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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 331/2022

RESOL-2022-331-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 01/06/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-52451394- -APN-UGA#MSG del registro de este MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACIÓN, las Leyes Nros. 26.102 y 26.338 y el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 388 del 15 de junio de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 26.102 se establecen las bases jurídicas, orgánicas y funcionales de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA.

Que la mencionada Ley establece la creación de la Dirección de Control Policial de la Policía de Seguridad Aeroportuaria, bajo la órbita de la ex SECRETARÍA DE SEGURIDAD INTERIOR, fijando su organización y funciones.

Que la Ley Nº 26.338, modificatoria de la Ley Nº 22.520 de Ministerios, publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina el 7 de diciembre de 2007, dispone la transferencia de las cuatro Fuerzas Federales de Seguridad al Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos.

Que posteriormente y mediante Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1993 del 14 de diciembre de 2010 se crea el Ministerio de Seguridad de la Nación, organismo al cual le fueron transferidas las cuatro Fuerzas Federales de Seguridad del ámbito del entonces Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos.

Que mediante Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 95/2018 publicado el 2 de febrero de 2018 en el Boletín Oficial de la República Argentina, se sustituyó el artículo 75 de la Ley Nº 26.102 haciendo depender orgánicamente a la Dirección de Control Policial de la Policía de Seguridad Aeroportuaria de la Dirección Nacional de la Policía de Seguridad Aeroportuaria.

Que la mencionada norma también sustituyó los artículos 77, 79, 81 y 82 de la Ley Nº 26.102 e incorporó el artículo 75 bis a dicha norma.

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 388/21 se derogaron los artículos 22, 27, 28 y 29 del Decreto N° 95 del 2 de febrero de 2018, restableciendo la vigencia del texto de los artículos 75, 77, 79, 81 y 82 de la Ley de Seguridad Aeroportuaria N° 26.102 en su redacción original.

Que en virtud de tal derogación cobran virtualidad todas las normativas vigentes al momento previo al dictado del Decreto N° 95/2018.

Que al momento del dictado del ya mencionado Decreto Nº 95/2018, en lo que hace a la estructura del Ministerio de Seguridad, se encontraban vigentes el Decreto N° 15/2016, la Decisión Administrativa N° 421/16 y la Resolución MSG N° 225/2016.

Que los artículos 75, 77, 79, 81 y 82 de la Ley de Seguridad Aeroportuaria N° 26.102 cobran vigencia en relación a la Dirección de Control Policial de la Policía de Seguridad Aeroportuaria, el Tribunal de Disciplina Policial, la Auditoría de Asuntos Internos de la Policía de Seguridad Aeroportuaria y la Defensoría del Policía de Seguridad Aeroportuaria por imperio de las disposiciones del Decreto N° 388/2021.

Que en atención a ello, las mencionadas unidades organizativas dependen orgánicamente de este Ministerio.

Que en la instancia resulta pertinente conformar el Tribunal de Disciplina Policial, cuyos miembros serán designados ad honorem.

Que en relación a la Dirección de Control Policial, a la Auditoría de Asuntos Internos y a la Defensoría del Policía, todos de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, resulta necesario ratificar las designaciones del Dr. Carlos Luis Alberto MARTINEZ (D.N.I. N° 17.473.904), del Doctor Rodrigo Hernán LAGUIAN (D.N.I. 30.652.659) y de la Dra. María Laura DELGADO (D.N.I. N° 26.943.846), efectuadas oportunamente.

Que, asimismo, corresponde instruir al SECRETARIO DE COORDINACIÓN, BIENESTAR, CONTROL Y TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL a instar oportunamente las medidas conducentes a efectos de la readecuación de las partidas presupuestarias que correspondan, de conformidad a lo dispuesto por el Decreto Nº 388/2021.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades del artículo 5° del Decreto Nº 388/21 y la Ley Nº 22.520 (t.o. Decreto N° 438/92) y sus modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Ratíficase la asignación de las funciones de Director de la DIRECCIÓN DE CONTROL POLICIAL DE LA POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA al Doctor Carlos Luis Alberto MARTINEZ (D.N.I. N° 17.473.904).

ARTÍCULO 2º.- Ratíficase la asignación de las funciones de la Defensoría del Policía de Seguridad Aeroportuaria, dependiente de la DIRECCIÓN DE CONTROL POLICIAL DE LA POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA a la Doctora María Laura DELGADO (D.N.I. N° 26.943.846).

ARTÍCULO 3º.- Ratíficase la asignación de las funciones de Auditor de Asuntos Internos de la DIRECCIÓN DE CONTROL POLICIAL DE LA POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, al Doctor Rodrigo Hernán LAGUIAN (D.N.I. 30.652.659).

ARTÍCULO 4º.- Confórmase el TRIBUNAL DE DISCIPLINA POLICIAL de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA en el ámbito de la DIRECCIÓN DE CONTROL POLICIAL DE LA POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA dependiente de este Ministerio.

ARTÍCULO 5º.- Desígnase en carácter “ad honorem”, como vocales titulares del TRIBUNAL DE DISCIPLINA POLICIAL de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA conformado por el artículo 4º de la presente, a la Doctora Alicia Julia KOHAN (D.N.I. N° 11.771.693); a la Doctora María Carolina BARONE (D.N.I. N° 23.453.996) y al Comisionado Mayor Mariano Ignacio STÁBILE VILLANUSTRE (D.N.I. N° 25.704.701).

ARTÍCULO 6º.- Desígnase en carácter “ad honorem”, como vocales suplentes del TRIBUNAL DE DISCIPLINA POLICIAL de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA conformado por el artículo 4º de la presente, al Doctor Alberto Julio FERRETI (D.N.I. N°14.790.589); al Doctor Facundo DADIN (D.N.I. N° 33.192.664) y al Comisionado Mayor Bernardo RIBEIRO (Legajo N° 502.875, D.N.I. N° 25.370.429).

ARTÍCULO 7°.- Déjase establecido que la Presidencia del TRIBUNAL DE DISCIPLINA POLICIAL de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA conformado mediante la presente resolución, será ejercida por la vocal Doctora María Carolina BARONE (D.N.I. N° 23.453.996).

ARTÍCULO 8º.- Instrúyase al SECRETARIO DE COORDINACIÓN, BIENESTAR, CONTROL Y TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL a tramitar las adecuaciones presupuestarias que correspondan a fin de cumplir con lo dispuesto en la presente resolución.

ARTÍCULO 9º.- Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias que correspondan, las erogaciones resultantes de la presente medida serán atendidas con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 41 – MINISTERIO DE SEGURIDAD, Subjurisdicción 07 – POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA.

ARTÍCULO 10.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Aníbal Domingo Fernández

e. 06/06/2022 N° 40902/22 v. 06/06/2022

Fecha de publicación 06/06/2022