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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 481/2022

RESOL-2022-481-APN-ST#MT

Ciudad de Buenos Aires, 15/03/2022

VISTO el EX-2021-87986490-APN-ATRGA#MT del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976), y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que en las páginas 1/6 del IF-2021-99643164-APN-DNRYRT#MT del expediente de referencia, obra el acuerdo celebrado entre la ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO - SECCIONAL RIO TURBIO -, por la parte sindical, y la empresa YACIMIENTOS CARBONÍFEROS DE RIO TURBIO Y DE LOS SERVICIOS FERROPORTUARIOS CON TERMINALES EN PUNTA LOYOLA Y RIO GALLEGOS (YCRT), por la parte empleadora, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que el referido acuerdo es ratificado por la ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO - Central- mediante acta incorporada como RE-2021-106681138-APN-DGD#MT del EX-2021-106686457- -APN-DGD#MT, que tramita conjuntamente con el expediente de referencia.

Que bajo dicho acuerdo las partes pactan nuevas condiciones salariales, conforme surge de los lineamientos estipulados en el mismo.

Que el ámbito de aplicación del mentado acuerdo se circunscribe a la estricta correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresarial firmante y la entidad sindical signataria emergente de su personería gremial, conforme surge de los antecedentes obrantes ante esta Cartera de Estado.

Que respecto al carácter de las sumas no remunerativas previstas en el acuerdo, corresponde hacer saber a las partes lo establecido en el Artículo 103 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976).

Que los agentes negociales ratifican el contenido y firmas insertas en el acuerdo y escalas salariales traídos a estudio, acreditando su personería y facultades para negociar colectivamente con las constancias obrantes en autos.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO-2019-75-APN-PTE.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO - SECCIONAL RIO TURBIO -, por la parte sindical, y la empresa YACIMIENTOS CARBONÍFEROS DE RIO TURBIO Y DE LOS SERVICIOS FERROPORTUARIOS CON TERMINALES EN PUNTA LOYOLA Y RIO GALLEGOS (YCRT), por la parte empleadora, obrante en las páginas 1/6 del IF-2021-99643164-APN-DNRYRT#MT del expediente de referencia, ratificado por la ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO -Central- mediante el RE-2021-106681138-APN-DGD#MT del EX-2021-106686457- -APN-DGD#MT, que tramita conjuntamente con el expediente de referencia, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del instrumento homologado por el Artículo 1° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo homologado y de esta Resolución, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Marcelo Claudio Bellotti

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 20/05/2022 N° 32148/22 v. 20/05/2022

Fecha de publicación 20/05/2022