ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Sintetizada 515/2021
ACTA N° 1731
Expediente ENRE N° EX-2019-10977857-APN-SD#ENRE
Buenos Aires, 12 DE DICIEMBRE DE 2021
La Señora Interventora del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Sancionar a la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN ALTA TENSIÓN TRANSENER SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSENER S.A.) en la suma de PESOS ONCE MILLONES CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL CIENTO SESENTA Y NUEVE CON TREINTA Y UN CENTAVOS ($ 11.179.169,31) por incumplimientos a lo dispuesto en el artículo 22 inciso a) de su Contrato de Concesión, al Régimen de Calidad de Servicio y Sanciones del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión contenido en el Subanexo II-B de su dicho contrato, y las Resoluciones del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) N° 552 de fecha 26 de octubre de 2016 y Nº 580 de fecha 9 de noviembre de 2016, correspondientes al mes de septiembre 2018, cuyo detalle , duración y montos de penalización se expresan en el Anexo IF-2021-00443226-APN-DTEE#ENRE. 2.- Instruir a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a que efectúe el débito de PESOS DIEZ MILLONES CIENTO OCHENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS DIECISÉIS CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 10.187.316,75) sobre la liquidación de ventas de TRANSENER S.A., por indisponibilidades de equipamiento propio de líneas, conexión y potencia reactiva según se detalla en el Anexo IF-2021-00443226-APNDTEE#ENRE. 3.- Instruir a CAMMESA a que efectúe el débito de PESOS OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON TRES CENTAVOS ($ 899.457,03) sobre la liquidación de ventas de TRANSENER S.A., por incumplimientos incurridos por sus transportistas independientes al Régimen de Calidad de Servicio estipulado en el Anexo II de los Contratos de Electroducto respectivos, consistentes en indisponibilidades programadas de equipamiento de líneas, conexión y reactivos, según se detalla en el Anexo IF-2021-00443226-APN-DTEE#ENRE. 4.- Instruir a CAMMESA a que efectúe el débito de PESOS NOVENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON CINCUENTA Y TRES CENTAVOS ($ 92.395,53) sobre la liquidación de ventas de TRANSENER S.A., por incumplimiento en cuanto a sus obligaciones respecto de la supervisión a la Operación y Mantenimiento de sus transportistas independientes según se detalla en el Anexo IF-2021-00443226-APN-DTEE#ENRE. 5.- Determinar que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 del Subanexo II-B del Contrato de Concesión de TRANSENER S.A. y de acuerdo con la metodología de cálculo y asignación de pago por los usuarios y demás especificaciones detalladas en el Anexo VI de la Resolución ENRE N° 66 del 31 de enero de 2017 -modificada por Resolución ENRE N° 280 del 16 de noviembre de 2018-, los premios que percibirá TRANSENER S.A., correspondientes al mes de septiembre de 2018, en la suma de PESOS ONCE MILLONES NOVENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO CON DOS CENTAVOS ($ 11.098.588,02) de acuerdo al detalle que se efectúa en el Anexo IF-2021-00443226-APN-DTEE#ENRE. 6.- Instruir a CAMMESA para que, a los efectos del pago del incentivo establecido en el artículo precedente, efectúe los correlativos débitos a los usuarios del sistema de transporte, cuyo total consta en el Anexo IF-2021-00443226-APN-DTEE#ENRE, para ser acreditados sobre la liquidación de venta de TRANSENER S.A. 7.- Notifíquese a CAMMESA y a TRANSENER S.A. lo dispuesto en este acto, con copia de la presente resolución y del Anexo IF-2021-00443226-APN-DTEE#ENRE. Hágase saber a esta última que: a) Se le otorga vista del expediente por única vez y por el término de DIEZ (10) días hábiles administrativos contados desde la notificación de este acto, y b) La presente resolución es susceptible de ser recurrida en los plazos que se indican, los que se computarán a partir del día siguiente al último de la vista concedida: (i) Por la vía del recurso de reconsideración conforme lo dispone el artículo 84 del Reglamento de Procedimientos Administrativos - Decreto N° 1.759/72 T.O. 2017, dentro de los DIEZ (10) días hábiles administrativos, como así también; (ii) En forma subsidiaria o alternativa, por la vía del recurso de alzada previsto en el artículo 94 del citado reglamento y en el artículo 76 de la Ley N° 24.065 de Marco Regulatorio Eléctrico Nacional, dentro de los QUINCE (15) días hábiles administrativos; y (iii) Mediante el recurso directo por ante la CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL contemplado en el artículo 81 de la Ley N° 24.065, dentro de los TREINTA (30) días hábiles judiciales contados de igual forma que en los supuestos anteriores. 8.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Interventora del ENRE, Dra. María Soledad Manín.
Claudia Elizabeth Caravelli, Asistente administrativa, Secretaría del Directorio.
e. 15/12/2021 N° 96489/21 v. 15/12/2021
Fecha de publicación 15/12/2021