Edición del
25 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD

Decisión Administrativa 479/2022

DECAD-2022-479-APN-JGM - Contratación Directa por Exclusividad N° 80-0007-CDI22.

Ciudad de Buenos Aires, 10/05/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2022-04299050-APN-DCYC#MS, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita la Contratación Directa por Exclusividad N° 80-0007-CDI22 del MINISTERIO DE SALUD, llevada a cabo para la adquisición de CIENTO SETENTA Y TRES MIL (173.000) unidades de implantes subdérmicos anticonceptivos, solicitada por la DIRECCIÓN NACIONAL DE SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA del citado Ministerio.

Que se difundió el Proceso de Compra en el Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional denominado COMPR.AR.

Que, conforme surge del Acta de Apertura de fecha 24 de febrero de 2022, se recibió la oferta correspondiente a la firma MSD ARGENTINA S.R.L. por un monto total de PESOS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA MILLONES CINCO MIL QUINIENTOS ($1.350.005.500).

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA del MINISTERIO DE SALUD elaboró el correspondiente Informe Técnico referido a la oferta presentada, en donde se determinó el cumplimiento de las Especificaciones Técnicas requeridas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rigió el llamado.

Que, con el fin de alinear los precios ofertados a los Valores de Referencia brindados por la unidad requirente, la Dirección de Compras y Contrataciones del MINISTERIO DE SALUD solicitó una mejora de precios a la firma MSD ARGENTINA S.R.L.

Que, frente a tal requerimiento, la firma oferente presentó una mejora de su cotización por un monto total de PESOS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS ONCE MIL QUINIENTOS ($1.336.511.500).

Que, asimismo, la firma oferente ofreció bonificar la suma de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS ($494.918.400).

Que obra la intervención de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD.

Que la mencionada contratación se encuentra excluida del Control de Precios Testigo conforme lo establecido en el artículo 3°, inciso c) del Anexo I de la Resolución N° 36/17 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN y sus modificatorias.

Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMPRE ARGENTINO Y PROGRAMA DE DESARROLLO DE PROVEEDORES, dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, en el marco de lo establecido en la Ley N° 27.437, su reglamentación y normas complementarias.

Que, por lo expuesto, la Dirección de Compras y Contrataciones del MINISTERIO DE SALUD, en función de los análisis administrativos y técnicos preliminares y la documentación obrante en el Expediente respectivo, recomendó la adjudicación de la Contratación Directa por Exclusividad N° 80-0007-CDI22 a favor de la firma MSD ARGENTINA S.R.L., aceptando la bonificación ofrecida.

Que, en consecuencia, corresponde proceder a la adjudicación de la referida Contratación Directa por Exclusividad N° 80-0007-CDI22 del MINISTERIO DE SALUD, teniendo en cuenta la mencionada recomendación, con las consideraciones indicadas precedentemente.

Que mediante la Resolución del MINISTERIO DE SALUD N° 736 del 5 de abril de 2022 se autorizó la convocatoria de la Contratación Directa por Exclusividad N° 80-0007-CDI22 y se aprobaron el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el procedimiento llevado a cabo en la referida contratación directa.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, ambas del MINISTERIO DE SALUD, han tomado la intervención de sus competencias.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, por el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07, sus modificatorios y complementarios y de lo dispuesto en el artículo 9°, inciso e) y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030/16, sus normas modificatorias y complementarias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Adjudícase la Contratación Directa por Exclusividad N° 80-0007-CDI22 del MINISTERIO DE SALUD, llevada a cabo para la adquisición de CIENTO SETENTA Y TRES MIL (173.000) unidades de implantes subdérmicos anticonceptivos, a favor de la firma MSD ARGENTINA S.R.L. (CUIT N° 30-50340307-9), por la suma de PESOS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS ONCE MIL QUINIENTOS ($1.336.511.500).

ARTÍCULO 2º.- Acéptase la bonificación efectuada por la firma MSD ARGENTINA S.R.L. (CUIT N° 30-50340307-9) por la suma de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS ($494.918.400).

ARTÍCULO 3°.- La suma total de PESOS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS ONCE MIL QUINIENTOS ($1.336.511.500) será imputada con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes del presente Ejercicio del MINISTERIO DE SALUD.

ARTÍCULO 4°.- Autorízase a la Dirección de Compras y Contrataciones del MINISTERIO DE SALUD a suscribir la pertinente Orden de Compra y a efectuar la detracción ofrecida por la firma MSD ARGENTINA S.R.L (CUIT N° 30-50340307-9), la cual se hará efectiva mediante notas de crédito que serán emitidas una vez realizada cada entrega parcial hasta completar el total a bonificar con la última entrega según los plazos de entrega establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rigió las bases del llamado.

ARTÍCULO 5°.- Autorízase a la Ministra de Salud a aprobar la ampliación, disminución, suspensión, resolución, rescisión y declaración de caducidad respecto de la contratación directa por exclusividad que por este acto se adjudica.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Luis Manzur - Carla Vizzotti

e. 11/05/2022 N° 32691/22 v. 11/05/2022

Fecha de publicación 11/05/2022