Edición del
18 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 330/2022

RESOL-2022-330-APN-SE#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 06/05/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-38408163-APN-SE#MEC, las Leyes Nros. 26.190 y 27.191, el Decreto N° 531 de fecha 30 de marzo de 2016 y su modificatorio, y

CONSIDERANDO:

Que el Régimen de Fomento Nacional para el uso de Fuentes Renovables de Energía destinada a la Producción de Energía Eléctrica sancionado por la Ley N° 26.190 y modificado y ampliado por la Ley N° 27.191, declaró de interés nacional la generación de energía eléctrica a partir del uso de fuentes de energía renovables con destino a la prestación de servicio público como así también la investigación para el desarrollo tecnológico y fabricación de equipos con esa finalidad.

Que el mencionado régimen se orienta a estimular las inversiones en generación de energía eléctrica a partir del uso de fuentes de energía renovables en todo el territorio nacional, sean estas nuevas plantas de generación o ampliaciones y/o repotenciaciones de plantas de generación existentes, realizadas sobre equipos nuevos o usados.

Que, en ese marco, la Ley N° 27.191 y el Decreto N° 531 de fecha 30 de marzo de 2016 establecen que la Autoridad de Aplicación dispondrá las medidas que sean conducentes para la incorporación al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM), de nuevas ofertas de energía eléctrica de fuentes renovables que permitan incrementar progresivamente la participación de las fuentes renovables de energía en la matriz eléctrica hasta alcanzar un VEINTE POR CIENTO (20%) al 31 de diciembre de 2025.

Que el Artículo 12 de la Ley N° 27.191 establece que la Autoridad de Aplicación instruirá a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) o al ente que considere pertinente a diversificar la matriz de energías renovables a fin de viabilizar el desarrollo de distintas tecnologías y la distribución geográfica de los emprendimientos aprovechando el potencial del país en la materia.

Que, por otra parte, es necesario dar cumplimiento tanto a los compromisos suscriptos por la REPÚBLICA ARGENTINA, en el marco del Acuerdo de Paris, aprobado por la Ley Nº 27.270 como a los objetivos de la Ley Nº 27.191.

Que, asimismo, resulta necesario generar las condiciones necesarias para contribuir al aumento de la confiabilidad en el SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI).

Que la diversificación de las fuentes renovables contribuirá a una mayor sustentabilidad ambiental, social y económica y forma parte de la Transición Energética que la REPÚBLICA ARGENTINA está desarrollando.

Que, en el marco descripto, resulta conveniente establecer un procedimiento participativo para la identificación de potenciales proyectos que contribuyan a los objetivos planteados.

Que, la metodología adoptada se impulsa a través de una convocatoria a realizar Manifestaciones de Interés (MDI) para desarrollar integralmente proyectos de infraestructura que contribuyan a incorporar Generación Renovable y/o instalaciones de almacenamiento de energía en puntos de la red de Transporte por Distribución Troncal y/o de Distribución con cuyo aporte se incremente la participación de la generación renovable en el abastecimiento de la demanda del SADI y se disminuya y/o eliminen restricciones de abastecimiento y/o se reduzca el requerimiento de generación forzada y/o difieran las necesidades de obras de transporte, contribuyendo, entre otras cosas, a la reducción de los costos del MEM y al aumento de la confiabilidad en el SADI.

Que, corresponde establecer que CAMMESA, previo análisis de las MDI efectuadas y las condiciones informadas para su eventual desarrollo, elevará las presentaciones de los interesados juntamente con sus propias evaluaciones, para consideración de esta Secretaría.

Que se estima conveniente facultar a la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría a dictar los actos que sean necesarios y evacuar las consultas que se efectúen durante el período establecido al efecto.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades que surgen de lo dispuesto por el Apartado IX del Anexo II del Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Convócase a interesados a presentar Manifestaciones de Interés (MDI) para desarrollar integralmente proyectos de infraestructura que contribuyan a incorporar Generación Renovable y/o instalaciones de almacenamiento de energía en puntos de la red con cuyo aporte disminuya y/o elimine restricciones de abastecimiento y/o reduzca el requerimiento de generación y/o importación forzada y/o difiera las necesidades de obras de infraestructura, para contribuir a una mayor sustentabilidad ambiental, social y económica en el MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) y al aumento de la confiabilidad en el SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI), a la vez que promuevan una articulación productiva provincial y regional.

Se considerará particularmente a los anteproyectos que permitan la sustitución de generación requerida por el transporte o distribución para el abastecimiento de la demanda, y el acompañamiento de costos referenciales de inversión estimados y las posibilidades de integración a la red.

Junto con la convocatoria, la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) publicará en su sitio web un informe de carácter meramente indicativo y no limitativo, sin que afecte la libertad de elección de los Interesados, identificando los nodos con requerimiento de generación local, su necesidad de despacho y estacionalidad.

ARTÍCULO 2º.- Las presentaciones deberán realizarse en formato digital a partir de las 09:00 hs. del día lunes posterior a la publicación de la presente resolución, y hasta las 18:00 hs. del 30 de junio del corriente, al correo electrónico a ser comunicado oportunamente por CAMMESA, conforme a los Términos de Referencia que como Anexo (IF-2022-40004784-APN-SSEE#MEC), integran la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- Establécese que CAMMESA publicará y administrará las convocatorias que se efectúan por la presente resolución, conforme las funciones que se le asignaran como ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO (OED) mediante el Decreto N° 1.192 de fecha 10 de julio de 1992.

La información general y de detalle contenida en las MDI en relación con los anteproyectos de interés que se presenten, se considerará información reservada durante el desarrollo de la convocatoria.

ARTÍCULO 4°.- Establécese que CAMMESA, previo análisis técnico de las MDI efectuadas y las condiciones informadas para su eventual desarrollo, elevará las presentaciones de los interesados juntamente con sus propias evaluaciones, para consideración de esta Secretaría.

Las MDI elevadas, atendiendo a la consideración que efectúe esta Secretaría de su eficaz contribución al logro de los objetivos de la convocatoria, podrán ser consideradas total o parcialmente para su integración a esquemas de gestión regulatoria a ser desarrollados para la potencial concreción de proyectos en el marco de sistemas de comercialización competitivos y transparentes.

ARTÍCULO 5º.- Facúltase a la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría a dictar los actos que sean necesarios y evacuar las consultas que se efectúen durante el período precitado.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Norman Darío Martínez

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 09/05/2022 N° 31590/22 v. 09/05/2022

Fecha de publicación 09/05/2022