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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL Y SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO

Resolución Conjunta 2/2022

RESFC-2022-2-APN-SGYEP#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 25/04/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-28591388- -APN-GORRHH#INTI, del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL, el Decreto-Ley N° 17.138 del 27 de diciembre de 1957, ratificado por la Ley N° 14.467, la Ley Nº 25.164, los Decretos Nº 1421 del 8 de agosto de 2002 y sus modificatorios, Nº 214 del 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios, Nº 109 del 18 de diciembre de 2007 y sus modificatorios, la Resolución Conjunta de la ex SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL Nº 161 y N° 988 del 30 de diciembre de 2009, la Disposición del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL N° 212 del 14 de agosto del 2021 y el Acta Nº 4 de la Comisión Permanente de Interpretación y Carrera (Co.P.I.C.) del 17 de marzo de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto-Ley Nº 17.138, ratificado por la Ley Nº 14.467, se creó el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), organismo descentralizado, actualmente en la órbita del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.

Que por conducto de la Ley N° 25.164 se aprobó la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional.

Que por el artículo 4° del Anexo de la referida ley, se estableció que, el ingreso a la Administración Pública Nacional estará sujeto a la previa acreditación de condiciones de conducta e idoneidad para el cargo, que se acreditará mediante los regímenes de selección que se establezcan, asegurando el principio de igualdad en el acceso a la función pública.

Que, en ese sentido, la mentada norma también prevé que, el convenio colectivo de trabajo, deberá prever los mecanismos de participación y de control de las asociaciones sindicales en el cumplimiento de los criterios de selección y evaluación a fin de garantizar la efectiva igualdad de oportunidades.

Que por el Decreto N° 109 del 18 de diciembre de 2007 y sus modificatorios, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto Nº 214 del 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios.

Que en el Título II del referido Convenio Colectivo de Trabajo General, se establecen las condiciones de ingreso a las jurisdicciones y entidades descentralizadas detalladas en el Anexo I del citado Convenio.

Que, por su parte, a través del artículo 56 del mismo plexo normativo se dispuso que la selección del personal se realizará mediante sistemas que aseguren la comprobación fehaciente de la idoneidad, méritos, competencias y actitudes laborales adecuadas para el ejercicio de las funciones.

Que de acuerdo al artículo 60 del Capítulo III del Título VI del Convenio Colectivo de Trabajo General, y al artículo 30 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL homologado por el Decreto N° 109 del 18 de diciembre de 2007 y su modificatorio, el Estado empleador debe establecer previa consulta a las entidades gremiales, el reglamento para regular los procesos de selección de personal para la cobertura de vacantes en el ámbito de dicho sectorial.

Que por la Resolución Conjunta de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI) Nº 161 y Nº 988, respectivamente, ambas de fecha 30 de diciembre de 2009, se aprobó el Reglamento del Procedimiento de Selección para la Cobertura de Vacantes del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI).

Que atento lo dispuesto por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI), la aprobación de un régimen abreviado de proceso de cobertura de cargos vacantes de la planta permanente del Instituto, de carácter excepcional y transitorio debe darse en el marco de funcionamiento de los órganos paritarios de interpretación y aplicación que en ellos se establezcan y a los efectos de asegurar el cumplimiento de las garantías consagradas en el Convenio Colectivo de Trabajo.

Que, en tal sentido, y de conformidad a lo dispuesto por el artículo 4° del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial citado, se procedió a la integración de la COMISIÓN PERMANENTE DE INTERPRETACIÓN Y CARRERA (Co.P.I.C), aprobada por la Disposición del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL N° 212 del 14 de agosto del 2021.

Que convocada dicha Comisión, a través del Acta Nº 4 del 17 de marzo de 2022 consta la instrumentación de la consulta prevista por la normativa vigente, como así también, la conformidad de las representaciones gremiales respectivas a los términos contenidos en la propuesta de las “Cláusulas Transitorias - REGLAMENTACIÓN Concurso General para convocatorias 2022-2023”, puestas a consideración por el Estado empleador.

Que habiéndose dado cumplimiento a las instancias legales establecidas al respecto, corresponde dictar el acto administrativo que dé por aprobadas las Cláusulas Transitorias REGLAMENTACIÓN Concurso General para convocatorias 2022-2023, las cuales quedarán incorporadas al Reglamento del Procedimiento de Selección para la Cobertura de Vacantes del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI), aprobado por la Resolución Conjunta de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI) Nº 161/09 y Nº 988/09 respectivamente.

Que mediante IF-2022-33891522-APN-GOAL#INTI e IF-2022-37852518-APN-DGAJ#JGM han tomado la intervención de su competencia los servicios de asesoramiento jurídico permanentes del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL y de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS respectivamente.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emanadas de los artículos Nros. 8° del Anexo I al Decreto Nº 1421/02 y sus modificatorios, reglamentario de la Ley Marco de Regulación del Empleo Público Nacional Nº 25.164, y 60 del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto Nº 214/06 y sus modificatorios y el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL

Y

LA SECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1º.- Apruébense, las “Cláusulas Transitorias- REGLAMENTACIÓN Concurso General para convocatorias 2022-2023”, las cuales quedarán incorporadas al Reglamento del Procedimiento de Selección para la Cobertura de Vacantes del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI), aprobado por la Resolución Conjunta de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI) Nº 161 y Nº 988, respectivamente, del 30 de diciembre de 2009, que como Anexo (IF-2022-38050105-APN-GORRHH#INTI) forma parte integrante de la presente resolución conjunta.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Ruben Geneyro - Ana Gabriela Castellani

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución Conjunta se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 27/04/2022 N° 27371/22 v. 27/04/2022

Fecha de publicación 27/04/2022