).

ARTÍCULO 6º. Adjudicar a la firma RAUL QUINTELA SRL. conforme su oferta, los renglones N° 3, 14, 16, 17, 18, 28, 31, 34, 35, 36, 40, 41, 43, 44, 45, 48, 53, 56 y 57, por un importe de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS TREINTA MIL CUATROCIENTOS DOCE CON CUARENTA CENTAVOS ($3.224.660).

ARTÍCULO 7º. Adjudicar a la firma VISUP-FARM S.R.L. conforme su oferta, los renglones N° 1, 4, 8, 11, 13, 27, 30, 33, 37, 38, 39, 42, 51, 52, 54 y 59, por un importe de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS TREINTA MIL CUATROCIENTOS DOCE CON CUARENTA CENTAVOS ($1.729.326).

ARTÍCULO 8º. Adjudicar a la firma PROPATO HNOS. conforme su oferta, los renglones N° 5, 6, 10, 47, 50 y 60, por un importe de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS TREINTA MIL CUATROCIENTOS DOCE CON CUARENTA CENTAVOS ($445.196).

ARTÍCULO 9º. Adjudicar a la firma BABILANI HNS S.R.L. conforme su oferta, los renglones N° 2, 19, 20, 24 , 25, 26 y 46, por un importe de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS TREINTA MIL CUATROCIENTOS DOCE CON CUARENTA CENTAVOS ($469.667).

ARTÍCULO 10º. Declarar fracasados los renglones N° 32 y 55.

ARTÍCULO 11º. Emitir las órdenes de compras correspondientes de acuerdo a lo establecido por los artículos 34° y concordantes de la disposición ONC 62-E/2016.

ARTÍCULO 12°. Establecer el plazo para el cumplimiento de los bienes contratados, que se iniciará a los UN (1) día hábil posterior a la fecha de notificación al cocontratante de la orden de compra mediante la plataforma COMPR.AR.

ARTÍCULO 13º. Imputar el presente gasto a los créditos vigentes de la Jurisdicción 45 – MINISTERIO DE DEFENSA, Subjurisdicción 21 – EJÉRCITO ARGENTINO, Inciso 2 – Bienes de Consumo, conforme al devengamiento de las órdenes de compras.

ARTÍCULO 14º. Designar a los funcionarios que se detallan a continuación, como integrantes titulares y suplentes de la COMISIÓN RECEPTORA del HMC para el presente procedimiento de selección:

Integrantes Titulares

CR Bioq Dña Sonia Del Valle PERRET.

TC Enf Prof Dña Patricia Mabel LÓPEZ.

TC Enf Prof Dña Patricia Inés CEVALLOS.

Integrantes Suplentes

CR Od D Esteban Eduardo CEREGHINI.

TC Enf Prof Dña Nélida Graciela CURTOSI.

MY Med D Rodrigo BERTOLAMI.

ARTÍCULO 15°. Se podrá interponer, contra el presente Acto Administrativo, los recursos establecidos en los artículos 84° y cc (Recurso de Reconsideración); 89° y cc (Recurso Jerárquico), dentro de los plazos de DIEZ (10) días y QUINCE (15) días respectivamente, contados desde el día siguiente a la notificación de la presente. Todo ello conforme a lo prescripto por el decreto 1759/1972 (t.o decreto 894/2017) reglamentario de la Ley de Procedimiento Administrativo N° 19.549.

ARTÍCULO 16°. Publíquese, difúndase en el Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional – COMPR_AR-, y notifíquese.

Sergio Maldonado

e. 07/06/2022 N° 40979/22 v. 07/06/2022

Fecha de publicación 07/06/2022