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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


CONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERÍA CIVIL

Resolución 29/2022

Ciudad de Buenos Aires, 30/05/2022

Visto:

Lo dispuesto por el artículo 17° del Decreto Ley N° 6.070/58, ratificado por la Ley 14.467, y el texto ordenado del Reglamento Interno vigente aprobado por Resolución CD N° 68 de fecha 29 de octubre de 2020, Acta N° 1610, B.O. del 14 de enero de 2021 y modificado por Resolución CD N° 57, de fecha 28 de octubre de 2021, Acta N° 1631, y publicado en el B.O. de fecha 29 de noviembre de 2021, y

Considerando:

Que el 29 de septiembre de 2022 cesan en sus mandatos los Consejeros Universitarios Titulares, Ingeniero Civil Waldo S. Teruel; Ingeniero en Construcciones José María Izaguirre; Ingeniero Civil Enrique A. Sgrelli; Ingeniero Civil Adrian A. Comelli, Ingeniero Civil Carlos A. Alfaro, y los Consejeros Universitarios Suplentes, Ingeniero Civil Pablo J. Bereciartúa; Ingeniero Civil José D. Cancelleri; Ingeniero Civil Francisco M. Defferrari de Achával y el Ingeniero en Construcciones Carlos G. Gauna.

Que en virtud de lo expuesto y en razón de la Ley de Ejercicio Profesional (Decreto Ley 6070/58 - Ley 14.467) y disposiciones reglamentarias vigentes, deberá procederse a la elección de cinco Consejeros Universitarios Titulares y cuatro Consejeros Universitarios Suplentes.

Que a sus efectos se ha preparado el padrón provisorio a la fecha de la presente y demás elementos destinados al cumplimiento del acto eleccionario, cerrando el padrón definitivo al 30 de junio de 2022, teniendo los matriculados hasta el 30 de junio de 2022 para efectuar las observaciones por errores u omisiones del padrón provisorio.

Que, en tal sentido, el artículo 3° del Reglamento interno vigente, dispone que a los efectos del proceso electoral, los electores y elegidos deben figurar como activos, es decir, que no tengan suspendida o cancelada su matrícula al 30 de junio 2022 y que hayan realizado el pago de la matrícula antes de la fecha indicada, advirtiendo que, en caso de que el profesional haya optado por el pago fraccionado del Derecho de Matrícula, deberá estar al día con los vencimientos comprendidos hasta la fecha antes mencionada. Asimismo, para ser elegido Consejero deberá tener al menos dos años de matriculado activo en este Consejo Profesional de Ingeniería Civil al 30 de junio del año de la elección y, al menos, cinco años de antigüedad en la matrícula (conf. artículo 17°, inciso b) del Decreto Ley N° 6.070/1958, ratificado por la Ley N° 14.467).

Que conforme lo dispone el artículo 8°, último párrafo, del Reglamento Interno vigente, corresponde determinar que el voto podrá emitirse de manera presencial o por votación electrónica.

Que en el caso del voto a efectuarse de manera presencial, conforme dispone el artículo 8°, inciso 1° del Reglamento Interno vigente, éste podrá emitirse concurriendo personalmente a la sede del Consejo Profesional de Ingeniería Civil y depositarlo en las urnas habilitadas desde el 15 de julio de 2022, hasta el quinto día hábil posterior, esto es el 22 de julio de 2022, a las 12.00 hs., en los horarios en que esté abierto el Consejo Profesional, debiendo encontrarse a la vista en el recinto especialmente habilitado al efecto, a disposición del elector un ejemplar del Padrón, boletas en blanco y boletas pre impresas promovidas en su caso. Dicho recinto será de características que permitan al elector emitir el sufragio con absoluta privacidad.

Que en el caso del voto a efectuarse de forma electrónica, conforme determina el artículo 8°, inciso 3 del Reglamento citado, se efectuará a través de internet desde el 15 de julio de 2022 a las 9:00 horas, hasta el quinto día hábil posterior, esto es el 22 de julio de 2022, a las 12.00 hs., utilizando cualquier dispositivo con conexión a la internet para lo cual solamente el matriculado debe habilitar un correo electrónico y/o un número de teléfono a fin de ser previamente autenticado para votar. En la pantalla donde se emitirá el voto deberá haber acceso al padrón de matriculados habilitados y un instructivo sobre la metodología de votación y la forma operativa de emitir el voto electrónico. El matriculado podrá actualizar, modificar o registrar un correo electrónico hasta el día 30 de junio de 2022. Quien no actualice, modifique o registre un correo electrónico hasta la fecha antes indicada no podrá votar de manera electrónica.

Que conforme lo dispone el artículo 6° del Reglamento Interno vigente, se remitirán a cada empadronado, por correo postal simple, los siguientes elementos: a) La invitación al escrutinio a realizarse el primer día hábil posterior a la fecha de cierre de la votación a las 10.00 hs.; b) Una boleta en papel blanco, donde el votante escribirá los nombres de sus candidatos; c) Un sobre de papel blanco, opaco, sin inscripción alguna, en el cual se introducirá la boleta antes mencionada; d) Un sobre de papel blanco y opaco que se empleará para introducir el sobre referido en el punto anterior, al dorso del cual constará el nombre y apellido, número de matrícula del votante y la firma que tuviera registrada en el Consejo.

Que, adicionalmente, conforme determina el artículo 7° del Reglamento interno vigente, el envío por correo postal podrá contener las promociones siempre que reúnan las siguientes condiciones: a) Que el candidato sea propiciado por lo menos por el uno por ciento (1 %) del padrón provisorio; b) Si se desea que se acompañe boleta pre-impresa, la misma deberá efectuarse conforme con el modelo que apruebe la Junta Electoral, indicando primero el apellido, en mayúscula, y luego el nombre completo y número de matrícula profesional; c) Los impresos, en su caso, adecuadamente plegados para poder ser fácilmente ensobrados, deberán presentarse hasta el día 30 de junio del año de la elección o día hábil anterior, a las 17 horas.

Que, en tal sentido, conforme dispone el artículo 7° del Reglamento Interno vigente, los matriculados podrán promover adhesiones a determinados candidatos o nómina de candidatos, remitiendo por un correo electrónico registrado previamente en el Consejo a la dirección elecciones@cpic.org.ar, un ejemplar de la lista de candidatos, con firma digital de los mismos aceptando la postulación al igual que sus proponentes. La presentación también podrá ser realizada en soporte papel en la Mesa de Entradas del Consejo con firma ológrafa de los candidatos y proponentes registradas en el Consejo. En dicha oportunidad deberán indicar los fiscales con nombre, apellido y matrícula que actuarán por la lista a la que adhieren. Los fundamentos a la candidatura no podrán exceder de una hoja de tamaño A4 en Arial 11, y su texto debe resguardar las exigencias de la ética profesional, ampliamente entendida. Las adhesiones incluirán el nombramiento de un apoderado que será responsable personal y éticamente de todo lo actuado por el grupo promotor. El apoderado deberá cumplir las mismas condiciones que los adherentes. Tanto la presentación de los fundamentos como de las adhesiones a la candidatura podrán ser remitidas vía correo electrónico registrado con firma digital del remitente. Se acompañará nota de cada candidato con firma digital u ológrafa registrada en este Consejo aceptando su nominación.

Que corresponde publicar la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Nación por el lapso de un día, en el Newsletter semanal “Noticias del CPIC” y en la página web de este Consejo Profesional y comunicar a la Junta Central de los Consejos Profesionales de Agrimensura, Arquitectura e Ingenierías.

Que las facultades para dictar esta Resolución surgen de lo dispuesto por el Decreto Ley N° 6.070/58, ratificado por la Ley 14.467, y artículos 3 y ss. del Reglamento Interno vigente.

Por ello,

El Consejo Directivo del Consejo Profesional de Ingeniería Civil

Resuelve:

Artículo 1º) Convocar a los universitarios matriculados en condiciones legales para la elección de cinco Consejeros Universitarios Titulares, por el término de cuatro años, con mandato a partir del 29 de septiembre de 2022, y cuatro Consejeros Universitarios Suplentes por el término de dos años, con mandato a partir del 29 de septiembre de 2022.

Artículo. 2°) Disponer que la recepción de votos se efectuará de manera electrónica en forma remota a través de internet desde el 15 de julio de 2022 a las 9:00 horas, hasta el 22 de julio de 2022 a las 12.00 hs., utilizando cualquier dispositivo con conexión a la internet para lo cual solamente el matriculado debe habilitar un correo electrónico y/o un número de teléfono a fin de ser previamente autenticado para votar.

Artículo 3°) Disponer que la recepción de los votos se podrá hacer también de manera presencial concurriendo personalmente a la sede del Consejo Profesional de Ingeniería Civil y depositándolos en las urnas habilitadas desde el 15 de julio de 2022, hasta el quinto día hábil posterior, esto es el 22 de julio de 2022, a las 12.00 hs., en los horarios en que esté abierto el Consejo Profesional, debiendo encontrarse a la vista en el recinto especialmente habilitado al efecto, a disposición del elector un ejemplar del Padrón, boletas en blanco y boletas pre impresas promovidas en su caso. Dicho recinto será de características que permitan al elector emitir el sufragio con absoluta privacidad.

Artículo 4°) Establecer que los matriculados podrán actualizar, modificar o registrar un correo electrónico hasta el día 30 de junio de 2022, y que quien no actualice, modifique o registre un correo electrónico hasta la fecha antes indicada no podrá votar de manera electrónica.

Artículo. 5º) Poner a disposición el padrón provisorio a partir del día hábil posterior al dictado de la presente en las oficinas del Consejo Profesional de Ingeniería Civil, sitas en la calle Alsina 424, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 6°) Incluir en el sitio web de este Consejo Profesional, a partir del día hábil posterior al dictado de la presente, el padrón provisorio, con mención de Apellido, Nombre y Número de Matrícula, advirtiendo que dicho padrón no contendrá los correos electrónicos de los matriculados.

Artículo 7°) Disponer, que los matriculados podrán promover adhesiones a determinados candidatos o nómina de candidatos, remitiendo por un correo electrónico registrado previamente en el Consejo a la dirección elecciones@cpic.org.ar, un ejemplar de la lista de candidatos, con firma digital de los mismos aceptando la postulación al igual que sus proponentes. La presentación también podrá ser realizada en soporte papel en la Mesa de Entradas del Consejo con firma ológrafa de los candidatos y proponentes registradas en el Consejo. En dicha oportunidad deberán indicar los fiscales con nombre, apellido y matrícula que actuarán por la lista a la que adhieren. Los fundamentos a la candidatura no podrán exceder de una hoja de tamaño A4 en Arial 11, y su texto debe resguardar las exigencias de la ética profesional, ampliamente entendida. Las adhesiones incluirán el nombramiento de un apoderado que será responsable personal y éticamente de todo lo actuado por el grupo promotor. El apoderado deberá cumplir las mismas condiciones que los adherentes. Tanto la presentación de los fundamentos como de las adhesiones a la candidatura podrán ser remitidas vía correo electrónico registrado con firma digital del remitente. Se acompañará nota de cada candidato con firma digital u ológrafa registrada en este Consejo aceptando su nominación.

Artículo 8°) Hacer saber a los matriculados que podrán formularse observaciones por errores u omisiones exclusivamente en el padrón provisorio, hasta el 30 de junio de 2022, y sobre esa base se formulará el padrón definitivo dentro de los cinco días hábiles siguientes, que se exhibirá en su sede y sitio web hasta el día del cierre de la elección.

Artículo 9°) Delegar en la Mesa Directiva la posibilidad de enviar el padrón provisorio a los Colegios de Ingenieros y Técnicos provinciales, a las Asociaciones Profesionales, reparticiones públicas y otros organismos vinculados al ejercicio profesional, que, a su juicio, resulte conveniente, para su más amplia difusión.

Artículo 10°) Designar para integrar la Junta Electoral, de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° del Reglamento Interno, a los Señores Consejeros Ingeniero Civil Enrique Sgrelli, como Presidente, Ingeniero Civil Horacio Minetto, Como Secretario, e Ingeniero Civil Carlos A. Alfaro, como Vocal.

Artículo 11º) Fijar el escrutinio que se realizará de manera presencial y se transmitirá por teleconferencia en sesión pública el día 25 de julio de 2022 a las 10.00 hs., a la que tendrán acceso únicamente los matriculados que previamente se hayan registrado para asistir, tengan matrícula activa y se identifiquen el día de la sesión con profesión, nombre, apellido y número de matrícula.

Artículo 12°) Establecer, a los efectos del proceso electoral del corriente año para la elección de cinco Consejeros Universitarios Titulares y cuatro Consejeros Universitarios Suplentes, que los electores y elegidos deben figurar como activos, es decir, que no tengan suspendida o cancelada su matrícula al 30 de junio 2022 y que hayan realizado el pago de la matrícula antes de la fecha indicada, advirtiendo que, en caso de que el profesional haya optado por el pago fraccionado del Derecho de Matrícula, deberá estar al día con los vencimientos comprendidos hasta la fecha antes mencionada. Asimismo, para ser elegido Consejero deberá tener al menos dos años de matriculado activo en este Consejo Profesional de Ingeniería Civil al 30 de junio del año de la elección y, al menos, cinco años de antigüedad en la matrícula.

Artícuo 13°) Establecer que se remitirán a cada empadronado, por correo postal simple, los siguientes elementos: a) La invitación al escrutinio a realizarse el primer día hábil posterior a la fecha de cierre de la votación a las 10.00 hs.; b) Una boleta en papel blanco, donde el votante escribirá los nombres de sus candidatos; c) Un sobre de papel blanco, opaco, sin inscripción alguna, en el cual se introducirá la boleta antes mencionada; d) Un sobre de papel blanco y opaco que se empleará para introducir el sobre referido en el punto anterior, al dorso del cual constará el nombre y apellido, número de matrícula del votante y la firma que tuviera registrada en el Consejo; y que, adicionalmente, conforme determina el artículo 7° del Reglamento interno vigente, el envío por correo postal podrá contener las promociones siempre que reúnan las siguientes condiciones: a) Que el candidato sea propiciado por lo menos por el uno por ciento (1 %) del padrón provisorio; b) Si se desea que se acompañe boleta pre-impresa, la misma deberá efectuarse conforme con el modelo que apruebe la Junta Electoral, indicando primero el apellido, en mayúscula, y luego el nombre completo y número de matrícula profesional; c) Los impresos, en su caso, adecuadamente plegados para poder ser fácilmente ensobrados, deberán presentarse hasta el día 30 de junio del año de la elección o día hábil anterior, a las 17 horas.

Artículo 14°) Publicar en el Boletín Oficial de la Nación, por el lapso de un día, en el Newsletter semanal “Noticias del CPIC” y en la página web de este Consejo Profesional y comunicar a la Junta Central de los Consejos Profesionales de Agrimensura, Arquitectura e Ingenierías.

Luis E. J. Perri - Waldo S. Teruel

e. 03/06/2022 N° 40583/22 v. 03/06/2022

Fecha de publicación 03/06/2022