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Legislación y Avisos Oficiales
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ACUERDOS

Decreto 288/2022

DCTO-2022-288-APN-PTE - Homologación.

Ciudad de Buenos Aires, 31/05/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-33852961-APN-DNRYRT#MT, la Ley 18.753, la Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo de la Administración Pública Nacional Nº 24.185, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, el Decreto Nº 447 del 17 de marzo de 1993, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto N° 214 del 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios y el Acta Acuerdo de fecha 7 de abril de 2022 de la Comisión Negociadora del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 24.185 estableció el régimen aplicable a las negociaciones colectivas que se celebren entre la Administración Pública Nacional y sus empleados o empleadas e instituyó al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL como su Autoridad Administrativa de Aplicación.

Que en cumplimiento del mecanismo establecido en el mencionado cuerpo normativo y por el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto N° 214/06, se constituyó la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, y se celebró el Acta Acuerdo de fecha 7 de abril de 2022.

Que en el marco de lo previsto por el artículo 6° de la Ley N° 24.185, reglamentado por el artículo 5° del Decreto N° 447/93 y normas complementarias, las Partes acordaron establecer una Compensación Transitoria para el personal encuadrado en el referido Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, que se hallare contratado para abocarse a labores propias de su incumbencia bajo las modalidades previstas por el artículo 9° de la Ley N° 25.164, en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL que desarrolle funciones en puestos profesionales y generales orientados a la inspección y/o fiscalización, y que dicha Compensación consistirá en una suma equivalente comprendida entre el VEINTICINCO POR CIENTO (25 %) y el TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35 %) de la Asignación Básica de los Niveles A, B, C, D y E según se encontrara equiparado o equiparada el o la agente que desarrolle las citadas funciones.

Que, por lo demás, acordaron que la referida Compensación será de aplicación siempre que el o la agente cumpla con los requisitos mínimos de acceso al nivel escalafonario en que se encuentra asimilado o asimilada, y que en caso de que el referido personal contratado, como consecuencia de su incorporación a la Planta Permanente comience a percibir el suplemento previsto en el artículo 87, la Compensación que se establece deberá ser absorbida por el mismo.

Que sobre el control de legalidad cabe puntualizar que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL tomó la intervención prevista en los artículos 4°, 6°, 7°, 10 y concordantes de la Ley N° 24.185, su Decreto Reglamentario N° 447/93 y normas complementarias.

Que el Acuerdo cumple con los requisitos del artículo 11 de la referida Ley N° 24.185.

Que se han cumplimentado las intervenciones prescriptas por los artículos 79, segundo párrafo, y 80, inciso b) del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto N° 214/06 y los recaudos previstos por el artículo 2° del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.

Que la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO ha emitido el correspondiente dictamen sin formular objeción alguna.

Que la COMISIÓN PERMANENTE DE APLICACIÓN Y RELACIONES LABORALES (CoPAR) mediante su intervención concluyó que las disposiciones contenidas en el Acta Acuerdo son compatibles con las previsiones del mencionado CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL para la Administración Pública Nacional.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y del artículo 14 de la Ley N° 24.185.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Homológase el Acta Acuerdo de fecha 7 de abril de 2022 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), que como ANEXO (IF-2022-37542535-APN-DALSP#MT) forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 2°.- Facúltase a la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO para dictar las normas aclaratorias y complementarias a que diera lugar la aplicación del presente decreto.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Juan Luis Manzur - E/E Matías Lammens

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 01/06/2022 N° 39749/22 v. 01/06/2022

Fecha de publicación 01/06/2022