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Legislación y Avisos Oficiales
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ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS ADUANA BUENOS AIRES

Disposición 230/2022

DI-2022-230-E-AFIP-DIABSA#SDGOAM

Ciudad de Buenos Aires, 06/05/2022

VISTO lo dispuesto en los Art. 417 siguientes y concordantes del Código Aduanero, lo actuado en el EX-2022-480050-AFIP-SEGSRE#SDGOAM y,

CONSIDERANDO

Que la mercadería objeto de la presente ingresó al país amparada por los conocimientos de embarque CHWAN FDSZSE1901090 del 19001MANI038488M, arribado el 18/03/2019. Que recayó en situación de rezago en fecha 04/09/2019 bajo el manifiesto de rezago 19001MARE002255S; CHNGO AMIGL180481141A del 18001MANI196641H, arribado el 28/10/2018. Que recayó en situación de rezago en fecha 18/01/2019 bajo el manifiesto de rezago 19001MARE000491S; BEANW 2111-0924-808.013 del 18001MANI172565G, arribado el 14/09/2018. Que recayó en situación de rezago en fecha 18/01/2019 bajo el manifiesto de rezago 19001MARE000495W; USPVG HBL6825406 del 20001MANI032781R, arribado el 28/02/2020. Que recayó en situación de rezago en fecha 16/05/2020 bajo el manifiesto de rezago 20001MARE002274L; GEHAM GOT137492 del 18001MANI203343S, arribado el 19/11/2018. Que recayó en situación de rezago en fecha 01/03/2019 bajo el manifiesto de rezago 19001MARE000953V y; CHSHA SGH61BUE707208 del 17001MANI181585H, arribado el 08/10/2017. Que recayó en situación de rezago en fecha 12/04/2018 bajo el manifiesto de rezago 18001MARE002026N.

Que de la verificación realizada sobre el MARE 19001MARE002255S resultó tratarse de Valijas en set por 3 unidades Marca Karpatos según detalle en Anexo I.

Que de la verificación realizada sobre el MARE 19001MARE000491S resultó tratarse de Bisagras, según detalle en Anexo I.

Que de la verificación realizada sobre el MARE 20001MARE002274L resultó tratarse de Cuerdas para Guitarra con inscripción Elixir (item 1) y Cuerdas para Bajo con inscripción Elixir (item 2), según detalle en Anexo I.

Que de la verificación realizada sobre el MARE 19001MARE000495W resultó tratarse de partes de maquinas textiles (B45479, 609989, 609988, B150986, B157895.190,BA211657.190, BE155216, BE151426, B45598, BA 306247, BE150700, BE318884, BE318870, BE318880, BE152517, BE155385, BE318883, BE318862,BE155384,BE155382), según detalle en Anexo I.

Que de la verificación realizada sobre el MARE 19001MARE000953V resultó tratarse de Aluminio en Pasta, según detalle en Anexo I

Que de la verificación realizada sobre el MARE 18001MARE002026N resultó el item 1, Motos año 2017 marca Mondial, modelo TD150L, según detalle en Anexo I

Que la mercadería se encuentra verificada y aforada por la División Controles Simultáneos del Departamento Operacional Aduanero conforme constancias obrantes en IF-2022-00480266-AFIP-SEGSRE#SDGOAM y IF-2022-00646622-AFIP-SEGSRE#SDGOAM.

Que en relación con la mercadería amparada por el 18001MARE002026N, mediante Resolutorio del Juzgado Comercial N° 8, Secretaría N° 16 sobre Incidente N° 7 INCIDENTISTA: DE BIENES EN GENERAL PACHECO-TIGRE-PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y OTROS PRESUNTO FALLIDO: JUKI S.A.C.I.F.I.A. s/INCIDENTE DE VENTA, adjunto en IF-2021-015258691-AFIP-SEGSRE#SDGOAM en orden 3 del EX-2021-01521781- -AFIP-SEGSRE#SDGOAM el Juez dispuso hacer lugar al planteo de AFIP-DGA y ordena la ejecución forzada de los bienes concernientes al expediente en trato.

Que la mercadería mencionada en el considerando anterior fue comercializada en pública subasta del Banco Ciudad N° 2636 en fecha 26/01/2022, autorizada mediante DI-2021-632-E-AFIP-DIABSA#SDGOAM en la que resultó postor remiso para el lote en cuestión.

Que fue ofrecida nuevamente en pública subasta del Banco Ciudad N° 2702 de fecha 21/04/2022, autorizada mediante DI-2022-141-E-AFIP-DIABSA#SDGOAM resultando asimismo postor remiso para el lote N° 7.

Que la comercialización impulsada, se efectuará en pública subasta, en los términos del convenio celebrado para ello entre la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS y el BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES.

Que por error involuntario en la confección del Anexo I, de la obrante en IF-2022-00512366-E-AFIP-EDIABSA#SDGOAM, de la DI-2022-138-E-AFIP-DIABSA#SDGOAM se solicitó al Banco Ciudad NO incorporar a la subasta programada para el día 21/04/2022 los lotes allí amparados.

Que el 22 de septiembre de 2020 se suscribió una adenda al convenio N° 12/2015 (AFIP) firmado entre la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS y el BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, que permite la celebración de subastas públicas bajo la modalidad electrónica través de la plataforma web de la citada entidad bancaria.

Que las condiciones de venta establecidas para el proceso de subasta pública, como así también el catalogo correspondiente con el detalle de los valores base, descripción y fotografías de los bienes. se encontrará disponible para la exhibición correspondiente en la página web https://subastas.bancociudad.com.ar/

Que han tomado intervención la Sección Gestión de Rezagos (DE OPAD) y la División Coordinación de Secuestros y Rezagos de la Dirección Coordinación y Evaluación Operativa Aduanera.

Que la presente se dicta uso de las facultades conferidas por el Decreto 618/97 del 10 de Julio de 1997, DI-2018-101-E-AFIP-AFIP y DI-2022-6-E-AFIP-SDGOAM.

Por ello;

EL PRIMER REEMPLAZO DE LA DIRECCIÓN ADUANA DE BUENOS AIRES

DISPONE:

ARTICULO 1° - Dejar sin efecto la Disposición N° DI-2022-138-E-AFIP-DIABSA#SDGOAM y el Anexo N° IF-2022-00512366-E-AFIP-EDIABSA#SDGOAM, ambos publicados en Boletín Oficial de la República Argentina N° 34897 de fecha 08/04/2022.

ARTICULO 2° - Ordenar la venta de la mercadería, en el estado en que se encuentra y exhibe -con la debida antelación y bajo modalidad electrónica, por intermedio del BANCO de la CIUDAD DE BUENOS AIRES, de acuerdo al valor base y con las observaciones que se indican en el Anexo N° IF-2022-00711874-AFIP-DIABSA#SDGOAM, que integra la presente.

ARTICULO 3º - La subasta pública de las mercaderías detallas en Anexo I se efectuará por intermedio del BANCO de la CIUDAD DE BUENOS AIRES, bajo modalidad electrónica, a través de la pagina web https://subastas.bancociudad.com.ar, de acuerdo a los términos y condiciones allí previstos, el día 16 de Junio de 2022.

ARTICULO 4° Publicar la presente subasta en el Boletín Oficial de la República Argentina, por el plazo de UN (1) día.

ARTICULO 5° - Comuníquese Cumplido, archívese.

Gustavo Javier Araujo

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 10/05/2022 N° 31970/22 v. 10/05/2022

Fecha de publicación 10/05/2022