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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

Disposición 2281/2022

DI-2022-2281-APN-ANMAT#MS

Ciudad de Buenos Aires, 25/03/2022

VISTO el EX-2022-28020052- -APN-DRRHH#ANMAT, el Decreto Nº 1490 del 20 de agosto de 1992, la Decisión Administrativa Nº 761 del 6 de septiembre de 2019 y sus modificatorias, la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549, y el Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto 1490/92 se creó la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA como organismo descentralizado que actúa en la órbita del MINISTERIO DE SALUD.

Que por la Decisión Administrativa Nº 761/19 y sus normas modificatorias se aprobó la nueva estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA.

Que por nota N° NO-2022-21272138-APN-ANMAT#MS y renuncia N° NO-2022-23830790-APN-DFYGR#ANMAT se efectuó la finalización de la designación de la bioquímica Ana Laura CANIL (DNI N° 30.639.862) en el cargo de Jefa del Servicio de Laboratorio Microbiológico, a partir del 3 de marzo del 2022, la cual tramita mediante expediente N° EX-2020-18816733- -APN-DRRHH#ANMAT.

Que mediante el Expediente N° EX-2022-28001514- -APN-DRRHH#ANMAT tramita la designación de la bioquímica Ana Laura CANIL en el cargo de Jefa del Departamento de Vigilancia Post Comercialización y Acciones Reguladoras del INSTITUTO NACIONAL DE MEDICAMENTOS de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA, a partir del 3 de marzo de 2022.

Que, en consecuencia, y hasta que se suscriba la correspondiente designación que tramita por el expediente mencionado debe garantizarse la continuidad de la atención de las tareas que se llevan a cabo en el referido Departamento, dado que se trata de un área crítica en el actual contexto de emergencia sanitaria y también teniendo en cuenta el cúmulo y cantidad de tareas que gestiona, precisando tener a su cargo quien pueda dedicarse a su atención y despacho.

Que el artículo 2º del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto 1759/72 - T.O. 2017 establece que: “El Jefe de Gabinete de Ministros, los Ministros, Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y órganos directivos de entes descentralizados podrán dirigir o impulsar la acción de sus inferiores jerárquicos mediante órdenes, instrucciones, circulares y reglamentos internos, a fin de asegurar la celeridad, economía, sencillez y eficacia de los trámites, delegarles facultades; intervenirlos; y avocarse al conocimiento y decisión de un asunto a menos que una norma hubiere atribuido competencia exclusiva al inferior. (…)”.

Que, por lo expuesto, resulta necesario encomendar transitoriamente a la bioquímica Ana Laura CANIL la atención y firma del despacho del Departamento de Vigilancia Post Comercialización y Acciones Reguladoras, hasta tanto se dicte el acto administrativo pertinente.

Que la Dirección de Recursos Humanos y la Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° 1490 del 20 de agosto de 1992 y sus modificatorios, el artículo 3° de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y el artículo 2º del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017.

Por ello;

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÒN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÌA MÈDICA

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Encomiéndase a partir del 3 de marzo de 2022 la atención y firma del despacho del Departamento de Vigilancia Post Comercialización y Acciones Reguladoras del INSTITUTO NACIONAL DE MEDICAMENTOS de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA, hasta tanto se suscriba el acto administrativo pertinente de designación que tramita por Expediente N° EX-2022-28001514- -APN-DRRHH#ANMAT, a la bioquímica Ana Laura CANIL (DNI N° 30.639.862).

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, notifíquese a quienes corresponda, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Dése a la Dirección de Recursos Humanos y archívese.

Manuel Limeres

e. 29/03/2022 N° 18701/22 v. 29/03/2022

Fecha de publicación 29/03/2022