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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 862/2022

RESOL-2022-862-APN-ENACOM#JGM FECHA 16/05/2022 ACTA 78

EX-2022-28393272-APN-DNFYD#ENACOM

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Aprobar el Reglamento Particular para la convocatoria a concurso abierto del FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL LINEA CONTENIDOS – LINEA C/2022-, que tiene por objeto fomentar la producción de contenidos audiovisuales y radiofónicos que, en un marco de federalización y desde su enfoque temático específico, contribuyan a la promoción de la diversidad, la pluralidad de voces, la construcción de ciudadanía y la inclusión social, implementándose a través de 2 SUBLINEAS que como Anexo registrado en el GEDO como IF-2022-47985975-APN-DNFYD#ENACOM, forma parte integrante de la presente. 2.- Convocar a concurso abierto, en todo el territorio nacional para la presentación de proyectos, correspondiente al FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL LINEA CONTENIDOS – LINEA C/2022-, conforme el cronograma establecido en el Artículo 16 del Reglamento Particular, aprobado como Anexo registrado en el GEDO como IF-2022-47985975-APN-DNFYD#ENACOM, a los siguientes destinatarios para ambas SUBLÍNEAS: Personas Jurídicas, de derecho privado sin fines de lucro en cuyo objeto social se incluya la comunicación, difusión, propagación cultural y/o producción de contenidos, que cuenten con inscripción vigente en el Registro Público de Señales y Productoras creado por el Artículo 58 de la Ley N° 26.522. 3.- Recomendar a aquellos sujetos mencionados en el Artículo 2° de la presente, que no cuenten con la inscripción vigente en el Registro Público de Señales y Productoras creado por el Artículo 58 de la Ley N° 26.522 al dictado de la presente medida, a realizar dicho trámite con la suficiente antelación a la participación del presente concurso, atento los plazos administrativos requeridos para obtener dicho registro y con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en el Reglamento Particular. 4.- El gasto que demande el cumplimiento del Concurso abierto del FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL LINEA CONTENIDOS – LINEA C/ 2022-, será financiada con los recursos contemplados en el Artículo 97, inciso f) de la Ley N° 26.522. 5.- Comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: ww.enacom.gob.ar/normativas

Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución Sintetizada se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 19/05/2022 N° 35107/22 v. 19/05/2022

Fecha de publicación 19/05/2022