SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 1949/2019
RESOL-2019-1949-APN-SECT#MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 25/10/2019
VISTO el EX – 2019 – 92615533 – APN – DGDMT#MPYT del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que en la página 2 del IF – 2019 – 92656130 – APN – DNRYRT#MPYT obra el acuerdo celebrado entre la FEDERAClON DE ASOCIACIONES DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA, por el sector gremial, y la CONFEDERACION ARGENTINA DE MUTUALIDADES, por el sector empleador, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 107/75, conforme a lo establecido en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que bajo el acuerdo de marras las partes convienen la modalidad de pago de la asignación no remunerativa establecida en el Decreto 665/19, conforme los lineamientos allí consignados.
Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empleador firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando la personería y facultades para negociar colectivamente invocadas.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.
Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO-2019-35-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Declárase homologado el acuerdo obrante en la página 2 del IF – 2019 – 92656130 – APN – DNRYRT#MPYT del EX – 2019 – 92615533 – APN – DGDMT#MPYT celebrado entre la FEDERAClON DE ASOCIACIONES DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA, por el sector gremial, y la CONFEDERACION ARGENTINA DE MUTUALIDADES, por el sector empleador, conforme a lo establecido en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2°.-Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que proceda al registro del instrumento identificado en el artículo 1° de la presente Resolución.
ARTICULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo N° 107/75.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO no efectúe la publicación de carácter gratuita del instrumento homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Lucas Fernández Aparicio
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 28/04/2022 N° 27717/22 v. 28/04/2022
Fecha de publicación 28/04/2022