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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR Y  SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS METROPOLITANAS

Disposición Conjunta 1/2021

DISFC-2021-1-E-AFIP-SDGOAM

Ciudad de Buenos Aires, 18/12/2021

VISTO el EX-2021-01050138-AFIP-ADCAMP#SDGOAM y

CONSIDERANDO:

Que ante el elevado volumen operativo de la zona del Paraná Guazú, km 171, resulta conveniente reforzar el control y facilitar el comercio a los operadores, garantizando un mejor desempeño y supervisión aduanera, surgiendo la necesidad de contar con una unidad orgánica que realice funciones de interés estratégico en la zona.

Que como consecuencia de ello y con el fin de realizar las funciones de control para el ingreso, tránsito y permanencia de las mercaderías, definidas como de alto riesgo fiscal, a efectos de impedir el tráfico marginal, así como el control sobre los pasajeros, tripulantes y equipajes, se considera necesaria la creación de una unidad de estructura con nivel de Sección, con tareas específicas.

Que por el Artículo 67° de la Disposición AFIP N° 13/2015 se faculta a las Subdirecciones Generales de Operaciones Aduaneras Metropolitanas y del Interior a establecer la dependencia jerárquica de los cupos de Jefatura de Sección y Oficina asignados en el Anexo C respectivo, así como a adecuar conjuntamente la denominación, acción y tareas aprobadas en los Anexos BS y BO de la mencionada Disposición, a fin de dotar a las estructuras orgánicas de las Aduanas de la suficiente flexibilidad y facilitar su adaptación a las particularidades de cada zona geográfica, modalidad de gestión y volumen de operaciones.

Que en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 67 de la Disposición AFIP N° 13/2015, las suscriptas se encuentran facultadas para dictar la presente.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

LA SUBDIRECTORA GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS METROPOLITANAS

DISPONEN:

ARTÍCULO 1.- Asignar la denominación, acción y tareas a la Sección “Control de la Hidrovía Sur”, de acuerdo al IF-2021-01584769-AFIP-SDGOAM, el cual complementa a lo establecido en el Anexo BS, parte pertinente, correspondiente a las secciones existentes en el ámbito de las Aduanas.

ARTÍCULO 2.- La presente Disposición entrará en vigencia a partir de los VEINTE (20) días corridos, contados desde el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y a la Dirección de Gestión Organizacional, la Dirección de Personal y al Departamento Administrativo y Financiero de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior. Cumplido, archívese.

María Isabel Rodríguez - Rosana Ángela Lodovico

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 22/12/2021 N° 99445/21 v. 22/12/2021

Fecha de publicación 22/12/2021