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9 de Diciembre de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA ORÁN

Por desconocerse el domicilio, se cita a las personas que más abajo se detallan, para que en el perentorio plazo de (3) tres días hábiles administrativos se presenten a presenciar la verificación física de las mercaderías secuestradas en las mismas, conforme a lo previsto en el Art. 1094 inc. b) del Código Aduanero Ley 22.415, bajo apercibimiento de tener por confirmada las efectuadas sin derecho a reclamar al resultado de la misma, la cual se realizara en la sede de la Aduana de Oran, sita en Av. Palacios N° 830 Local 3 de la ciudad de Oran (Salta). Al propio tiempo se les cita para que dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles administrativos comparezcan en los Sumarios enumerados respectivamente a presentar defensa y ofrecer pruebas por las infracciones que en cada caso se indican, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán asimismo constituir domicilio dentro del radio urbano de la oficina (Art. 1001 C.A.), bajo apercibimiento del Art. 1004 C.A. Se les hace saber que de corresponder el pago de la multa mínima y el abandono de la mercadería, producirá la extinción de la acción penal aduanera, el antecedente no será registrado (Arts. 930/932 del C.A.). Asimismo se le hace saber que en caso de haber entre las mercaderías secuestradas, artículos de los indicados en el art. 4º y 5º de la Ley 25.603, u otros, perecederos o cualquier otro tipo de mercadería cuya permanencia implicara peligro para su inalterabilidad o la de la contigua, se procederá de conformidad a las previsiones indicadas en la citada Ley 25.603 o en su caso conforme al Capítulo Tercero, Título II, Sección V del Código Aduanero Ley 22.415.-. FDO. BERETTA EDGARDO ENRIQUE. Administrador Aduana de Orán.

SUMARIO NUMERO 076INTERESADOINFRACC. ARTS. CA.IMPORTE MULTA en PESOS
581/2021/8SANTOS GEOVANA GABRIELA947140.353,95
580/2021/KSANTOS GEOVANA GABRIELA947337.844,85
491/2021/8LEAÑEZ MARCELO987103.234,64
350/2021/3RUIZ MARCELO947120.298,06
482/2021/8PIMENTEL AMADO987321.863,80
504/2021/1BARRIENTOS ZALAZAR CIVILA, TARFA LUIS ALBERTO, BARRIENTOS ZALAZAR TERESA94790.990,66
539/2021/2URZAGASTI FERNANDO IVAN94760.855,30
384/2021/6LUIS CHIRAPANI947149.495,18
610/2021/5FLORES JAVIER ALEJANDRO98727.562,50
413/2021/3FERNANDO DAVID TARIFA947147.134,92
611/2021/3VILLAREAL HECTOR RICARDO98726.454,49
698/2021/7FUENTES SOSA JOSE94796.196,80
696/2021/5CARY SANCHEZ ROBER CECILIO94735.102,42
695/2021/7FERNANDEZ GALEAN ILSEN94795.288,22
693/2021/0RIERA YOLANDA TERESA94796.276,66
692/2021/2ANDRADA VICTOR ALBERTO947188.259,76
676/2021/9GONZALEZ ZARATE VILMA98785.679,11
677/2021/7HECTOR OMAR COCA98788.648,72
682/2021/4JESUS DAVID ARAOZ98744.324,36
688/2021/9AGUILERA ALBERTO OSCAR947323.651,64

Edgardo Enrique Beretta, Administrador de Aduana.

e. 20/12/2021 N° 98245/21 v. 20/12/2021

Fecha de publicación 20/12/2021