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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 875/2021

RESOL-2021-875-APN-MT

Ciudad de Buenos Aires, 29/12/2021

VISTO el EX-2018-35502616- -APN-DGD#MT, la Ley N° 23.551, Ley 25.674, N° 26.390 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 467 de fecha 14 de abril de 1988, 514 de fecha 7 de marzo de 2003 y 7 de fecha 10 de diciembre de 2019, y

CONSIDERANDO

Que por la Ley N° 23.551 y sus modificatorias se estableció el régimen aplicable para las asociaciones que tengan por objeto la defensa de los intereses de los trabajadores.

Que, con fecha 25 de Julio de 2018 la asociación sindical SINDICATO UNIFICADO DE MUNICIPALES DE AVELLANEDA (S.U.M.A.), con domicilio en Ingeniero Guillermo Marconi 677, Avellaneda, Provincia de BUENOS AIRES, solicitó la personería gremial, de conformidad con la Ley N° 23.551 y sus modificatorias, y a su Decreto Reglamentario N° 467 de fecha 14 de abril de 1988.

Que por Resolución Nº 1613/2015 de fecha 3 de Diciembre de 2015 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la mencionada entidad obtuvo Inscripción Gremial, la que se encuentra registrada bajo el N° 3061.

Que el ámbito reconocido a la entidad conforme su inscripción gremial, comprende a los trabajadores que presten servicios bajo relación de dependencia, con la Municipalidad de Avellaneda. Asimismo, agrupará a los jubilados que al momento de acogerse al beneficio jubilatorio se encontraren afiliados a la entidad. Con zona de actuación en todo el territorio que comprende la Municipalidad de Avellaneda, Partido de Avellaneda, Provincia de Buenos Aires.

Que de conformidad con lo establecido por el artículo 25, incisos a) y b) de la Ley N° 23.551 de Asociaciones Sindicales, se ha valorado la acreditación del universo de trabajadores y la acreditación de la representatividad respecto a los trabajadores que prestan servicios bajo relación de dependencia con la Municipalidad de Avellaneda, Provincia de Buenos Aires.

Que pudiendo existir en el ámbito y zona de actuación solicitado, colisión con los ámbitos que detentan sindicatos de primer grado con personería gremial preexistente, se corrió traslado en virtud de lo prescripto en el artículo 28 de la Ley N° 23.551 a las siguientes entidades: SINDICATO DE TRABAJADORES MUNICIPALES DE AVELLANEDA, ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO, UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION, ASOCIACIÓN DE MEDICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA y SINDICATO DE SALUD PUBLICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Que el SINDICATO DE TRABAJADORES MUNICIPALES DE AVELLANEDA (S.T.M.A.) se opuso al otorgamiento de la personería gremial a la peticionante.

Que se presentó ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO remitiéndose a la vigencia de las Resoluciones MTEySS 51/87 y 255/03.

Que UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION, ASOCIACIÓN DE MEDICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA y SINDICATO DE SALUD PUBLICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES no contestaron el traslado conferido.

Que con fecha 09 de Septiembre de 2021 se realizó en la sede de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales la audiencia a fin de que SINDICATO UNIFICADO DE MUNICIPALES DE AVELLANEDA y SINDICATO DE TRABAJADORES MUNICIPALES DE AVELLANEDA efectuasen el cotejo de representatividad y control mutuo en el mismo acto. A dicha audiencia sólo acudió la peticionante a exhibir su documentación

Que en la citada audiencia la peticionante acreditó idéntica afiliación cotizante que la verificada en fecha 28 de Enero de 2021.

Que la peticionante ha acreditado una representación constante en cada uno de los meses requeridos, por lo que se encuentran cumplidos los requisitos establecidos por el art. 28 de la Ley N° 23.551 y del artículo 21 del Decreto Reglamentario N° 467/88.

Que obra dictamen jurídico de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales al tomar intervención, receptando favorablemente la petición de autos.

Que consecuentemente, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 25 y siguientes de la Ley N° 23.551, corresponde otorgar la personería gremial a la peticionante, disponiendo su inscripción registral y la publicación en el Boletín Oficial.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que conforme lo previsto por la Resolución N° 255 de fecha 22 de octubre de 2003 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, no se produce desplazamiento alguno respecto del reconocimiento de la Personería Gremial de las entidades preexistentes en el ámbito del Sector Público.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias y los artículos 25 y 28 de la Ley 23.551.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Otórgase al SINDICATO UNIFICADO DE MUNICIPALES DE AVELLANEDA (S.U.M.A.), con domicilio en Ingeniero Guillermo Marconi 677, Avellaneda, Provincia de BUENOS AIRES, la Personería Gremial para agrupar a los trabajadores que presten servicios bajo relación de dependencia, con la Municipalidad de Avellaneda, con zona de actuación en todo el territorio que comprende la Municipalidad de Avellaneda, Partido de Avellaneda, Provincia de Buenos Aires.

ARTICULO 2°: La personería gremial otorgada, no desplazará en el colectivo asignado, las personerías gremiales de las asociaciones sindicales preexistentes del sector público, conforme artículo 1 Resolución MTEySS 255/2003.

ARTICULO 3°: Dispónese la publicación sintetizada y sin cargo de la presente Resolución en el Boletín Oficial, en la forma indicada por la Resolución de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales Nº 12/01.

ARTÍCULO 4º: Regístrese en la DIRECCIÓN NACIONAL DE ASOCIACIONES SINDICALES.

ARTÍCULO 5°: Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGÍSTRO OFICIAL y archívese.

Claudio Omar Moroni

e. 31/12/2021 N° 102126/21 v. 31/12/2021

Fecha de publicación 31/12/2021