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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL

Resolución 16/2022

RESOL-2022-16-APN-SABYDR#MAGYP

Rosario, Santa Fe, 25/04/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2019-105763773- -APN-DGD#MAGYP del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, la Ley Nº 26.967, el Decreto Nº 1.341 de fecha 30 de diciembre de 2016, las Resoluciones Nros. 392 de fecha 19 de mayo de 2005 y su modificatoria, y 146 de fecha 5 de abril de 2006, ambas de la ex - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, y RESOL-2017-90-APN-MA de fecha 12 de abril de 2017 del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y su modificatoria, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 26.967, se creó el Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL”, y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE establecido por la Resolución Nº 392 de fecha 19 de mayo de 2005 de la ex - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN y su modificatoria.

Que en virtud de la mencionada ley, se concede al solicitante el derecho de uso sin exclusividad del sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE” por el plazo de DOS (2) años contados desde la fecha de publicación de cada acto administrativo, exclusivamente para diferenciar aquellos productos que en cada caso se establece.

Que asimismo, por el Artículo 4º del Decreto Nº 1.341 de fecha 30 de diciembre de 2016, se estableció un reintegro del CERO COMA CINCO POR CIENTO (0,5 %) adicional para aquellos productos que cuenten con el derecho de uso del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL”, y su versión en idioma inglés, “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”.

Que por la Resolución Nº 146 de fecha 5 de abril de 2006 de la ex - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, se aprobó el Protocolo de Calidad para “PASAS DE UVA”

Que por la Resolución Nº RESOL-2017-90-APN-MA de fecha 12 de abril de 2017 del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y su modificatoria, se dispuso que a los fines de acreditar ante el servicio aduanero que determinado producto cuenta con el derecho de uso del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL”, y su versión en idioma inglés, “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, el interesado debe presentar un certificado por cada operación de exportación, expedido por la SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

Que la firma CRISWAL INVERSIONES Y SERVICIOS SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. Nº 30-71101528-7), con sede social sita en la calle Meglioli Sur Nº 468 de la ciudad de Rivadavia, Provincia de SAN JUAN, con Certificado de Inscripción en el Registro Nacional de Establecimientos (RNE) Nº 18.001.291, emitido por el entonces MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA de la Provincia de SAN JUAN, ha solicitado el derecho de uso sin exclusividad del Sello: “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, para distinguir a los productos: “PASAS DE UVA EN GRANO ELEGIDO VARIEDAD FLAME”, “PASAS DE UVA EN GRANO ELEGIDO VARIEDAD SULTANINA” y “PASAS DE UVA EN GRANO ELEGIDO VARIEDAD SUPERIOR”, comercializados mediante la marca “SULTANA”.

Que la peticionante ha cumplido con todos los recaudos y condiciones generales y particulares requeridos por la citada Ley Nº 26.967 y por la mencionada Resolución Nº 392/05, para la obtención del Sello: “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, como así también ha acreditado el cumplimiento del Protocolo de Calidad para “PASAS DE UVA” aprobado por la citada Resolución Nº 146/06.

Que la Dirección de Agregado de Valor y Gestión de Calidad de la SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, elaboró el Informe Técnico correspondiente, entendiendo que se encuentran cumplidos los requisitos técnicos para la cesión del Sello: “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención de su competencia.

Que el suscripto es competente para resolver en esta instancia de acuerdo con las facultades conferidas por el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y su modificatorio.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Concédese el derecho de uso sin exclusividad del Sello: “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, a la firma CRISWAL INVERSIONES Y SERVICIOS SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. Nº 30-71101528-7), con sede social sita en la calle Meglioli Sur Nº 468, de la Ciudad de Rivadavia, Provincia de SAN JUAN, con Certificado de Inscripción en el Registro Nacional de Establecimientos (RNE) Nº 18.001.291, para distinguir a los productos con Certificados de Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) Nº 18.009.013, para el producto “PASAS DE UVA EN GRANO ELEGIDO VARIEDAD FLAME”, Nº 18.009.014, para el producto “PASAS DE UVA EN GRANO ELEGIDO VARIEDAD SULTANINA” y Nº 18.009.015, para el producto “PASAS DE UVA EN GRANO ELEGIDO VARIEDAD SUPERIOR”, todos ellos emitidos por el entonces MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA de la Provincia de SAN JUAN y comercializados mediante la marca “SULTANA”, de conformidad con lo establecido por la Ley Nº 26.967, y las Resoluciones Nros. Nº 392 de fecha 19 de mayo de 2005 y su modificatoria, y 146 de fecha 5 de abril de 2006, ambas de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN.

ARTÍCULO 2°.- Apruébase la Nota de “Aceptación de Términos y Condiciones” que, como Adjunto registrado con el N° IF-2022-25095730-APN-DGD#MAGYP, forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3º.- El derecho de uso cedido por el Artículo 1º de la presente medida se acuerda por el plazo de DOS (2) años contados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 4º.- Apruébase la propuesta de exhibición del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y/o su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, en la muestra de rótulo y/o elementos de packaging del producto para el cual se concede el derecho de uso del Sello y que como Adjunto registrado con el Nº IF-2021-100225592-APN-DGD#MAGYP, forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 5º.- Hácese saber a la firma CRISWAL INVERSIONES Y SERVICIOS SOCIEDAD ANÓNIMA, la obligatoriedad del uso del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y/o su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, y/o su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, de acuerdo con la forma de exhibición aprobada en el artículo anterior; para aquellos productos destinados a la exportación y respecto de los cuales se solicite la emisión de los certificados referidos en el Artículo 2º de la Resolución Nº RESOL-2017-90-APN-MA de fecha 12 de abril de 2017 del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y su modificatoria, a los efectos del reintegro adicional establecido por el Artículo 4º del Decreto Nº 1.341 de fecha 30 de diciembre de 2016.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Luis Gustavo Contigiani

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en: www.magyp.gob.ar/normativa/

e. 27/04/2022 N° 27696/22 v. 27/04/2022

Fecha de publicación 27/04/2022