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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 154/2022

Resolución ENRE N° 154/2022

ACTA N° 1763

Expediente ENRE N°EX-2019-89659115-APN-SD#ENRE

Buenos Aires, 13 DE MAYO DE 2022

La Señora Interventora del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.-Dar a publicidad la solicitud de otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública presentado por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSBA S.A.) a requerimiento de la DIRECCIÓN DE ENERGÍA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (DEBA) para la realización de la obra consistente en la construcción de UNA (1) nueva Estación Transformadora (ET) denominada Chivilcoy Dos y UNA (1) doble terna en 132 kV, entre ésa ET y la intersección con la futura Línea de Alta Tensión (LAT) 132 kV 25 de Mayo - Chivilcoy. 2.- La publicidad de la solicitud dispuesta en el artículo 1 de la presente resolución, deberá efectuarse a través de un AVISO en los portales de Internet del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y solicitar igual publicación a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) por el lapso de CINCO (5) días hábiles administrativos, y por DOS (2) días consecutivos en un diario de amplia difusión del lugar en donde se construirán las obras proyectadas o en donde puedan afectar eléctricamente. En el mismo se indicará que se fija un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos a ser computados desde la última publicación efectuada para que, quien considere que la solicitud en cuestión pueda afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee su oposición fundada por escrito ante el ENRE. 3.- Disponer que, en caso de registrarse oposición común a otros usuarios, se convocará a una Audiencia Pública para recibir las mismas y permitir al solicitante contestar las mismas y exponer sus argumentos. 4.- Disponer que, en caso contrario, operado el vencimiento del plazo fijado en el artículo 2 de esta resolución sin que se verifique la presentación de oposición alguna, este Ente Nacional procederá a dictar un acto administrativo con el objeto de otorgar el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública (CCyNP) referido en el artículo 1. 5.- El solicitante deberá cumplir con todas las observaciones y requerimientos técnicos efectuados tanto por TRANSBA S.A. y CAMMESA en sus respectivos informes técnicos, a efectos de garantizar el funcionamiento del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM). 6.- TRANSBA S.A. deberá incorporar en el primer Informe de Avance que presente luego de finalizadas las obras, en el marco de su Sistema de Gestión Ambiental (SGA) -implementado en cumplimiento de la Resolución ENRE Nº 555 de fecha 17 de octubre de 2001 y complementarias-, la Auditoría Ambiental de Cierre de las mismas y ajustar el Programa de Monitoreo a fin de asegurar la realización de mediciones de los Campos Electromagnéticos (CEM) que permitan verificar el cumplimiento de los estándares fijados por la Resolución de la Ex SECRETARÍA DE ENERGÍA (Ex SE) Nº 77 de fecha 12 de marzo de 1998. 7.- Hacer saber que la construcción y posterior operación y mantenimiento de las instalaciones correspondientes a la solicitud de Acceso y Ampliación de la Capacidad de Transporte Existente analizadas, deberán cumplir con las siguientes normativas de seguridad pública, Resoluciones ENRE Nº 33 de fecha 21 de enero de 2004, Nº 37 de fecha 10 de febrero de 2010, Nº 400 de fecha 16 de noviembre de 2011, Nº 163 de fecha 29 de mayo de 2013, Nº 382 de fecha 23 de septiembre de 2015. 8.- Notifíquese a DEBA, a TRANSBA S.A. y a CAMMESA. 9.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Interventora del ENRE, Dra. María Soledad Manín.

Claudia Elizabeth Caravelli, Asistente Administrativa, Secretaría del Directorio.

e. 17/05/2022 N° 34731/22 v. 17/05/2022

Fecha de publicación 17/05/2022