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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

Resolución 425/2021

RESOL-2021-425-APN-MOP

Ciudad de Buenos Aires, 29/12/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2021-125052976-APN-DGD#MOP, la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto Nº 11.672 (texto ordenado 2014) y sus modificatorias, la Ley Nº 27.431 y sus modificatorias, el Decreto Nº 167 de fecha 2 de marzo de 2018, la Resolución Nº 5 de fecha 18 de febrero de 2020 del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, publicada en el Boletín Oficial el 21 de febrero de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº 5 de fecha 18 de febrero de 2020 del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, publicada en el Boletín Oficial el 21 de febrero de 2020, se creó la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA “UNIDAD BELGRANO -NORTE GRANDE” en el ámbito de este MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, con el objetivo de contribuir a mejorar las condiciones de accesibilidad, eficiencia y seguridad de las regiones NEA y NOA de la REPÚBLICA ARGENTINA, mediante la ampliación, rehabilitación y mejora de redes viales provinciales que conectan centros de producción con mercados locales y externos, entre otros.

Que dicha Unidad fue creada en el marco de las previsiones establecidas por el Decreto Nº 167/18, por el que se facultó a los Ministros a crear, en sus respectivos ámbitos, UNIDADES EJECUTORAS ESPECIALES TEMPORARIAS en los términos del artículo 108 de la Ley Nº 27.431 y a designar a los titulares de las mismas, previa intervención de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que el artículo 108 de la Ley Nº 27.431, incorporado a la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto Nº 11.672 y sus modificatorias, estableció que dichas unidades tendrán una duración que no exceda los DOS (2) años, salvo autorización en la ley de presupuesto del año correspondiente al vencimiento del plazo.

Que, en razón de ello, por el artículo 4º de la citada Resolución MOP Nº 5/20, se dispuso que la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA “UNIDAD BELGRANO -NORTE GRANDE” quedará disuelta el 31 de diciembre de 2021.

Que resulta necesario continuar los trabajos y actividades que viene desarrollando la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA “UNIDAD BELGRANO -NORTE GRANDE” para el cumplimiento de los objetivos asignados, a fin de no resentir las tareas que se encuentran en plena ejecución, por lo que resulta conveniente prorrogar el plazo de vigencia de la citada Unidad al máximo establecido en la normativa vigente.

Que se ha dado intervención a la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de este MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta con arreglo a las atribuciones previstas en el artículo 1º del Decreto Nº 167/18.

Por ello,

EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Prorrógase hasta el día 21 de febrero de 2022 el plazo de vigencia de la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA “UNIDAD BELGRANO -NORTE GRANDE”, establecido en el artículo 4º de la Resolución Nº 5 de fecha 18 de febrero de 2020 de este MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, publicada en el Boletín Oficial el 21 de febrero del mismo año.

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a los créditos vigentes de la Jurisdicción 64 – MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Gabriel Nicolás Katopodis

e. 03/01/2022 N° 102319/21 v. 03/01/2022

Fecha de publicación 03/01/2022