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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRANSPORTE SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

Disposición 93/2021

DI-2021-93-APN-SSGA#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 09/12/2021

VISTO los Expedientes N° EX-2021-49081588- -APN-DGD#MTR y N° EX-2021-55005146- -APN-DCO#MTR, los Decretos N° 1023 de fecha 13 de agosto de 2001, sus modificatorios y complementarios, N° 1030 de fecha 15 de septiembre de 2016, N° 632 de fecha 6 de julio de 2018, las Disposiciones N° 62, N° 63 y N° 65 de fecha 27 de septiembre de 2016, todas de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y N° 36 de fecha 15 de julio de 2021 de la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCURA Y SERVICIOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:

Que por los Expedientes citados en el Visto tramita el procedimiento de selección para la adquisición de SIETE (7) vehículos destinados a ampliar y fortalecer el parque automotor oficial del MINISTERIO DE TRANSPORTE, a solicitud de la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE (cfr. Providencia N° PV-2021-49091104-APN-DGIYS#MTR de fecha 1° de julio de 2021).

Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS prestó conformidad al presente procedimiento en los términos del Decreto N° 632 de fecha 6 de julio de 2018 mediante la Nota N° NO-2021-53575269-APN-SCA#JGM de fecha 15 de junio de 2021, previa intervención de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO a través la Nota N° NO-2021- 53276327-APN-DNSRYI#AABE de fecha 14 de junio de 2021.

Que por la Disposición N° 36 de fecha 15 de julio de 2021 de la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE se autorizó la convocatoria a Licitación Pública N° 451-0006-LPU21 y se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Especificaciones Técnicas N° PLIEG-2021- 63693892-APN-DGIYS#MTR, en el que se previó la adquisición de UN (1) vehículo ejecutivo Sedán 4 puertas segmento D (Renglón N°1) y de SEIS (6) vehículos operativos Sedán 4 puertas segmento D (Renglón N° 2).

Que mediante la Disposición N° 63 de fecha 27 de septiembre de 2016 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN (t.o. 2019) se aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional que rige el presente proceso.

Que, a dichos efectos, la DIRECCIÓN DE CONTRATACIONES dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE efectuó la correspondiente afectación presupuestaria preventiva a través del Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional “COMPR.AR” mediante la Solicitud de Contratación N° 451-39-SCO21, por un total de PESOS TREINTA MILLONES CIENTO SESENTA MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE ($ 30.160.479.-).

Que la presente contratación se encuadró bajo la figura de Licitación Pública de acuerdo a lo previsto en el artículo 25, inciso a) del Decreto N° 1023 de fecha 13 de agosto de 2001 y en los artículos 10 y 27, inciso c) del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030 de fecha 15 de septiembre de 2016.

Que, conforme lo dispuesto por la Disposición N° 65 de fecha 27 de septiembre de 2016 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES dependiente del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, el procedimiento de selección tramitó de forma electrónica a través del Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional “COMPR.AR”.

Que con fecha 9 de agosto de 2021 tuvo lugar la apertura de ofertas de la Licitación Pública N° 451-0006- LPU21, conforme surge del Acta registrada en el sistema de Gestión Documental Electrónica bajo el N° IF- 2021-73381635-APN-DCO#MTR, de la cual surge la presentación de TRES (3) ofertas correspondientes a las firmas: CIDANE SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-70935176-8); CABALLITO CARS SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-71592050-2) y TOYOTA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 33-67913936-9).

Que en fecha 10 de agosto del 2021 se confeccionó el Cuadro Comparativo de Ofertas registrado en el sistema de Gestión Documental Electrónica bajo el N° IF-2021-73382302-APN-DCO#MTR, conforme lo prescripto por el artículo 26 del Anexo I de la Disposición N° 62 de fecha 27 de septiembre de 2016 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, del cual surge que la firma CIDANE SOCIEDAD ANÓNIMA presentó una oferta alternativa para el Renglón N° 1 de la Licitación Pública de marras por un total de PESOS SIETE MILLONES DOSCIENTOS VEINTISEIS MIL ($ 7.226.000.-); que la firma CABALLITO CARS SOCIEDAD ANÓNIMA presentó dos ofertas alternativas para el Renglón N° 2, las cuales ascienden a un total de PESOS VEINTISIETE MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS ($ 27.445.296.-) y PESOS VEINTIUN MILLONES OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO ($ 21.082.584.-), respectivamente; y que la firma TOYOTA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA presentó una oferta alternativa para el Renglón N° 2 por un total de PESOS VEINTICINCO MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y UN MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON CINCUENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 25.491.994,56).

Que las ofertas fueros exhibidas por el término de DOS (2) días, de conformidad a lo prescripto por el artículo 60 del Anexo I del Decreto N° 1030/2016 y por el artículo 24 del Anexo I de la mentada Disposición N° 62/2016 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que la nombrada DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS efectuó un análisis técnico y económico de las ofertas presentadas mediante la Providencia N° PV-2021-82063801-APN- DGIYS#MTR de fecha 2 de septiembre de 2021, en el que consideró que la oferta presentada por la firma CIDANE SOCIEDAD ANÓNIMA para el Renglón N° 1 resulta técnicamente inadmisible por no cumplir con lo requerido en las Especificaciones Técnicas que como Anexo I obran agregadas al Pliego de Bases y Condiciones N° PLIEG-2021-63693892-APN-DGIYS#MTR, y económicamente inconveniente; y que las ofertas presentadas por la firma CABALLITO CARS SOCIEDAD ANÓNIMA para el Renglón N° 2 resultan técnicamente inadmisibles pues no cumplen con lo requerido en las Especificaciones Técnicas que como Anexo I obran agregadas al Pliego de Bases y Condiciones N° PLIEG-2021-63693892-APN-DGIYS#MTR.

Que la referenciada Dirección General continúo diciendo que la oferta presentada por la firma TOYOTA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA para el Renglón N° 2 cumple con la totalidad de los requisitos técnicos dispuestos en el Pliego y su propuesta económica es acorde a los valores del mercado.

Que, por las consideraciones expuestas y teniendo en consideración que la adquisición objeto de la presente contratación resulta imprescindible y de impostergable necesidad para el normal y adecuado funcionamiento de este Ministerio, la citada DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS entendió oportuno y conveniente proponer la adjudicación de la Licitación Pública N° 451-0006-LPU21 a la firma TOYOTA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 33-67913936-9), toda vez que cumple con la totalidad de los requisitos técnicos dispuestos en el Pliego y su propuesta económica es acorde a los valores del mercado.

Que, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 71 del Anexo I del Decreto N° 1030/2016 y 27 del Anexo I a la Disposición N° 62/2016 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, la COMISIÓN EVALUADORA DE OFERTAS de este Ministerio emitió el Dictamen de Evaluación de Ofertas de fecha 7 de septiembre de 2021 registrado en el sistema de Gestión Documental Electrónica bajo el N° IF-2021-107440957-APN-DCO#MTR, por el que analizó las ofertas confirmadas y recomendó adjudicar el Renglón N° 2 a la firma TOYOTA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA y desestimar las ofertas presentadas por las firmas CIDANE SOCIEDAD ANÓNIMA para el Reglón N° 1 y CABALLITO CARS SOCIEDAD ANÓNIMA para el Reglón N° 2.

Que mediante el Acta Complementaria de fecha 7 de septiembre de 2021 registrada en el sistema de Gestión Documental Electrónica bajo el N° IF-2021-83702503-APN-SSGA#MTR, tomó nueva intervención la mencionada Comisión Evaluadora a efectos de realizar un análisis técnico, administrativo y económico complementario de las ofertas presentadas mediante el cual concluyó que recomienda desestimar la oferta presentada por la firma CIDANE SOCIEDAD ANÓNIMA por resultar técnicamente inadmisible (para el Renglón Nº 1), atento a lo manifestado por el área requirente en su informe, y económicamente inconveniente, destacando, a su vez, que el oferente no se encuentra debidamente inscripto en el SIPRO (cfr. constancia registrada en el sistema de Gestión Documental Electrónica bajo el N° IF-2021-73671720-APN-DCO#MTR); y también desestimar la oferta de la firma CABALLITO CARS SOCIEDAD ANÓNIMA por resultar técnicamente inadmisible su propuesta base así como la alternativa (para el Renglón N° 2).

Que, asimismo, la Comisión recomendó que, en función de la evaluación realizada y teniendo en cuenta el cumplimiento de los requisitos técnicos, administrativos y económicos, se proceda a adjudicar el Renglón Nº 2 de la presente contratación a TOYOTA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 33-67913936-9), firma que se encuentra debidamente inscripta en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO), sin registrar sanciones ante el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) - Ley N° 26.940, ni deuda ante la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, tal como surge de las constancias registradas en el sistema de Gestión Documental Electrónica bajo el N° IF-2021-83683538-APN-SSGA#MTR.

Que, finalmente, la COMISIÓN EVALUADORA DE OFERTAS del MINISTERIO DE TRANSPORTE recomendó declarar fracasado el Renglón N° 1 del presente procedimiento, por no existir ofertas admisibles ni convenientes para el mismo.

Que el Dictamen de Evaluación de Ofertas fue fehacientemente notificado a las firmas oferentes de conformidad con lo prescripto por el artículo 72 del Anexo I del Decreto N° 1030/2016 y el artículo 28 del Anexo I de la Disposición N° 62/2016 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, sin recibir impugnaciones en el plazo normado para ello, de acuerdo a lo informado por la DIRECCIÓN DE CONTRATACIONES dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE mediante la Providencia N° PV-2021-86828051-APN-DCO#MTR de fecha 15 de septiembre de 2021.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE prestó conformidad a la medida proyectada mediante la Providencia N° PV-2021-108918274-APN-DGIYS#MTR de fecha 10 de noviembre de 2021.

Que la DIRECCIÓN DE CONTRATACIONES dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN DE DICTÁMENES dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Anexo al artículo 9 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030 de fecha 15 de septiembre de 2016, sus modificatorios y complementarios.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase todo lo actuado en la Licitación Pública N° 451-0006-LPU21, para la adquisición de SIETE (7) vehículos que formarán parte del parque automotor oficial del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

ARTÍCULO 2°.- Adjudícase el Renglón N° 2 de la Licitación Pública N° 451-0006-LPU21, correspondiente a la adquisición de SEIS (6) vehículos operativos Sedán 4 puertas segmento D, a la firma TOYOTA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 33-67913936-9), por un monto total de PESOS VEINTICINCO MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y UN MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON CINCUENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 25.491.994,56.-).

ARTÍCULO 3°.- Desestímanse las ofertas presentadas por las firmas CIDANE SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-70935176-8) para el Renglón N° 1 y CABALLITO CARS SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-71592050-2) para el Renglón N° 2, por las razones expuestas en los considerandos de la presente medida.

ARTÍCULO 4°.- Declárase fracasado el Renglón N° 1 de la Licitación Pública N° 451-0006-LPU21, correspondiente a la adquisición de UN (1) vehículo ejecutivo Sedán 4 puertas segmento D, por las razones expuestas en los considerandos de la presente medida.

ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente medida deberá imputarse a la partida presupuestaria 4.3.2 - Ejercicio Financiero 2021 – Fuente de Financiamiento 1.1 - Servicio Administrativo Financiero 327 – Jurisdicción 57 – MINISTERIO DE TRANSPORTE.

ARTÍCULO 6°.- Procédase por la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE al registro del compromiso. Cumplido, continúe el trámite pertinente.

ARTÍCULO 7°.- Delégase en la DIRECCIÓN DE CONTRATACIONES dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE la facultad para autorizar y notificar la Orden de Compra respectiva, de conformidad con el artículo 75 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto Reglamentario N° 1030 de fecha 15 de septiembre de 2016.

ARTÍCULO 8°.- Notifíquese lo resuelto en el presente acto en los términos del artículo 7 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1030 de fecha 15 de septiembre de 2016 y sus modificatorios, dentro de los tres (3) días del dictado del presente, a las firmas CIDANE SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-70935176-8), CABALLITO CARS SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-71592050-2) y TOYOTA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 33-67913936-9).

ARTÍCULO 9°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Julio Alejandro Roca

e. 14/12/2021 N° 95945/21 v. 14/12/2021

Fecha de publicación 14/12/2021