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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN

Decreto 280/2022

DCTO-2022-280-APN-PTE - Decreto Nº 2166/2002. Modificación.

Ciudad de Buenos Aires, 27/05/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-20158296-APN-TTN#MOP, la Ley N° 21.626 (T.O. 2001), los Decretos Nros. 2166 del 28 de octubre de 2002, 212 del 22 de diciembre de 2015, 926 del 10 de noviembre de 2017, 174 del 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, 709 del 31 de julio de 2018 y 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Orgánica del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN N° 21.626 (T.O. 2001) se estableció que el mismo funcionaría como organismo descentralizado en jurisdicción de la entonces SUBSECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS del ex-MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA.

Que por el artículo 6° del Decreto N° 212/15 se transfirió la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS dependiente entonces del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y las unidades organizativas existentes dentro de su órbita, al ex-MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.

Que, posteriormente, mediante el Decreto N° 926/17 se transfirió el TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN a la órbita de la entonces SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE OBRA PÚBLICA FEDERAL del ex-MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.

Que mediante el Decreto Nº 174/18 se establecieron los ámbitos jurisdiccionales de los organismos descentralizados, y quedó el TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN en la órbita de la entonces SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE OBRA PÚBLICA FEDERAL de la entonces SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL Y COORDINACIÓN DE OBRA PÚBLICA del ex-MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.

Que mediante el Decreto N° 50/19 se establecieron, entre otras cuestiones, los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados, y quedó el TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN en la órbita del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.

Que por el Decreto Nº 2166/02 se aprobó el régimen de derechos, aranceles y gastos del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN, el que fue modificado por el Decreto Nº 709/18.

Que ante la creciente complejidad de las funciones propias del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN resulta necesario proceder a la adecuación y actualización del régimen de derechos, aranceles y gastos, asegurar la mejor prestación del servicio y procurar así garantizar una gestión eficiente.

Que, en ese marco, es menester tomar medidas con el fin de adaptar la pauta arancelaria, a través de una escala que restablezca el equilibrio económico financiero entre las necesidades de la administración y la mejora de los estándares de calidad y eficiencia en la prestación del servicio.

Que el artículo 3°, inciso f) de la Ley Orgánica del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN N° 21.626 (T.O. 2001) establece que será atribución del Tribunal en pleno elevar a consideración del PODER EJECUTIVO NACIONAL la propuesta para determinar los aranceles que correspondan en la materia por los servicios que brinde, en virtud de lo establecido por el artículo 2º de dicha ley.

Que el inciso a) del artículo 13 de la Ley N° 21.626 (T.O. 2001) establece que el TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN tendrá recursos propios provenientes de los aranceles que fije el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese el ANEXO I al Decreto Nº 2166 del 28 de octubre de 2002 y sus modificaciones por el que obra como ANEXO I (IF-2022-25091998-APN-TTN#MOP) al presente decreto.

ARTÍCULO 2°. - Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Juan Luis Manzur - Gabriel Nicolás Katopodis

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 30/05/2022 N° 38693/22 v. 30/05/2022

Fecha de publicación 30/05/2022