MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
Resolución 466/2022
RESOL-2022-466-APN-MDP
Ciudad de Buenos Aires, 30/05/2022
VISTO el Expediente N° EX-2022-25536063-APN-DGD#MDP, la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021, prorrogada conforme el Artículo 27 de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificaciones, en los términos del Decreto N° 882 de fecha 23 de diciembre de 2021, los Decretos Nros. 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 1.080 de fecha 19 de junio de 2020 y su modificatoria, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 882 de fecha 23 de diciembre de 2021 se estableció que las disposiciones de la Ley Nº 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021 regirán a partir del 1° de enero de 2022, en virtud de lo establecido por el Artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156.
Que por el Decreto N° 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y su modificatorio se establece, entre otros aspectos, que serán competentes para disponer asignaciones transitorias de funciones en sus respectivas jurisdicciones, las Ministras y los Ministros, las Secretarias y los Secretarios de la Presidencia de la Nación y las y los Secretarias/os de Gobierno.
Que a través del Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes al MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
Que mediante la Decisión Administrativa N° 1.080 de fecha 19 de junio de 2020 y su modificatoria, se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del citado Ministerio.
Que la Licenciada en Economía Da. Natalia Iris GARCÍA (M.I. N° 29.905.786) pertenece a la planta permanente del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, Agrupamiento Profesional, Tramo General, Nivel A, Grado 1, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal homologado mediante el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, y se encuentra usufructuando una licencia por cargo de mayor jerarquía, en los términos del Capítulo IV, Artículo 13, apartado II, inciso e) del “Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias”, aprobado por el Decreto Nº 3.413 de fecha 28 de diciembre de 1979 y sus modificatorios, aprobada mediante la Resolución N° 24 de fecha 30 de abril de 2021 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
Que por la Decisión Administrativa N° 1.438 de fecha 7 de agosto de 2020 se designó en el cargo de Directora de Capital Emprendedor dependiente de la Dirección Nacional de Apoyo al Desarrollo Emprendedor de la SUBSECRETARÍA DE EMPRENDEDORES de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, a la Licenciada en Economía Da. Natalia Iris GARCÍA (M.I. N° 29.905.786), prorrogándose dicha designación mediante la Resoluciones Nros. 203 de fecha 14 de mayo de 2021, 829 de fecha 23 de noviembre de 2021 y 37 de fecha 31 de enero de 2022, todas del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
Que en esta instancia, corresponde asignar a la Licenciada en Economía Da. Natalia Iris GARCÍA (M.I. N° 29.905.786), las funciones de Directora en el cargo mencionado, con carácter transitorio, conforme a lo dispuesto en el Título X del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado mediante el Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios, y en el Artículo 15, inciso a, apartados I, II y III del Anexo I al Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002 y su modificatorio.
Que la presente solicitud de asignación de funciones sobre su planta permanente se realiza en el marco de lo establecido en el Título X – DE LAS SUBROGANCIAS – con particular consideración en los Artículos 107 y 112 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado mediante el Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios y en atención a la necesidad impostergable de efectuar la cobertura del mencionado cargo por excepción a los requisitos exigidos para la situación escalafonaria correspondiente al cargo subrogado.
Que el citado Artículo 107 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado mediante el Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios, establece: “Se entenderá por subrogancia la asignación transitoria de funciones ejecutivas o de jefatura de unidades organizativas de nivel superior, con independencia de la repartición o jurisdicción presupuestaria en la cual desarrolla su carrera administrativa el agente sobre el cual recaerá dicha asignación, de acuerdo con las condiciones que se determinan en el presente título”.
Que, por su parte el referido Artículo 112 del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial instruye “El reemplazante deberá cumplir con los requisitos exigidos para la situación escalonaría correspondiente al cargo subrogado y reunir la especialidad profesional requerida por el mismo en caso que corresponda. Cuando resultase impostergable la cobertura transitoria de un cargo, podrá solicitarse al órgano rector en materia de Empleo Público autorización para proceder con la asignación de funciones transitorias por excepción a lo previsto por el párrafo precedente”.
Que la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ha tomado intervención de su competencia expidiéndose favorablemente.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades contempladas en el Artículo 3° del Decreto N° 355/17 y su modificatorio.
Por ello,
EL MINISTRO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Limítase a partir de la suscripción de la presente medida, la prórroga de la designación transitoria aprobada por la Resolución N° 37 de fecha 31 de enero de 2022 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, de la Licenciada en Economía Da. Natalia Iris GARCÍA (M.I. N° 29.905.786) en el cargo de Directora de Capital Emprendedor dependiente de la Dirección Nacional de Apoyo al Desarrollo Emprendedor de la SUBSECRETARÍA DE EMPRENDEDORES de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
ARTÍCULO 2°.- Danse por asignadas con carácter transitorio, a partir del dictado de la presente medida, las funciones de Directora de Capital Emprendedor dependiente de la Dirección Nacional de Apoyo al Desarrollo Emprendedor de la SUBSECRETARÍA DE EMPRENDEDORES de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, Función Ejecutiva Nivel III del Convenio Colectivo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), a la Licenciada en Economía Da. Natalia Iris GARCÍA (M.I. N° 29.905.786), agente de planta permanente del citado Ministerio, Nivel A, Grado 1, Agrupamiento Profesional, Tramo General del mencionado Convenio, en los términos del Título X del Anexo al Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, con autorización excepcional por no reunir los requisitos establecidos en el Artículo 112 de dicho Convenio.
ARTÍCULO 3°.- Establécese que la asignación transitoria de funciones dispuesta en el artículo precedente en el cargo allí mencionado se extenderá hasta tanto se instrumente su cobertura definitiva con arreglo a los respectivos regímenes de selección, no pudiendo superar el plazo de TRES (3) años, conforme lo dispuesto en los Artículos 110 y 111 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO(SINEP), homologado mediante el Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios.
ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 51 - MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Matías Sebastián Kulfas
e. 31/05/2022 N° 39124/22 v. 31/05/2022
Fecha de publicación 31/05/2022