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Legislación y Avisos Oficiales
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AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS

Resolución 79/2022

RESOL-2022-79-APN-ANMAC#MJ

Ciudad de Buenos Aires, 02/06/2022

VISTO el Expediente EX-2022-21701657- -APN-DF#ANMAC, las prescripciones de la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429, la Ley N° 25.938 y la Ley N° 27.192; el Decreto N° 395 del 20 de febrero de 1975, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 27.192 crea la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS, como un ente descentralizado en el ámbito de MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS de la NACIÓN, con autarquía económico financiera, personería jurídica propia, y capacidad de actuación en el ámbito del derecho público y privado.

Que, de conformidad por lo establecido por el artículo 5° inc. 3° de la mencionada norma, corresponde a la ANMaC efectuar la destrucción, con carácter exclusivo y excluyente en todo el territorio nacional, de todo material controlado en el marco de las Leyes Nº 20.429, 25.938 26.216, sus complementarias, modificatorias y prórrogas.

Que, en concordancia con ello, el art. 5 inc. 4 de la Ley N° 27.192 faculta a la ANMaC a determinar los métodos y procedimientos de destrucción de materiales controlados garantizando su eficacia, eficiencia y sustentabilidad en relación con el medio ambiente.

Que BAL Resistencia Chaco, el PODER JUDICIAL de la PROVINCIA DE ENTRE RÍOS, el PODER JUDICIAL de la PROVINCIA DE NEUQUÉN y el SERVICIO PENITENCIARIO de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES- en representación del Poder Judicial de dicha provincia-, han efectuado la entrega para su destrucción a esta AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS de CATORCE MIL CUATROCIENTAS VEINTICINCO (14.425) armas de fuego, en los términos de la Ley N° 25.938.

Que, efectuados los controles registrales pertinentes, se ha detectado la existencia de QUINIENTAS DOS (502) armas de fuego que poseen pedido de secuestro vigente.

Que CINCO MIL NOVECIENTAS QUINCE (5.915) armas de fuego serán reservadas para una posterior destrucción.

Que, en consecuencia, con la documentación obrante en su poder, esta AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS se encuentra en condiciones de proceder a la destrucción de OCHO MIL OCHO (8008) armas de fuego.

Que la Coordinación de Control Registral, la Dirección Nacional de Fiscalización, Resguardo y Destrucción de Materiales Controlados y la Dirección de Asuntos Jurídicos de esta AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en virtud de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 20.429, 25.938 y 27.192 y el Decreto N° 496/2021.

Por ello,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DE LA AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Procédase a la destrucción por TRITURACION y FUNDICION de OCHO MIL OCHO (8008) armas de fuego, entregadas por BAL Resistencia Chaco, PODER JUDICIAL de la PROVINCIA DE ENTRE RÍOS, el PODER JUDICIAL de la PROVINCIA DE NEUQUÉN, y el SERVICIO PENITENCIARIO de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES- en representación del Poder Judicial de dicha provincia-, cuyo detalle obra en el Anexo I que, como IF-2022-55129461-APN-DCGRYD#ANMAC, forma parte integrante de la presente medida.

ARTICULO 2°.- Resérvese la cantidad de QUINIENTAS DOS (502) armas de fuego – en razón de contar con pedido de secuestro vigente-, cuyo detalle obra en el Anexo II que, como IF-2022-55130284-APN-DCGRYD#ANMAC, forma parte integrante de la presente medida.

ARTICULO 3°.- Resérvese la cantidad de CINCO MIL NOVECIENTAS QUINCE (5.915) armas de fuego –para una futura destrucción-, cuyo detalle obra en el Anexo III que, como IF-2022-55131153-APN-DCGRYD#ANMAC, forma parte integrante de la presente medida.

ARTICULO 4°.- Ordénese a la Dirección de Fiscalización a destacar personal debidamente facultado para el acto, a fin de participar del procedimiento de destrucción, labrando las actas pertinentes.

ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.

Natasa Loizou

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 03/06/2022 N° 40525/22 v. 03/06/2022

Fecha de publicación 03/06/2022