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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 2101/2021

RESOL-2021-2101-APN-MC

Ciudad de Buenos Aires, 10/12/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-111850856- -APN-DGD#MC, las Resoluciones Nº 1851 de fecha 10 de diciembre de 2020 y Nº 1013 de fecha 05 de agosto de 2021 del MINISTERIO DE CULTURA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución M.C. N° 1851/20 (RESOL-2020-1851-APN-MC) se modificó el RÉGIMEN DE PREMIOS A LA PRODUCCIÓN CIENTÍFICA, ARTÍSTICA Y LITERARIA, convocándose al certamen de Premios Nacionales para el año 2020 conforme a las especialidades estipuladas en el artículo 6° del Anexo que forma parte de la citada medida.

Que por la Resolución M.C. N° 1013/21 (RESOL-2021-1013-APN-MC), se designó a los Jurados de los PREMIOS NACIONALES del Grupo C: ENSAYO (Especialidad III. FILOSÓFICO), Producción 2016-2019.

Que el jurado mencionado en primer término, ha producido su dictamen fundamentado en un detenido estudio de las obras en concurso.

Que en consecuencia ha seleccionado las obras que son merecedoras de las distinciones según el acta que obra en los presentes actuados.

Que se han cumplimentado los recaudos y formalidades establecidas en la reglamentación vigente.

Que por lo expuesto, corresponde adjudicar los PREMIOS A LA PRODUCCIÓN CIENTÍFICA, ARTÍSTICA Y LITERARIA para el Grupo C: ENSAYO (Especialidad III. FILOSÓFICO), Producción 2016-2019.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN DE PROYECTOS CULTURALES de la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL ha intervenido en cuanto resulta materia de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que el gasto que demande la presente, será imputado con cargo a las partidas presupuestarias asignadas mediante la Ley Nº 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021 y distribuido por la Decisión Administrativa N° 4 de fecha 15 de enero de 2021 (DECAD-2021-4-APN-JGM).

Que la presente medida se dicta con fundamento en lo normado por los incisos g) y h) del artículo 9° del ANEXO I - RÉGIMEN DE PREMIOS A LA PRODUCCIÓN CIENTÍFICA, ARTÍSTICA Y LITERARIA (IF-2020-71485529-APN-DNPPC#MC) aprobado por Resolución MC N° 1851/20, y en virtud de la competencia asignada por la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. por Decreto N° 438/92 y sus modificatorios) y los Decretos Nº 392/86 y Nº 1344/07 y sus modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar lo actuado por el Jurado que entendió en el discernimiento de los PREMIOS A LA PRODUCCIÓN CIENTÍFICA, ARTÍSTICA Y LITERARIA para el Grupo C: ENSAYO (Especialidad III. FILOSÓFICO), Producción 2016-2019, según acta celebrada a tal fin y que como ANEXO l (IF-2021-106658590-APN-DNPPC#MC) forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Declarar a los ganadores de las distinciones y adjudicar las asignaciones monetarias que para los premios determina la Resolución M.C. N° 1851/20 (RESOL-2020-1851-APN-MC) conforme el siguiente detalle y dejándose constancia que el galardonado con la máxima distinción se hará acreedor de la pensión mensual y vitalicia en los términos establecidos por la Ley N° 16.516, sus modificatorias y decretos reglamentarios:

· Primer Premio: dotado con la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($250.000.-) a Mónica Beatriz CRAGNOLINI (D.N.I. N°12.989.470) por su obra “Extraños animales. Filosofía y animalidad en el pensar contemporáneo” (Orden 18).

· Segundo Premio: dotado con la suma de PESOS CIENTO SESENTA MIL ($160.000.-) a Hernán Gabriel BORISONIK (D.N.I. N°26.733.368) por su obra “Soporte. El uso del dinero como material en las artes visuales” (Orden 01).

· Tercer Premio: dotado con la suma de PESOS NOVENTA MIL ($90.000.-) a Ariel Gastón GUREVICH (D.N.I. N°31.963.309) por su obra “La vida digital - Intersubjetividad en tiempos de plataformas sociales” (Orden 28).

· Mención Especial: a Germán Osvaldo PROSPERI (D.N.I. N°24.989.870) por su obra “La máquina óptica. Antropología del fantasma y (extra) ontología de la imaginación” (Orden 10).

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demanda el cumplimiento de la presente, por la suma total de PESOS QUINIENTOS MIL ($500.000) se atenderá con cargos a las partidas presupuestarias del presente ejercicio correspondiente a la JURISDICCIÓN 72 - MINISTERIO DE CULTURA.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.

Tristán Bauer

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 14/12/2021 N° 95946/21 v. 14/12/2021

Fecha de publicación 14/12/2021