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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 631/2022

RESOL-2022-631-APN-MT

Ciudad de Buenos Aires, 23/05/2022

VISTO el EX-2022-48140995-APN-DGD#MT, la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. por el Decreto N° 438/1992) y sus modificatorias, la Ley Nacional de Empleo N° 24.013, la Resolución MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 268 de fecha 27 de mayo de 2021.

CONSIDERANDO

Que por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 268 de fecha 27 de mayo de 2021 se creó el “PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO FEDERAL PARA LA ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL” en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE INCLUSIÓN EN EL MUNDO LABORAL.

Que en el marco de la Línea de acción 1 denominada “Formación para Promotores Territoriales de Infancias Libres de Trabajo Infantil”, se prevé la posibilidad de otorgar un incentivo económico a las personas que resulten seleccionadas para participar del PROGRAMA.

Que por los artículos 4° y 5° de la referida Resolución se estableció que el listado de potenciales destinatarios/as del PROGRAMA debe ser aprobado por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y se determinó el respectivo incentivo económico en la suma de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000.-).

Que por razones de celeridad, economía, sencillez y eficacia en los trámites, cabe encomendar la aprobación de los destinatarios del incentivo económico establecido en el Artículo 4º de la precitada Resolución a la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE INCLUSIÓN EN EL MUNDO LABORAL, en su calidad de Autoridad de Aplicación del PROGRAMA.

Que a los fines de garantizar el cumplimiento de los objetivos propuestos para la implementación del “PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO FEDERAL PARA LA ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL” corresponde actualizar el monto determinado para el incentivo económico en la suma de PESOS QUINCE MIL ($ 15.000) mensuales por el plazo de SIETE (7) meses de duración del curso de “Formación para Promotores Territoriales de Infancias Libres de Trabajo Infantil”.

Que la SECRETARÍA DE TRABAJO ha tomado la intervención que le compete.

Que la DIRECCION DE ADMINISTRACION Y CONTROL PRESUPUESTARIO, dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y PROGRAMACION FINANCIERA, se ha expedido favorablemente respecto de la factibilidad presupuestaria de la presente medida.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por la Leyes N° 24.013 y 22.520 (Texto Ordenado por Decreto No 438/92) y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese el ARTÍCULO 4° de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 268 de fecha 27 de mayo de 2021 por el siguiente:

“ARTÍCULO 4°.- La nómina de las personas seleccionadas como potenciales destinatarios/as del incentivo económico establecido en el Artículo 3°, será aprobada por acto administrativo emanado de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE INCLUSIÓN EN EL MUNDO LABORAL”.

ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese el ARTÍCULO 5° de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 268 de fecha 27 de mayo de 2021 por el siguiente:

“ARTÍCULO 5°.- El incentivo económico previsto por la presente Resolución, consistirá en el pago mensual no remunerativo de PESOS QUINCE MIL ($15.000) por el plazo de SIETE (7) meses de duración del curso de “Formación para Promotores Territoriales de Infancias Libres de Trabajo Infantil”.”.

ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Claudio Omar Moroni

e. 24/05/2022 N° 36780/22 v. 24/05/2022

Fecha de publicación 24/05/2022