Edición del
27 de Marzo de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD

Resolución 3590/2021

RESOL-2021-3590-APN-MS

Ciudad de Buenos Aires, 09/12/2021

VISTO el EX-2021-26362973-APN-DNCSSYRS#MS del Registro del MINISTERIO DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que las políticas de Salud tienen por objetivo primero y prioritario asegurar el acceso de todos los habitantes de la Nación a los Servicios de Salud, entendiendo por tales al conjunto de los recursos y acciones de carácter promocional, preventivo, asistencial y de rehabilitación, sean éstos de carácter público estatal, no estatal o privados; con fuerte énfasis en el primer nivel de atención.

Que, en el marco de las políticas vinculadas a la salud, desarrolladas por el ESTADO NACIONAL a través del MINISTERIO DE SALUD, se implementa el PROGRAMA NACIONAL DE GARANTÍA DE CALIDAD DE LA ATENCIÓN MÉDICA, creado por Resolución Nº 432 de fecha 27 de noviembre de 1992 de la entonces SECRETARÍA DE SALUD, actual MINISTERIO DE SALUD.

Que entre los objetivos del referido Programa se encuentran el diseño de instrumentos, la capacitación, sensibilización, investigación y gestión de mejoras de los riesgos sanitarios en los establecimientos de todo el país.

Que entre las funciones del Programa se encuentra la elaboración de recomendaciones que constituyen instrumentos para la mejora de la calidad de los servicios de salud.

Que los procedimientos y mejora de la calidad en radiología diagnóstica consisten en aprovechar al máximo el efecto del tratamiento clínico y reducir al mínimo los perjuicios para el individuo y el conjunto de la sociedad.

Que, dado el constante crecimiento del uso de radiaciones ionizantes en el diagnóstico por imágenes, los Estándares de Calidad en Diagnóstico y tratamiento por Imágenes constituyen herramientas a fin de garantizar seguridad de los pacientes y de los trabajadores.

Que en este marco la DIRECCIÓN NACIONAL DE CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD Y REGULACIÓN SANITARIA, el Área Técnica de RADIOFÍSICA de la DIRECCIÓN NACIONAL DE HABILITACIÓN, FISCALIZACIÓN y SANIDAD DE FRONTERAS, la DIRECCIÓN NACIONAL DE RECURSOS FÍSICOS y el Área de Calidad del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER de este Ministerio de Salud han elaborado los documentos ESTÁNDARES DE CALIDAD EN DIAGNÓSTICO Y TRATAMIENTO POR IMÁGENES.

Que SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN y la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD han tomado la intervención de su competencia y avalan su incorporación al PROGRAMA NACIONAL DE GARANTÍA DE CALIDAD DE LA ATENCIÓN MÉDICA.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520, T.O. Decreto N° 438/92, y modificatorias.

Por ello,

LA MINISTRA DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébanse los “ESTÁNDARES DE CALIDAD EN DIAGNÓSTICO Y TRATAMIENTO POR IMÁGENES” que como anexo IF-2021-27218997-APN- DNCSSYRS#MS forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2º.- Apruébase el documento “LEGISLACIÓN EN LA REPÚBLICA ARGENTINA RELACIONADA A DIAGNÓSTICO POR IMÁGENES” que como anexo IF-2021-27218987-APNDNCSSYRS# MS forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 3º.- Apruébase el documento “PROTECCIÓN RADIOLÓGICA EN FUENTES EMISORAS DE RADIACIÓN” que como anexo IF-2021-27218982-APN-DNCSSYRS#MS forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- Apruébase el documento “PLANIFICACIÓN Y RECURSOS” que como anexo IF-2021-27218971-APN-DNCSSYRS#MS forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 5º.- Apruébase la “HERRAMIENTA PARA LA AUTOEVALUACIÓN DE LOS ESTÁNDARES DE CALIDAD EN DIAGNÓSTICO Y TRATAMIENTO POR IMÁGENES DTI” que como anexo IF-2021-26536022-APN-DNCSSYRS#MS forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 6º.- Apruébase el “RELEVAMIENTO A ESTABLECIMIENTOS DE DIAGNÓSTICO Y TRATAMIENTO POR IMÁGENES” que como anexo IF-2021-26535849-APN-DNCSSYRS#MS forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 7º.- Incorpórense al PROGRAMA NACIONAL DE GARANTÍA DE CALIDAD DE LA ATENCIÓN MÉDICA los “Estándares de Calidad en Diagnóstico y Tratamiento por Imágenes”; el documento “Legislación en la República Argentina Relacionada a Diagnóstico por Imágenes”; el documento “Protección Radiológica en Fuentes Emisoras de Radiación”; el documento “Planificación y Recursos”; la “Herramienta para la Autoevaluación de los Estándares de Calidad en Diagnóstico y Tratamiento por Imágenes DTI” y el “Relevamiento a Establecimientos de Diagnóstico y Tratamiento por Imágenes” que se aprueban por los artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º y 6º de la presente.

ARTÍCULO 8º.-Difúndase a través de la DIRECCIÓN NACIONAL DE CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD Y REGULACIÓN SANITARIA los documentos que se aprueban por los artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º y 6º de la presente, a fin de asegurar el máximo conocimiento y aplicación de las mismas en el marco de dicho PROGRAMA NACIONAL.

ARTÍCULO 9º.-Invitase a las jurisdicciones a adherir a la presente.

ARTÍCULO 10.-Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Carla Vizzotti

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 13/12/2021 N° 95730/21 v. 13/12/2021

Fecha de publicación 13/12/2021