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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL

Resolución 23/2021

RESOL-2021-23-APN-SDT#MDTYH

Ciudad de Buenos Aires, 29/12/2021

VISTO el expediente Nº EX-2021-56952989-APN-DGDYD#MDTYH, las Resoluciones Nros. 19 del 8 de mayo de 2020 y 14 del 19 de enero de 2021 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, las Disposiciones Nros. 1 del 18 de junio de 2020 y 5 del 11 de septiembre de 2020 de la ex SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA DE SUELO Y URBANISMO dependiente de la SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, y

CONSIDERANDO:

Que por medio de la Resolución Nº 19/20 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT se creó el “Plan Nacional de Suelo Urbano”, facultándose por el artículo 7º a la entonces SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA DE SUELO Y URBANISMO dependiente de la SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, a dictar las normas complementarias e interpretativas que resulten pertinentes y autorizándola a suscribir los convenios necesarios para el cumplimiento de los objetivos dispuestos en la mencionada Resolución.

Que el Plan Nacional de Suelo Urbano comprende el Programa Nacional de Producción de Suelo, el Programa Nacional de Capacitación y Asistencia Técnica en Políticas de Suelo y la Mesa Intersectorial de Políticas de Suelo.

Que por medio de la Disposición Nº 1/20 de la ex SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA DE SUELO Y URBANISMO se creó el Programa Nacional de Producción de Suelo, aprobándose asimismo su Reglamento Particular.

Que por medio de la Disposición Nº 5/20 de la ex SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA DE SUELO Y URBANISMO se aprobó el “Manual de Ejecución del Programa Nacional de Producción de Suelo”

Que la Resolución del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT N° 14/21 estableció que el Plan Nacional de Suelo será implementado por el MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT a través de la SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL, facultándose a dicha Secretaría a dictar las normas complementarias e interpretativas que resulten pertinentes y autorizándola a suscribir los convenios necesarios para el cumplimiento de los objetivos dispuestos en la mencionada Resolución.

Que de la experiencia recabada en el tiempo de implementación, resulta necesaria la modificación de la normativa aprobada con anterioridad mediante las Disposiciones Nros. 1/20 y 5/20 de la ex SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA DE SUELO Y URBANISMO.

Que asimismo, deviene indispensable la aprobación de los Montos Máximos Financiables aplicables al “Programa Nacional de Producción de Suelo”.

Que la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT ha tenido la intervención previa a la aprobación del proyecto, en cumplimiento de lo normado en el Artículo 101 del Decreto Nº 1344 del 4 de octubre de 2007.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 7º de la Resolución Nº 19/20 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT.

Por ello,

El SECRETARIO DE DESARROLLO TERRITORIAL

RESUELVE

ARTÍCULO 1°. - Sustitúyase el artículo 2° de la Disposición N° 1 del 18 de junio de 2020 de la ex SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA DE SUELO Y URBANISMO por el siguiente:

“ARTÍCULO 2°. - Apruébese el Reglamento Particular del “Programa Nacional de Producción de Suelo”, el cual como Anexo I (IF-2021-110104073-APN-SDT#MDTYH) forma parte integrante de la presente medida.”

ARTÍCULO 2°. - Autorizase al titular de la DIRECCIÓN NACIONAL DE POLÍTICA DE SUELO Y REGULARIZACIÓN DOMINIAL, a suscribir en representación de la SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL los convenios específicos en el marco del Programa Nacional de Producción de Suelo, de acuerdo a los lineamientos indicados en el Anexo I (IF-2021-110104073- APN-SDT#MDTYH)

ARTÍCULO 3°. - Deróguese la Disposición Nº 5 del 11 de septiembre de 2020 de la ex SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA DE SUELO Y URBANISMO.

ARTÍCULO 4°. - Apruébese los “Montos Máximos Financiables” aplicables al “Programa Nacional de Producción de Suelo”, creado por la Resolución Nº 19/20 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT que se indican en el Anexo II (IF-2021-110104126-APN-SDT#MDTYH) que integra la presente medida.

ARTÍCULO 5°. - La presente norma entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Luciano Scatolini

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 31/12/2021 N° 102328/21 v. 31/12/2021

Fecha de publicación 31/12/2021