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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 549/2022

DECAD-2022-549-APN-JGM - Modificación presupuestaria.

Ciudad de Buenos Aires, 31/05/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-51467345-APN-DGDA#MEC, la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021, vigente conforme el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias en los términos de los Decretos Nros. 882 del 23 de diciembre de 2021 y 88 del 22 de febrero de 2022 y las Decisiones Administrativas Nros. 4 del 15 de enero de 2021 y 4 del 5 de enero de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que resulta oportuno adecuar el Presupuesto vigente de la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL y de la DEFENSORÍA DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, organismos actuantes en el ámbito del PODER LEGISLATIVO, con el objeto de afrontar gastos impostergables para su normal funcionamiento.

Que el incremento correspondiente a la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL se financia con la incorporación de transferencias externas producto de una donación en el marco del Convenio de Cooperación N° 13 suscripto con el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) cuyo objetivo es la divulgación, promoción y capacitación destinadas a niños, niñas y adolescentes en general acordes a la Ley N° 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual y sus modificaciones.

Que resulta necesario ampliar el presupuesto de la SECRETARÍA GENERAL y de la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS, ambas de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, para atender erogaciones que hacen a su normal funcionamiento y al cumplimiento de sus cometidos.

Que es menester incrementar los créditos de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, para la contratación del servicio de soporte técnico y mantenimiento especializado de licencias HP, la regularización de licencias Microsoft y el software de análisis de vulnerabilidad y seguridad de la infraestructura instalada y para ampliar la capacidad de los data center y mejorar su conectividad y extensión, a los fines de garantizar su funcionamiento en condiciones seguras para sostener al BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA y al REGISTRO DE DOMINIOS DE INTERNET (NIC.ar).

Que es pertinente incrementar el presupuesto de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD (ANDIS), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN con el fin de incorporar el pago del subsidio extraordinario de PESOS DOCE MIL ($12.000) según lo establecido por el Decreto N° 215 del 26 de abril de 2022.

Que resulta necesario reforzar el presupuesto vigente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS para la atención de los gastos por servicios técnicos y profesionales en el marco de la modificación del organigrama de la institución y de la adecuación a las necesidades reales.

Que es conveniente incrementar el presupuesto del MINISTERIO DEL INTERIOR a los fines de dar cumplimiento a la Ley N° 26.215 de Financiamiento de los Partidos Políticos y sus modificaciones.

Que corresponde realizar una compensación de créditos dentro de los gastos en personal del MINISTERIO DE DEFENSA, con el fin de cubrir la totalidad de los sueldos del mes de mayo del personal de inteligencia.

Que es oportuno adecuar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE ECONOMÍA, a los fines de atender diversos gastos de funcionamiento, servicios técnicos y profesionales, sentencias judiciales y gastos de mantenimiento, entre otros.

Que corresponde adecuar el presupuesto vigente de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, con el objeto de garantizar la correcta liquidación de los haberes del personal, de los servicios técnicos y profesionales y para hacer frente a sentencias judiciales, entre otros gastos.

Que es menester adecuar el presupuesto vigente de la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, con el objeto de permitir mayores transferencias con destino a la EMPRESA NEUQUINA DE SERVICIOS DE INGENIERÍA S.E. y para la atención de erogaciones operativas y de funcionamiento.

Que resulta oportuno incrementar el presupuesto vigente de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, con el objeto de atender gastos de funcionamiento.

Que es necesario adecuar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, reasignando sus créditos actuales con el objeto de atender las erogaciones vinculadas a los servicios técnicos y profesionales.

Que resulta oportuno adecuar el presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA (INTA), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, a los efectos de asegurar el financiamiento de sus actividades sustantivas que garanticen el correcto accionar institucional, para la atención de las obligaciones emergentes del programa de becarios y sus gastos en personal y para la adquisición de equipamiento estratégico, vehículos y obras de infraestructura.

Que resulta necesario reforzar el presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO (INIDEP), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, a los efectos de permitir el financiamiento de los servicios técnicos y profesionales, la adquisición de combustibles y lubricantes, entre otras erogaciones operacionales que hacen al normal funcionamiento del organismo.

Que corresponde ajustar el presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, a los efectos de garantizar las adquisiciones de bienes y servicios y gastos de capital que hacen a su normal funcionamiento.

Que es oportuno adecuar el presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS (INASE), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, a los efectos de garantizar las erogaciones por servicios que hacen a su normal funcionamiento.

Que es preciso adecuar el presupuesto del INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCIÓN TURÍSTICA (INPROTUR), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, con el fin de atender gastos que hacen al normal desenvolvimiento de la institución.

Que tal adecuación se financia con una disminución de las aplicaciones financieras del citado organismo descentralizado.

Que mediante el Decreto N° 556 del 24 de agosto de 2021 se creó el ENTE NACIONAL DE CONTROL Y GESTIÓN DE LA VÍA NAVEGABLE como organismo descentralizado con autarquía administrativa, funcional y económico-financiera, actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, con la misión de garantizar el seguimiento y la fiscalización de la prestación de los servicios que se brinden en la vía navegable troncal.

Que en el artículo 15 del mencionado decreto se dispone que hasta tanto se perfeccionen las modificaciones presupuestarias y demás tareas que permitan la plena operatividad del mencionado Ente, los servicios administrativos del MINISTERIO DE TRANSPORTE prestarán al organismo los servicios relativos a la ejecución presupuestaria, contable, financiera, de compras, de recursos humanos y en materia jurídica.

Que, en consecuencia, resulta necesario reforzar el presupuesto vigente de la MINISTERIO DE TRANSPORTE con el fin de garantizar la puesta en operatividad del ENTE NACIONAL DE CONTROL Y GESTIÓN DE LA VÍA NAVEGABLE.

Que, por otra parte, resulta menester reforzar el presupuesto vigente de la JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, a los efectos de garantizar la correcta liquidación de los haberes del personal y de sus erogaciones operativas y de funcionamiento.

Que es preciso adecuar el presupuesto del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS con la finalidad de afrontar las renovaciones de los contratos en el marco del Decreto N° 1109 del 28 de diciembre de 2017 y la firma de los distintos contratos de consultoría a celebrarse dentro de la SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA del citado Ministerio; y realizar las transferencias a la Autoridad Interjurisdiccional de las Cuencas de los Ríos Limay, Neuquén y Negro; al Comité Interjurisdiccional del Río Colorado (COIRCO); a la Comisión Regional del Río Bermejo (COREBE) y al Consejo Hídrico Federal (COHIFE) en cumplimiento de los compromisos asumidos por el ESTADO NACIONAL para su sostenimiento.

Que es menester reforzar el presupuesto del MINISTERIO DE EDUCACIÓN para contribuir al sostenimiento de la DIRECCIÓN DE OBRA SOCIAL de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE BUENOS AIRES.

Que se incrementa el presupuesto del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN para afrontar gastos relacionados con la federalización de políticas de ciencia, tecnología e innovación.

Que corresponde disponer los créditos presupuestarios necesarios para que la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, atienda las erogaciones asociadas al Complemento Mensual respecto de la Asignación por Hijo, dispuesto por el Decreto N° 719 del 19 de octubre de 2021.

Que resulta necesario incrementar el presupuesto de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS) con el fin de incorporar el pago del subsidio extraordinario de PESOS DOCE MIL ($12.000), según lo dispuesto por el Decreto N° 215 del 26 de abril de 2022.

Que, a su vez, se contempla un incremento para la citada institución de la Seguridad Social, con el objeto de afrontar el pago durante el mes de mayo del refuerzo de ingresos de PESOS NUEVE MIL ($9000), establecido por el Decreto N° 216 del 28 de abril de 2022.

Que resulta necesario reforzar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE SALUD, con el propósito de atender los gastos vinculados a las Acciones de Salud Digital – Telesalud con el fin de brindar conectividad y modernización a los Centros de Atención Primaria de Salud, como también para atender transferencias con el objeto de dar sostenimiento a los gastos en materia salarial de la ACADEMIA NACIONAL DE MEDICINA.

Que, en otro orden, se incrementa el presupuesto vigente de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD DR. CARLOS G. MALBRÁN, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD, con destino a la adquisición de insumos en el marco de la lucha contra el virus SARS-COV-2 y otros gastos de funcionamiento vinculados a la puesta en marcha de la Unidad Operativa del Centro Nacional de Genómica y Bioinformática.

Que, asimismo, se incrementa el presupuesto de la COLONIA NACIONAL DOCTOR MANUEL A. MONTES DE OCA, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, para atender gastos en materia de personal y de funcionamiento.

Que tal aumento se financia con una mayor estimación del cálculo de los recursos propios.

Que se refuerza el presupuesto del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD para atender acciones de asistencia integral de personas en situación de violencia por motivos de género en el marco del Programa Acompañar.

Que resulta oportuno adecuar los créditos presupuestarios incluidos en la órbita de la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO, destinados al ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS), actuante en el ámbito del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, y a la empresa DIOXITEK SOCIEDAD ANÓNIMA.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorias y por los artículos 8° y 9° de la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021 vigente conforme el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, en los términos de los Decretos Nros. 882 del 23 de diciembre de 2021 y 88 del 22 de febrero de 2022.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2022, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas (IF-2022-54054138-APN-SSP#MEC) al presente artículo, que forman parte integrante de esta medida.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Luis Manzur - Martín Guzmán

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 01/06/2022 N° 39738/22 v. 01/06/2022

Fecha de publicación 01/06/2022