JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO
Resolución 92/2022
RESOL-2022-92-APN-SGYEP#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 20/05/2022
VISTO el Expediente Nº EX-2021-65083680-APN-DD#MS del Registro del MINISTERIO DE SALUD, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, reglamentada por el Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002 y sus modificatorios, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39 de fecha 25 de marzo de 2010 y sus modificatorias, y las Resoluciones de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 117 de fecha 27 de octubre de 2021 y N° 51 de fecha 21 de marzo de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 8° de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, así como su Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002 y sus modificatorios, establecen que el ingreso al régimen de carrera deberá llevarse a cabo mediante procesos de selección que aseguren los principios de transparencia, publicidad y mérito, con el objeto de determinar la idoneidad de los postulantes.
Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, en su artículo 33 establece que para el ingreso a la carrera establecida en dicho convenio, para la promoción a un nivel escalafonario superior y para la titularidad del ejercicio de las funciones de jefatura, será de aplicación el régimen de Selección que el Estado empleador establezca, de conformidad con lo establecido en el Capítulo III del Título VI del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto N° 214 del 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios, previa consulta a las entidades sindicales signatarias.
Que mediante Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 de fecha 25 de marzo de 2010 y sus modificatorias, se aprobó el REGLAMENTO DE SELECCIÓN PARA EL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO.
Que por la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 117 de fecha 27 de octubre de 2021 se dio inicio al proceso para la cobertura de TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO (395) cargos vacantes de la planta permanente del MINISTERIO DE SALUD y se designó a los integrantes del Comité de Selección y al Coordinador Concursal, conforme con lo establecido por los artículos 13 y 14 del Anexo I de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39 de fecha 18 de marzo 2010 y sus modificatorias.
Que por la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 51 de fecha 21 de marzo de 2022, se efectuó el llamado a Concurso mediante convocatoria interna de TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE (379) cargos vacantes y financiados que se integrarán dentro de la planta permanente del MINISTERIO DE SALUD y se aprobaron las bases respectivas, conforme con lo establecido en el artículo 28 del referido REGLAMENTO DE SELECCIÓN PARA EL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO.
Que conforme el artículo 2° del Anexo I a la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39/10 y sus modificatorias, se estableció que los procesos de selección serán organizados, convocados y coordinados por la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que por su parte la Coordinación Concursal tiene entre sus responsabilidades, la de impulsar el proceso de selección para concluirlo dentro de los plazos previstos y coordinar las acciones necesarias para la consecución de la Evaluación General y la Evaluación del Perfil Psicológico, en caso de corresponder.
Que la mencionada reglamentación establece que la inscripción se realizará exclusivamente a través del portal web que establezca la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO, debiendo los aspirantes registrarse, completar los formularios que al efecto indique el sistema, y cargar la documentación respaldatoria que acredite los antecedentes personales, curriculares y laborales declarados.
Que conforme lo estipulado en el régimen de selección y lo dispuesto en el artículo 5° de la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 51/22, se estableció el cronograma tentativo para el desarrollo del proceso de selección que se detalla en las Bases del Concurso, el que podrá ser modificado por la Coordinación Concursal, con excepción de las fechas que establezcan el período de inscripción conforme las atribuciones conferidas por el artículo 22 del Anexo I de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39/10 y sus modificatorias.
Que, por lo tanto, en función del tiempo transcurrido y a fin de garantizar el cumplimiento de los principios que rigen estos procesos de selección —entre los que se destacan igualdad de oportunidades y de trato, y debida difusión pública de las convocatorias—, el Comité de Selección se ha reunido y labrado el Acta N° 3 de reprogramación del cronograma, obrante en las actuaciones como IF-2022-47107504-APN-DPSP#JGM, con el objeto de modificar las fechas que establecen el período de inscripción y propiciando reprogramar el cronograma tentativo para el desarrollo de los respectivos procesos de selección.
Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.
Que mediante IF-2022-49396239-APN-DDANYEP#JGM la DIRECCIÓN DE DICTÁMENES DE ASUNTOS NORMATIVOS y EMPLEO PÚBLICO de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS, dependiente de la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º del Anexo I del Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002 y sus modificatorios, y por el artículo 28 del Anexo I de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39/10 y sus modificatorias.
Por ello,
LA SECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Reprográmense los plazos establecidos por la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 51 de fecha 21 de marzo de 2022, conforme el nuevo cronograma tentativo establecido como ANEXO I (IF-2022-47129778-APN-SSEP#JGM), el cual forma parte integrante de la medida.
ARTÍCULO 2°.- Fíjase como nuevo período de inscripción electrónica de los respectivos procesos de selección, el comprendido a partir del día 14 de junio de 2022, a partir de las 10:00 horas, y hasta el 23 de junio de 2022, hasta las 16:00 horas del último día citado. La inscripción electrónica se efectuará a través del portal web en la dirección http://www.argentina.gob.ar/concursar.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Ana Gabriela Castellani
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 24/05/2022 N° 36932/22 v. 24/05/2022
Fecha de publicación 24/05/2022