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Legislación y Avisos Oficiales
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AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

Disposición 389/2022

DI-2022-389-APN-ANSV#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 24/05/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-44416139-APN-DGA#ANSV del Registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL del MINISTERIO DE TRANSPORTE, las Leyes Nros. 25.164, 26.363, 27.467 y 27.541 los Decretos Nros. 1787 del 5 de noviembre de 2008, 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 8 del 4 de enero de 2016, 93 del 30 de enero de 2018, 260 del 12 de marzo de 2020, 287 del 17 de marzo de 2020 y 328 del 31 de marzo de 2020 y la Decisión Administrativa Nº DECAD-2020-343-APN-JGM, y las Disposiciones Administrativas N° DI-2020-579-APN-ANSV#MTR, DI-2021-656-APN-ANSV#MTR, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley 27.591 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Pública Nacional para el Ejercicio 2021. Conforme el Decreto N° 882 del 23 de diciembre de 2021, a partir del 1° de enero de 2022 rigen, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, las disposiciones de la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021, sus normas modificatorias y complementarias.

Que por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal de SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).

Que por la Ley N° 26.363 se creó la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, organismo descentralizado actuante en el ámbito del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR, y mediante el Decreto N° 8/16 se la incorporó a la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que por el Decreto N° 1787/08, se aprobó la estructura organizativa de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL hasta su segundo nivel de apertura.

Que por la Decisión Administrativa Nº DECAD-2020-343-APN-JGM, y por las Disposiciones Administrativas N° DI-2020-579-APN-ANSV#MTR y DI-2021-656-APN-ANSV#MTR, se ha designado y prorrogado respectivamente al Arquitecto EL TAHHAM, Martín Omar (DNI 24.873.661) en el cargo de DIRECTOR NACIONAL DE COORDINACIÓN INTERJURISDICCIONAL de este organismo (Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva II del SINEP).

Que razones operativas hacen necesario prorrogar la designación transitoria aludida, atento no haberse podido dar cumplimiento al proceso de selección establecido el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, para asegurar el normal funcionamiento de las exigencias de servicio.

Que la DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL ha corroborado que el Arquitecto EL TAHHAM, Martín Omar se encuentra desempeñando el cargo referido desde la fecha consignada en su designación, y que no se encuentra comprendida en la limitación establecida por el artículo 1º del Decreto Nº 93/18 y no se halla incursa en los impedimentos establecidos en el Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, de conformidad con el Decreto Nº 1421/02.

Que, por el Decreto N° 260/20, prorrogado por el Decreto N° 867/2021 hasta el 31 de diciembre de 2022, se amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el Coronavirus COVID-19.

Que, en dicho contexto, el Decreto Nº 328/20 autoriza a las autoridades máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el Decreto Nº 260/20, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas, indicando asimismo que, cada una de las prórrogas de las designaciones transitorias que se dispongan no podrá exceder del plazo de Ciento ochenta (180) días.

Que la presente medida no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.

Que la DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL ha certificado la existencia de crédito presupuestario en el Ejercicio Financiero 2022 para solventar la presente medida.

Que la DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL y la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1º del Decreto N° 328 del 31 de marzo de 2020, y por el Artículo 7° inciso b) de la Ley N° 26.363.

Por ello,

EL SR. DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

DISPONE

ARTÍCULO 1°.- Dese por prorrogada, a partir del día 2 de junio de 2022 con carácter transitorio por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida, la designación transitoria del Arquitecto EL TAHHAM, Martín Omar (DNI 24.873.661) en el cargo de DIRECTOR NACIONAL DE COORDINACIÓN INTERJURISDICCIONAL de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE (Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva II del SINEP), en las mismas condiciones que la designación aprobada por la Decisión Administrativa Nº DECAD-2020-343-APN-JGM del 09 de marzo de 2020, y prorrogada por las Disposiciones Administrativas N° DI-2020-579-APN-ANSV#MTR del 22 de diciembre de 2020 y DI-2021-656-APN-ANSV#MTR del 13 de septiembre de 2021, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva II, con autorización excepcional por no reunir con los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios.

ARTÍCULO 2°.- El cargo consignado en el artículo 1º deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 57 – MINISTERIO DE TRANSPORTE – O.D. 203 – AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese a la SECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS dentro de los cinco (5) días de dictada la presente medida, de acuerdo a lo previsto por el artículo 2º del Decreto Nº 328/2020.

ARTÍCULO 5°.- Notifíquese al funcionario alcanzado por la presente medida

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Pablo Julian Martinez Carignano

e. 27/05/2022 N° 37727/22 v. 27/05/2022

Fecha de publicación 27/05/2022