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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

Disposición 404/2022

DI-2022-404-APN-ANSV#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 27/05/2022

VISTO el Expediente EX-2022-42232874- -APN-DGA#ANSV, del registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE DE LA NACIÓN, las leyes Nros. 24.449 y 26.363 y su normativa reglamentaria, los Decretos N° 13 del 10 de diciembre de 2015, N° 8 del 5 de enero de 2016, y la Disposición de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL Nº 283 del 19 de Abril de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 26.363 se creó la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL (ANSV) como Organismo descentralizado actuante en el ámbito del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR – actual MINISTERIO DE TRANSPORTE DE LA NACIÓN conforme Decretos N° 13/15 y N°8/16 – cuya misión es la reducción de la tasa de siniestralidad en el territorio nacional mediante la promoción, coordinación y seguimiento de las políticas de seguridad vial nacionales.-

Que entre las funciones asignadas por la norma de creación, conforme lo establece el inciso n) del artículo 4º de la Ley Nº 26.363 se encuentra la de coordinar con las autoridades competentes de todas las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la puesta en funcionamiento del Sistema de Revisión Técnica Obligatoria para todos los vehículos.

Que, conforme lo establece el artículo 34 de la Ley Nº 24.449 y su correspondiente reglamentación -Artículo 34º inciso 1º del Anexo I del Decreto Nº 779/95 y modificatorias-, todos los vehículos que integren las categorías L, M, N, y O, para poder circular por la vía pública deberán tener aprobada la Revisión Técnica Obligatoria (RTO), tendiente a garantizar que los vehículos particulares que circulan por la vía pública del territorio nacional, especialmente en las rutas nacionales, reúnan las condiciones mínimas de seguridad activa y pasiva para circular; como así también el control de la emisión de contaminantes.

Que por la Disposición ANSV N° Nº 283 de fecha 19 de abril de 2022 fue aprobado el CONVENIO DE COOPERACIÓN, ASISTENCIA TÉCNICA Y COORDINACIÓN ENTRE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE Y EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES PARA EL INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN , por el cual las partes acordaron la cooperación, coordinación y asistencia técnica con relación a los sistemas de RTO y VTVO, de acuerdo a la legislación vigente que rige a las partes.

Que la SECRETARÍA DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS del MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco del convenio antes citado, ha informado el listado de los talleres de su jurisdicción que se encuentran debidamente habilitados por el GCABA y que han dado cumplimiento con los requisitos y el procedimiento previsto por la normativa nacional y provincial para la autorización de su registración

Que se elevó a consideración de la DIRECCIÓN NACIONAL DE COORDINACIÓN INTERJURISDICCIONAL de esta AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL la acreditación efectuada por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires respecto del cumplimiento de la documentación la Estación de Verificación denominada VTV NORTE S.A. (CUIT 30-68520007-0), sita en Av. 27 de Febrero 5483, Pompeya, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que la mencionada Dirección informó que se encuentran cumplimentados los requisitos técnicos y legales exigidos por el artículo 34 de la Ley N° 24.449, artículo 34 del Anexo I del Decreto N° 779/95 y sus modificatorias, necesarios para el adecuado funcionamiento de la Estación de Verificación de Jurisdicción local, en el marco de la legislación nacional vigente.

Que en tal sentido, corresponde registrar la Estación de Verificación de Jurisdicción Local, en el REGISTRO NACIONAL DE TALLERES DE REVISIÓN TÉCNICA OBLIGATORIA DE JURISDICCIÓN LOCAL, para efectuar el servicio de Revisión Técnica Obligatoria a vehículos de uso particular, en el marco del SISTEMA NACIONAL DE REVISIÓN TÉCNICA OBLIGATORIA DE JURISDICCIÓN LOCAL.

Que la Estación de Verificación referenciada se encuentra impedida de prestar servicios de RTO a vehículos de Transporte Automotor de carga y pasajeros de jurisdicción nacional, alcanzados por la Resolución N° 417/92 de la EX SECRETARÍA DE TRANSPORTE.

Que tomó intervención de su competencia la DIRECCIÓN NACIONAL DE COORDINACIÓN INTERJURISDICCIONAL y la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, ambas de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL.

Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS, tomó la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 7° inciso b) de la Ley N° 26.363.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Regístrese la ESTACIÓN DE VERIFICACIÓN del Sistema de VERIFICACIÓN TÉCNICA VEHICULAR OBLIGATORIA DE JURISDICCIÓN LOCAL, denominada VTV NORTE S.A. (CUIT 30-68520007-0), sita en Av. 27 de Febrero 5483, Pompeya, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el REGISTRO NACIONAL DE TALLERES DE REVISIÓN TÉCNICA OBLIGATORIA DE JURISDICCIÓN LOCAL en la órbita de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, como estación habilitada por la jurisdicción para prestar el servicio de Revisión Técnica Obligatoria a vehículos de uso particular, en el marco del SISTEMA NACIONAL DE REVISIÓN TÉCNICA OBLIGATORIA, regulado por las Leyes Nros 24.449 y 26.363, el Decreto N° 779/95 y normas modificatorias y complementarias.

ARTÍCULO 2º.- Establécese que el registro otorgado por el Artículo 1° alcanza sólo y exclusivamente a la prestación del servicio de Revisión Técnica Obligatoria a vehículos de uso particular, no habilitado a la prestación de servicios de revisión técnica obligatoria a vehículos de transporte automotor de carga y pasajeros de carácter interjurisdiccional, alcanzados por la Resolución N° 417/92 de la Secretaría de Transporte.

ARTÍCULO 3º.- Instrúyase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COORDINACIÓN INTERJURISDICCIONAL a implementar el CONVENIO DE COOPERACIÓN, ASISTENCIA TÉCNICA Y COORDINACIÓN suscripto entre la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL y EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, aprobado por DI-2022-283-APN-ANSV#MTR.

ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese a la SECRETARÍA DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS del MINISTERIO DE JEFATURA DE GABINETE DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, a la Estación de Verificación VTV NORTE S.A. (CUIT 30-68520007-0), a GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA, a la CONSULTORA EJECUTIVA NACIONAL DE TRANSPORTE (CENT), a la COMISIÓN NACIONAL DEL TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DEL TRANSPORTE, a la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE (CNRT), al CONSEJO FEDERAL DE SEGURIDAD VIAL, a las restantes fuerzas de seguridad que se considere pertinentes, publíquese en la página oficial de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el Boletín Oficial y, cumplido, archívese.

Pablo Julian Martinez Carignano

e. 30/05/2022 N° 38395/22 v. 30/05/2022

Fecha de publicación 30/05/2022