ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA USHUAIA
La DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS, en virtud de lo dispuesto en el Art. 1ro. De la Ley 25603, para las mercaderías que se encuentran en la situación prevista en el Art. 417 de la Ley 22415, comunica por única vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderías cuya identificación a continuación se indica, que podrán dentro del plazo de TREINTA (30) días corridos, solicitar alguna destinación autorizada, previo pago de las multas que por derecho correspondieren, Transcurrido el plazo mencionado, el Servicio Aduanero procederá de acuerdo a lo dispuesto en los Arts. 2do, 3ro, 4to y 5to. De la Ley 25603, y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar alguna destinación aduanera para las mismas presentarse en Sección Inspección Operativa DIVISIÓN ADUANA USHUAIA – Maipú 628 Ushuaia, Pcia.de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur.-
Bultos | Código | Mercadería | Consignatario | Documento de Transporte | Deposito |
01 | 05 | Q.D.C POLY COTTON | BLANCO NIEVE S.A CUIT 30-58216116-6 | ARBAI 1KT278672 22067MANI000623V | 11DPP |
01 | 05 | Q.D.C TELAS | BLANCO NIEVE S.A CUIT 30-58216116-6 | ARBAI AFI0168349 22067MANI001236W | 11DPP |
Aníbal Omar Mabragaña, Administrador de Aduana.
e. 27/05/2022 N° 36695/22 v. 27/05/2022
Fecha de publicación 27/05/2022