INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 347/2022
RESOL-2022-347-APN-INCAA#MC
Ciudad de Buenos Aires, 31/03/2022
VISTO el EX-2022-29845536- -APN-GCYCG#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, los Decretos N° 1536 de fecha 20 de agosto de 2002, N° 90 de fecha 20 de enero de 2020, la Resolución INCAA Nº 345 de fecha 30 de marzo de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución INCAA N° 345/2022 se estableció que el costo de una película nacional de presupuesto medio es la suma de PESOS NOVENTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y UNO ($ 96.654.431.-), conforme los parámetros establecidos en los Anexo I y II de dicha Resolución, identificados con número de GEDO: N° IF-2022-29988778-APN-GFIA#INCAA y N° IF-2022-29988865-APN-GFIA#INCAA, respecivamente
Que coresponde consignar que los Anexos I y II forman parte integrante e inseparable de la Resolución INCAA N° 345/2022.
Que debe dictarse Resolución al respecto.
Que la facultad para el dictado de la presente Resolución surge de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, y los Decretos N° 1536/2002 y N° 90/2020.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Incorporar como Artículo 1° bis de la Resolución INCAA N.º 345/2022: ARTICULO 1° BIS: Que el Anexo I, identificado con número de GEDO: N° IF-2022-29988778-APN-GFIA#INCAA y Anexo II, identificado con numero de GEDO N° IF-2022-29988865-APN-GFIA#INCAA, forman parte integrante e inseparable de la presente Resolución.”
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Luis Adalberto Puenzo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 01/04/2022 N° 20307/22 v. 01/04/2022
Fecha de publicación 01/04/2022