Edición del
16 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS

Resolución 167/2021

RESOL-2021-167-APN-INAI#MJ

Ciudad de Buenos Aires, 27/12/2021

VISTO las Resoluciones INAI Nº 624/08, Nº 737/14, RESOL-2021-75-APN-INAI#MJ y el EX-2021-118823601- APN-INAI#MJ, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución INAI Nº 624/08 se rediseñó el CONSEJO DE PARTICIPACION INDIGENA (CPI) en la órbita de este INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS (INAI), con el objeto de garantizar a los Pueblos Indígenas su participación y consulta en las políticas públicas y demás intereses que los afecten.

Que por Resolución INAI Nº 737/14 se aprobó el Reglamento de Funcionamiento del CPI del INAI y se determinó que el mandato de sus representantes es por el término de TRES (3) años.

Que mediante la RESOL-2021-75-APN-INAI#MJ se prorrogó el mandato de los representantes indígenas hasta el 31 de diciembre del año 2021, excepto que durante dicho período se realice la asamblea comunitaria de elección de representantes correspondiente.

Que durante el año 2021 no se pudieron realizar todas las asambleas eleccionarias de los mandatos vencidos, dada la declaración de la emergencia en materia de salud pública por el COVID-19 y la disposición del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO), decretado por el Poder Ejecutivo Nacional, mediante el Decreto N° 297/20 y sus sucesivas prórrogas.

Que conforme al Informe Técnico, IF – 2021 – 123908729-APN-DADI#INAI, la Dirección de Afirmación de Derechos Indígenas de este Instituto consideró que “…con la finalidad de dar continuidad al funcionamiento de este órgano representativo Indígena, es necesario dictar un nuevo acto administrativo que mantenga en funciones los mandatos vencidos a la fecha…” y por otro lado sostuvo que “…es necesario incluir en la solicitud de prórroga a aquellos representantes del CPI cuyos mandatos venzan durante el año 2022.

Que, resulta necesario en esta instancia por motivos de oportunidad, mérito y conveniencia y con el objeto de garantizar la continuidad y el buen funcionamiento del CPI, y la constitución del Consejo de Coordinación, ley 23.302, prorrogar los mandatos de los representantes que a la fecha no lo hayan renovado o aquellos que venzan dentro del año 2022, conforme al detalle que se expresa en el Anexo I (IF – 2021 -123897417 – DADI#INAI) y Anexo II (IF – 2021-123900090 – DADI#INAI).

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto en la Ley N ° 23.302 y su Decreto Reglamentario N° 155/89.

Por ello,

LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Prorróguese hasta el 30 de junio del año 2022, sólo los mandatos de los representantes indígenas del CONSEJO DE PARTICIPACION INDIGENA del INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS que se encuentren vencidos o que venzan dentro del año 2022 según se detalla en el Anexo I (IF – 2021 -123897417 – DADI#INAI) y Anexo II (IF – 2021-12300090 – DADI#INAI).

ARTICULO 2º.- El beneficio de la prórroga dispuesta en el artículo 1º podrá ser prorrogada hasta un máximo de seis meses más o hasta tanto se concluya el proceso eleccionario durante el año 2022.

ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

María Magdalena Odarda

e. 13/01/2022 N° 567/22 v. 13/01/2022

Fecha de publicación 13/01/2022