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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

NO-2022-46987872-APN-SABYDR#MAGYP DE FECHA 11/05/2022.

La SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, informa que, en el marco del “PROGRAMA NACIONAL DE PROMOCION DE AGREGADO DE VALOR EN LAS PYMES DE ALIMENTOS PARA EL DESARROLLO REGIONAL - DesarrollAR”, creado por Resolución 458- E/2016 y su modificatoria, se encuentra abierta la recepción de solicitudes de inscripción en el Registro de Beneficiarias para el citado Programa (art. 6°) desde el 1 de junio de 2022 hasta el día 30 de junio de 2022 inclusive.-

Podrán solicitar su inscripción las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas –tramos 1 y 2- radicadas en la REPÚBLICA ARGENTINA que, respondiendo a la categorización realizada por la entonces SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO (conforme a la Resolución N° 11 de fecha 17 de marzo de 2016 y sus modificatorias), que produzcan y/o elaboren alimentos y/o bebidas en la República Argentina y cuyos proyectos de inversión en bienes impliquen mejoras y/o modernización de procesos productivos y/o adopción de tecnologías.

La Autoridad de Aplicación tramitará las solicitudes de acuerdo con el día de presentación, en el orden en que vayan quedando en condiciones de ser inscriptas en el Registro de Beneficiarias y en función de la disponibilidad presupuestaria.

“DESARROLLAR” brinda a las Beneficiarias que resulten inscriptas en el Registro una asistencia económica, consistente en:

1. Reintegro equivalente como máximo hasta el CINCUENTA POR CIENTO (50%) del monto total de la inversión realizada, y con un límite de hasta PESOS UN MILLON DOSCIENTOS MIL ($ 1.200.000), en mejoras en infraestructura, obras menores, adquisición de instalaciones y maquinaria para modernizar la línea de producción, insumos necesarios para modernización de procesos productivos y/o adquisición o adopción de tecnologías digitales para modernizar procesos y/o sistemas industriales y comerciales, así como el control de los mismos.

2. Cuando en el caso del punto anterior, la inversión prevista en el Proyecto guarde además relación directa con la implementación necesaria para lograr la certificación relativa al Certificado Oficial que le resulte aplicable, se podrá solicitar un reintegro adicional de hasta PESOS TRESCIENTOS MIL ($300.000), incluidas las mejoras necesarias para su obtención, así como los gastos de certificación y/o auditoría relativa al Certificado Oficial respectivo. En tal caso el límite máximo del reintegro, contemplando ambas situaciones, será el equivalente de hasta el CINCUENTA POR CIENTO (50%) del monto total de la inversión realizada, y con un límite de hasta PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL ($ 1.500.000).

El trámite de solicitud es exclusivamente a través de TAD: https://tramitesadistancia.gob.ar/tramitesadistancia/detalle-tipo?id=641

+información en: http://www.alimentosargentinos.gob.ar/HomeAlimentos/financiamiento_anr/anr_desarrollar.php

Firma: Luis Gustavo CONTIGIANI - Secretaría de Alimentos, Bioeconomía y Desarrollo Regional - Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca.

Edgardo Corvera, Asistente administrativo, Dirección de Gestión Documental.

e. 17/05/2022 N° 34337/22 v. 17/05/2022

Fecha de publicación 17/05/2022